Diario Oficial de la Federación de 23/04/2015 (Contenido completo) Edición Vespertina

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Tomo DCCXXXIX No. 18 México, D.F., jueves 23 de abril de 2015
EDICION VESPERTINA
CONTENIDO
Secretaría de Educación Pública
Consejo de la Judicatura Federal
Indice en página 32
$13.00 EJEMPLAR
2 (Edición Vespertina) DIARIO OFICIAL Jueves 23 de abril de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
CONVENIO Marco de Coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la
Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de
Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Completo, Programa Nacional de Becas y Programa de Escuela Segura,
que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Sinaloa.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE “LOS PROGRAMAS”: PROGRAMA PARA LA
INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA, PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EN EDUCACIÓN
BÁSICA, PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD, PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO, PROGRAMA
NACIONAL DE BECAS Y PROGRAMA DE ESCUELA SEGURA, EN LO SUCESIVO “LOS PROGRAMAS”; QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “LA SEP”, REPRESENTADA POR EL INGENIERO ALBERTO CURI NAIME,
SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, EN LO
SUCESIVO “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO, LIC. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE FINANZAS
C.P.C. ARMANDO VILLARREAL IBARRA, EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CULTURA, DR. FRANCISCO
C. FRÍAS CASTRO, EL JEFE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, C.P. JUAN PABLO
YAMUNI ROBLES Y EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, PROF. PEDRO TORRES FÉLIX, A QUIENES EN
FORMA CONJUNTA SE IDENTIFICARÁN COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- El Estado Mexicano tiene la responsabilidad de asegurar el derecho a una educación pública de
calidad, como lo señala el Artículo Tercero Constitucional, generando para ello las condiciones necesarias
para impartir una educación básica pública incluyente y equitativa, a fin de garantizar que niñas y niños
mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y forma una educación básica que les otorgue las
competencias necesarias para su adecuada incorporación al mundo adulto.
II.- El presente Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de “LOS PROGRAMAS” sujetos a
Reglas de Operación a cargo de la Subsecretaría de Educación Básica, tiene como propósito impulsar el
desarrollo educativo en las entidades federativas conjuntamente con sus gobiernos, con el fin de fortalecer los
aprendizajes de los alumnos de preescolar, primaria y secundaria, además del desarrollo profesional de sus
docentes.
III.- El Gobierno Federal, con objeto de impulsar políticas educativas en las que se prom ueva la
corresponsabilidad entre los gobiernos de las entidades federativas y el Distrito Federal, las comunidades
escolares y el propio gobierno federal, ha puesto en marcha diversos programas tendientes a mejorar la
calidad escolar y el rendimiento de los educandos en todo el país.
Entre “LOS PROGRAMAS” a los que se ha comprometido “EL GOBIERNO DEL ESTADO” se encuentran
los siguientes, cuyos objetivos generales son:
1.- Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa: Contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión
y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la cons trucción de una sociedad más justa
mediante normas y apoyos para los servicios educativos públicos, así como el mejoramiento de infraestructura
y equipamiento de instituciones públicas de educación básica, media superior y super ior, que atienden
población en contexto de vulnerabilidad y/o discapacidad.
2.- Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica: Contribuir a la mejora del logro
educativo del alumnado de las escuelas públicas de educación básica, mediante las acciones establecidas en
las estrategias locales, orientadas al fortalecimiento de la lectura, la escritura y las matemáticas; la difusión, la
contextualización, el uso y la apropiación del currículo y los materiales educativos; así como los procesos de
estudio de una segunda lengua: inglés.
3.- Programa Escuelas de Calidad: Contribuir, en un marco de equidad y calidad, al fortalecimiento del
ejercicio de la autonomía de gestión escolar de las escuelas públicas de educación básic a que participan
en el Programa.
4.- Programa Escuelas de Tiempo Completo: Establecer en forma paulatina y conforme a la suficiencia
presupuestal escuelas de tiempo completo con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el
tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural. En aquellas escuelas que lo n ecesiten,
conforme a los índices de pobreza, marginación y condición alimentaria se impulsarán esquemas eficientes
para el suministro de alimentos nutritivos del alumnado.
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5.- Programa Nacional de Becas: Contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa
entre todos los grupos de la población, para la construcción de una sociedad más justa, mediante el
otorgamiento de becas para el acceso, la permanencia y el egreso de la población estudiantil.
6.- Programa de Escuela Segura: Contribuir al desarrollo de aprendizajes y ambient es escolares que
favorezcan la convivencia inclusiva, democrática y pacífica en las escuelas participantes en el Programa.
IV.- De conformidad con lo establecido por el artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación
para el Ejercicio Fiscal 2015 y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equit ativa y
transparente de los recursos públicos, “LOS PROGRAMAS” señalados anteriormente, se encuentran sujetos a
Reglas de Operación, en lo sucesivo las “Reglas de Operación”, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 26, 27, 28 y 30 de diciembre de 2014.
DECLARACIONES
I.- De “LA SEP”:
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social
educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Ingeniero Alberto Curi Naime, Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente
instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005, y el “Acuerdo
número 399 por el que delegan facultades a los subsecretarios y titulares de uni dad de la Secretaría de
Educación Pública”, publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.
I.3.- Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de este Convenio en el presupuesto
autorizado a la Subsecretaría de Educación Básica en el ejercicio fiscal de 2015, con c argo a las claves
presupuestarias siguientes:
Programa Clave Presupuestaria
1. Programa para la Inclusión y la
Equidad Educativa.
11 312 2015 2 5 01 0 016 S244 43801 1 1 25 00000000000
11 313 2015 2 5 01 0 016 S244 43801 1 1 25 00000000000
2. Programa de Fortalecimiento de la
Calidad en Educación Básica.
11 312 2015 2 5 01 0 016 S246 43801 1 1 25 00000000000
3. Programa Escuelas de Calidad. 11 310 2015 2 5 01 0 016 S029 43902 1 1 09 00000000000
4. Programa Escuelas de Tiempo
Completo.
11 310 2015 2 5 01 0 016 S221 43801 1 1 25 00000000000
5. Programa Nacional de Becas. 11 313 2015 2 5 01 0 016 S243 43901 1 1 25 00000000000
6. Programa de Escuela Segura. 11 310 2015 2 5 01 0 016 S222 43801 1 1 25 00000000000
I.4.- Que para los efectos del presente Convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle de
Argentina 28, Primer Piso, Oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la
Ciudad de México.
II.- De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”:
III.1.- Que la Secretaría General de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3o., 8o.,
9o. y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sina loa, forma parte de la
Administración Pública Central del Poder Ejecutivo de dicha entidad federativa.
III.2.- Que su representante Lic. Gerardo Octavio Vargas Landeros, acredita su personalidad con copia del
nombramiento como Secretario General de Gobierno, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado,
Lic. Mario López Valdez, con efectos a partir del 1o. de enero del 2011.
III.3.- El Secretario General de Gobierno cuenta con facultades para suscribir convenios y acuerdos de
coordinación con los gobiernos federal, estatales y municipales y, en general, con cualquier institución pública,
social y privada, y con tal personalidad acude a celebrar el presente convenio, c on la participación de los
Secretarios de Educación Pública y Cultura, de Administración y Finanzas, y de la Unidad de Transparencia y
Rendición de Cuentas, quienes por razón de su competencia y en ejercicio del refrendo ministerial,
comparecen a la suscripción del presente instrumento, de conformidad con lo dis puesto en los artículos 66 y
72 de la Constitución Política Local; 1o., 3o. y 11 de la Ley Orgánica de la Administraci ón Pública del Estado

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