Diario Oficial de la Federación de 24/10/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXIX No. 20 Ciudad de México, martes 24 de octubre de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Salud
Secretaría de Cultura
Consejo de la Judicatura Federal
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 125
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 24 de octubre de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de San Luis Potosí, para
el otorgamiento de subsidios para el fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de
San Luis Potosí.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA SECRETARIA”;
REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIAN, Y
LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES,
MTRA. ALEJANDRA NEGRETE MORAYTA, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI,
REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, DR. JUAN MANUEL CARRERAS LOPEZ,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ALEJANDRO LEAL TOVIAS, EL SECRETARIO
DE FINANZAS, C.P. JOSE LUIS UGALDE MONTES, EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO,
MTRO. FEDERICO ARTURO GARZA HERRERA, EL OFICIAL MAYOR, ING. ELIAS JESRAEL PESINA RODRIGUEZ, Y
LA COMISIONADA PRESIDENTA DE LA COMISION EJECUTIVA ESTATAL DE ATENCION A VICTIMAS DEL ESTADO,
Y COORDINADORA GENERAL DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DE SAN LUIS POTOSI, LIC. JULIETA
MENDEZ SALAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES
DENOMINARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO ACTUEN CONJUNTAMENTE COMO “LAS PARTES”, AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal (México en Paz), diversas líneas
de acción como parte de la Estrategia III “Perspectiva de Género”, entre las cuales se encuentran que: i) se
establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en l as dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y municipios; ii) se simplificarán los
procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, estatal y municipal, para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acelerará la aplicación de las órdenes de protecció n
para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas para garantizar la
seguridad e integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal “México con
Responsabilidad Global”, Estrategia III “Perspectiva de Género”, se establece que se deberá promover y dar
seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contiene como Objetivo 3.
Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las
mujeres; del cual se desprende la Estrategia 3.6. Coordinar la política nacional de prevención, atención y
sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres. Dicha estrategia cumple las siguientes
líneas de acción: 3.6.1. Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atenci ón, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres, y 3.6.2. Establecer mecanismos de coordinación en los
órdenes de gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano
supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW), emitió observaciones y recomendaciones al séptimo y octavo informe que México presentó durante
2010 con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de dicha Conv ención, dentro de las
cuales se encuentran: Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violen cia contra la mujer y
garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los
autores de actos de violencia contra la mujer, y a Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras
cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance
de las mujeres y las niñas que son víctimas de la violencia, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujer es en
el Estado de San Luis Potosí.
Martes 24 de octubre de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
La violencia de género se ha articulado en la sociedad mexicana a través de años de ne gación,
permisibilidad, machismo y miedo. Gran parte de la población es indiferente a la problemática e incluso lo
asimila de manera natural y cotidiana; la repetición de patrones, factores culturales y la falta de acciones
integrales en la materia constituyen una fuente inacabable de este fenómeno.
el 30 de noviembre de 2016, señala en el Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la
asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo;
ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en
su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos d e las entidades
federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los
recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación
los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que a l cierre del ejercicio fiscal de que se
trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio CEEAV/CJM/032/2017 del 16 de enero de 2017, suscrito por la Comisionada
Presidenta de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas y Coordinadora General del Centro de
Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, Lic. Julieta Méndez Salas, la entidad federativa
solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
(CONAVIM), recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el fortalecimiento del Centro
de Justicia para las Mujeres de San Luis Potosí, San Luis Potosí.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Crit erios para Acceder a
los Subsidios Destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de J usticia para las Mujeres en el
Ejercicio Fiscal 2017, el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado,
por lo que autorizó la cantidad de $3’000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.) para el fortalecimient o
del Centro de Justicia para las Mujeres. Dicha situación se notificó a la entidad federativa medi ante el oficio
CNPEVM/131-6/2017 del 6 de febrero de 2017.
El Centro de Justicia para las Mujeres se encuentra ubicado en la Calle de Arista No. 330 y 340, Zona
Centro, en la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, C.P. 78000. La entidad federativa se compromete a
concluir el fortalecimiento de la etapa programada para el ejercicio fiscal 2017 del Centro de Justicia para las
Mujeres. En caso de que se complete en ejercicios fiscales posteriores, se obliga a conseguir los recursos
presupuestales necesarios para la conclusión de su fortalecimiento, así como a continuar con su
funcionamiento una vez que haya finalizado la obra.
Así, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARIA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el
cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente
en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas neces arias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas
como de los municipios.

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