Diario Oficial de la Federación de 24/03/2015 (Contenido completo)

Fecha de disposición24 Marzo 2015
Fecha de publicación24 Marzo 2015
Tomo DCCXXXVIII No. 16 México, D.F., martes 24 de marzo de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 24 de marzo de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de granizada y lluvia severa ocurrida los días 11 y 12 de marzo
de 2015, en 13 municipios del Estado de Zacatecas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley
General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y
XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3, fracción I del “Acuerdo por el que se emiten
las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales” (Reglas Generales); y 10 del “Acuerdo que
establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN” (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número RODG.026/2015, recibido con fecha 13 de marzo de 2015 en la Coordinación
Nacional de Protección Civil (CNPC), el Gobernador del Estado de Zacatecas, Lic. Miguel Alonso Reyes,
solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de
Emergencia para los municipios de Cuauhtémoc, Fresnillo, Genaro Codina, General Pánfilo Natera,
Guadalupe, Loreto, Luis Moya, Noria de Ángeles, Ojocaliente, Pinos, Trancoso, Villa García, Villa González
Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas de dicha Entidad Federativa, por la presencia de granizada y lluvia severa,
ocurridas los días 11 y 12 de marzo de 2015; ello, con el propósito de acc eder a los recursos del Fondo para
la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/354/2015, de fecha 13 de marzo de 2015, la CNPC solicitó a la
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la opinión técnica correspondiente para que, en su caso, la propia
CNPC estuviera en posibilidad de emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de
Zacatecas solicitados en el oficio RODG.026/2015 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-119 de fecha 13 de marzo de 2015, la CONAGUA emitió opinión técnica
corroborando el fenómeno de granizada y lluvia severa los días 11 y 12 de marzo de 2015, para los
municipios de Fresnillo, Genaro Codina, General Pánfilo Natera, Guadalupe, Loreto, Noria de Ángeles,
Ojocaliente, Pinos, Trancoso, Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado
de Zacatecas.
Que el día 13 de marzo de 2015 se emitió el Boletín de Prensa número 191, mediante el cual se dio a
conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Fresnillo,
Genaro Codina, General Pánfilo Natera, Guadalupe, Loreto, Noria de Ángeles, Ojocaliente, Pinos, Trancoso,
Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado de Zacatecas, por la presencia de
granizada y lluvia severa ocurrida los días 11 y 12 de marzo de 2015, con lo que se activan los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autorid ades contarán con
recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE GRANIZADA Y LLUVIA SEVERA
OCURRIDA LOS DÍAS 11 Y 12 DE MARZO DE 2015, EN 13 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE ZACATECAS
Artículo 1o.- Se declara en emergencia a los municipios de Fresnillo, Genaro C odina, General Pánfilo
Natera, Guadalupe, Loreto, Noria de Ángeles, Ojocaliente, Pinos, Trancoso, Villa García, Villa González
Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado de Zacatecas, por la presencia de granizada y lluvia severa
ocurrida los días 11 y 12 de marzo de 2015.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Zacatecas pueda acceder a los recursos del
Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y
con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad
con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10,
fracción IV de los LINEAMIENTOS.
México, Distrito Federal, a trece de marzo de dos mil quince.- Con fundamento en los artículos 8, 10
fracción I y 132 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (DOF.-02-IV-2013) y con base en el
Oficio No. TI/052/2015, en ausencia del Coordinador Nacional de Protección Civil, lo firma el Director General
de Protección Civil, Ricardo de la Cruz Musalem.- Rúbrica.
Martes 24 de marzo de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Ministerio Jerusalén, Casa de Oración
Ocotlán para constituirse en asociación religiosa; derivada de Ministerio Internacional Jerusalén, A.R.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA EN TIDAD
INTERNA DE MINISTERIO INTERNACIONAL JERUSALÉN, A.R., DENOMINADA MINISTERIO JERUSALÉN, CASA DE
ORACIÓN OCOTLÁN.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
entidad interna denominada MINISTERIO JERUSALÉN, CASA DE ORACIÓN OCOTLÁN para constituirse en
asociación religiosa; derivada de MINISTERIO INTERNACIONAL JERUSALÉN, A.R., solicitud presentada en
la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los
que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Hermanos Hermosillo número 39, colonia Linda Vista, municipio de Ocotlán, estado de
Jalisco, código postal 47810.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato,
denominado Ministerio Jerusalén, Casa de Oración Ocotlán, ubicado en calle Hermanos Hermos illo número
39, colonia Linda Vista, municipio de Ocotlán, estado de Jalisco, código postal 47810.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: "Predicar la Palabra de Dios a toda Persona".
IV.- Representante: Arturo López Moguel.
V.- Relación de asociados: Arturo López Moguel, Elida Soriano Figueroa y Elizabeth Alba Ponce.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo
VII.- Órgano de Administración y Dirección: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
"Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Arturo López Moguel, Presidente; Elida
Soriano Figueroa, Secretaria; y Elizabeth Alba Ponce, Tesorera.
VIII.- Ministros de Culto: Arturo López Moguel y Horacio Naranjo Reyes.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Bautista Independiente.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día sigui ente
de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el
expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente
durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de marzo de dos
mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernació n, Arturo Manuel
Díaz León.- Rúbrica.

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