Diario Oficial de la Federación de 23/10/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLV No. 17 México, D.F., viernes 23 de octubre de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Comisión Federal de Competencia Económica
Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Avisos
Indice en página 106
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 23 de octubre de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 3 y 4 de octubre de 2015,
en los municipios de Cajeme, Empalme y Guaymas del Estado de Sonora.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III
y IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atenció n de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 5 de octubre de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 555/15, mediante el cual se dio a
conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergenc ia a los municipios de
Cajeme, Empalme y Guaymas del Estado de Sonora, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 3 y 4
de octubre de 2015, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2015.
Que mediante oficio número DGPC/1100/2015, de fecha 15 de octubre de 2015, la Dirección General de
Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección
de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declar atoria ya no
persisten; por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la pro pia
DGPC se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha d esaparecido la
situación de emergencia por la cual fue emitida.
Que el 15 de octubre de 2015, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 582, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Cajeme, Empalme y
Guaymas del Estado de Sonora, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 3 y 4 de octubre de 2015.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA
OCURRIDA LOS DÍAS 3 Y 4 DE OCTUBRE DE 2015, EN LOS MUNICIPIOS DE
CAJEME, EMPALME Y GUAYMAS DEL ESTADO DE SONORA
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Cajeme, Empalme y Guaymas del Estado de Sonora, por
la presencia de lluvia severa ocurrida los días 3 y 4 de octubre de 2015.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a quince de octubre de dos mil quince.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Viernes 23 de octubre de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Vida Nueva para Apizaco,
para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. JOSÉ EUGENIO SOSA IBARRA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA VIDA NUEVA
PARA APIZACO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada IGLESIA VIDA NUEVA PARA APIZACO, para constituirse en asociación religiosa;
solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos
datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Camilo M. Martínez sin número, municipio San Bartolomé Matlalohcan, Tetla, Estado de
Tlaxcala, código postal 90430.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
denominado Iglesia Vida Nueva para Apizaco, ubicado en calle Camilo M. Martínez sin número, municipio
San Bartolomé Matlalohcan, Tetla, Estado de Tlaxcala, código postal 90430.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Proclamar el evangelio de la Gracia de Dios, según los preceptos de nuestro Señor
Jesucristo y sus apóstoles, contenidos en las sagradas escrituras”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representantes: José Eugenio Sosa Ibarra y Fernando Eufracio Marcín Maestro.
VI.- Relación de asociados: José Eugenio Sosa Ibarra, Eugenio Sosa Domínguez, Niceforo Carmona
Sánchez, Reyna Isabel Carmona Sánchez, María Paulina Domínguez Cruz, Oscar Sosa Domínguez, Griselda
Martínez López, Margarito Contreras Hernández, Estela Rocío Rodríguez Carrasco, Edgar Sosa Dominguez
y Fernando Eufracio Marcín Maestro.
VII - Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimie nto a lo
VIII.- Órgano de Dirección y Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Comité Ejecutivo Nacional”, integrado por las personas y cargos siguientes: José Eugenio Sosa Ibarra,
Presidente; Fernando Eufracio Marcín Maestro, Vicepresidente; Edgar Sosa Domínguez, Secretario; y María
Paulina Domínguez Cruz, Tesorera.
IX.- Ministro de culto: José Eugenio Sosa Ibarra.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangelico.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de octubre de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernació n, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.

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