Diario Oficial de la Federación de 26/07/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLIV No. 20 Ciudad de México, martes 26 de julio de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
Instituto Mexicano del Seguro Social
Banco de México
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de julio de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ESTATUTOS de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Gobernación.
Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario
ESTATUTOS 1
TITULO PRIMERO
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Artículo 1o.- Los presentes Estatutos tienen como objetivo, regular la integración, organización y
funcionamiento de los trabajos de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.
Artículo 2o.- Para los efectos de estos Estatutos se entenderá por:
I.- Conferencia: La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.
II.- Asamblea: La Asamblea Plenaria Nacional de la Conferencia.
III.- Consejo: El Consejo Consultivo.
IV.- Secretaria Ejecutiva: el área de Apoyo, Organización, Enlace, Seguimiento y Análisis de la
Conferencia.
V.- Comités: Los Comités Técnicos.
VII.- Plan: El Plan Nacional de Desarrollo vigente.
VIII.- Planes: Planes Estatales de Desarrollo en cada Entidad Federativa.
IX.- Programa Sectorial: El Programa Sectorial de Seguridad Pública en vigor.
X.- Programa Nacional: El Programa Nacional de Seguridad Pública vigente.
XI.- Programa Penitenciario: El Programa Nacional Penitenciario en vigor.
XII.- Grupos Regionales: Los Grupos Regionales de Zona.
XIII.- Secretaría: La Secretaría Técnica de la Conferencia.
XIV.- Sistema: El Sistema Nacional de Seguridad Pública.
XV.- SUIC: El Sistema Único de Información Criminal.
XVI.- SNIP: El Sistema Nacional de Información Penitenciaria.
XVII.- RNIP: El Registro Nacional de Información Penitenciaria.
XVIII.-Titulares de los sistemas penitenciarios de las entidades federativas y del Distrito Federal: Los
Subsecretarios, Comisionados o Directores Generales de Prevención y Readaptación Social u homólogos de
las entidades federativas y del Distrito Federal, que segun su normatividad local, tengan a su cargo la
operación y administración de los centros penitenciarios de la entidad federativa y del Distrito Federal,
correspondiente.
XIX.- Zonas: Las Zonas geográficas a que se refiere el artículo 22 de estos Estatutos.
TITULO SEGUNDO
Capítulo Único
De la Visión, Misión y Objetivos de la Conferencia
Artículo 3o.- La visión de la Conferencia consiste en constituirse en un órgano de promoción y
coordinación del trabajo penitenciario nacional, que genere efectivas acciones para recuperar e l verdadero
sentido de la reinserción social, basada en el respeto a los derechos hu manos, el trabajo, la capacitación
laboral, la educación, las actividades deportivas y la salud, con el propósito fundamental de evitar el fenómeno
de la reincidencia.
Martes 26 de julio de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Artículo 4o.- La misión de la Conferencia consiste en facilitar la cooperación y coordinación institucional
entre los sistemas penitenciarios de las entidades federativas, el Distrito Federal con la Federación, con la
colaboración de otras instituciones públicas y privadas, así como la participación ciudadana, con el propósito
de homologar los programas y proyectos que se generen en el seno de l a Asamblea como instancia superior
de la Conferencia, que permita la toma de acuerdos para la ejecución de acciones tendentes a lograr una
efectiva reinserción social de internos.
Artículo 5o.- La Conferencia tendrá como objetivo principal, erigirse como el órgano de análisis, difusión e
instrumentación de la política pública en materia penitenciaria, con estricto apego a la legislación aplicable y
con absoluto respeto a la soberanía de las entidades federativas y para tal efecto, deberá apoyarse con los
lineamientos siguientes:
A) En lo general:
I.- Fusionar, instrumentar, implementar y ejecutar las políticas y acciones programáticas del Sistema, el
Programa Sectorial, el Programa Nacional y el Programa Penitenciario.
II.- Determinar las acciones programáticas para el seguimiento de los acuerdos alcanzados en las
reuniones de la Asamblea de la Conferencia.
B) En lo particular:
I.- Instrumentar la modernización y mejora de los mecanismos de reinserción social de internos y de las
personas que obtengan un beneficio de ley, con el propósito fundamental de evitar el fenómeno de la
reincidencia delictiva con base en el trabajo, la capacitación laboral, la educación, las actividades deportivas y
la salud.
II.- Apoyar la integración de bases de datos sobre procesados y sentenciados de los fueros federal y
común al SUIC, SNIP y RNIP.
III.- Continuar con el fortalecimiento de las capacidades humanas y tecnológicas como lo establece el
acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad Pública, la instalación de Sistemas de Inhibici ón de señal del
espectro radioeléctrico, la profesionalización del personal de seguridad en activo, así como el tratamiento
integral de los internos contra las adicciones, en los principales Centros de Reinserción Social del país.
IV.- Establecer programas permanentes para combatir la corrupción e impunidad en el personal
penitenciario de los tres órdenes de gobierno.
V.- Promover la participación ciudadana en el diseño y ejecución de acciones tendientes a lograr la
reinserción social de internos.
VI.- Impulsar la cultura de respeto a los derechos humanos de los internos en todos los centros
penitenciarios del país.
VII.- Promover el establecimiento de programas para capacitar y profesionalizar al personal penitenciario y
crear el servicio de carrera en los términos de la ley.
VIII.- Establecer, a través de convenios o acuerdos, instrumentos permanentes de coordinación,
colaboración y comunicación con los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, a nivel federal, estatal y del
Distrito Federal, y
IX.- Promover y difundir los trabajos y acciones que realiza la Conferencia, con la finalidad de generar
mayor confianza y respeto de la sociedad hacia las instancias de administración penitenciaria.
TITULO TERCERO
Capítulo I
De la Estructura de la Conferencia Nacional Penitenciaria
Artículo 6o.- La Conferencia se encuentra integrada por los siguientes órganos:
I.- Asamblea Plenaria Nacional.
II.- Presidencia.
III.- Secretaría Técnica.
IV.- Consejo Consultivo.
V.- Grupos Regionales.
VI.- Comités Técnicos.
VI.- Secretaría Ejecutiva.

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