Diario Oficial de la Federación de 26/10/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXIX No. 22 Ciudad de México, jueves 26 de octubre de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Consejo de Salubridad General
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 26 de octubre de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, para el otorgamiento de subsidios para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Xalapa,
Veracruz.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”;
REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN,
Y LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES,
MTRA. ALEJANDRA NEGRETE MORAYTA, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE
IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, MTRO. MIGUEL
ÁNGEL YUNES LINARES, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. ROGELIO FRANCO CASTÁN,
LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, MTRA. CLEMENTINA GUERRERO GARCÍA, Y EL FISCAL
GENERAL DEL ESTADO, MTRO. JORGE WINCKLER ORTÍZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS
EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, Y CUANDO
ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Desarrollo 2013-2018, el cual contempla dentro del Enfoque Transversal (México en Paz), diversas líneas
de acción como parte de la Estrategia III “Perspectiva de Género”, entre las cuales se encuentran que:
i) se establecerán medidas especiales orientadas a la erradicación de la violencia de género en las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y m unicipios;
ii) se simplificarán los procesos y se mejorará la coordinación en los planos federal, est atal y municipal, para
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; iii) se acel erará la aplicación de las
órdenes de protección para las mujeres que se enfrentan a riesgos, y iv) se incorporarán acciones específicas
para garantizar la seguridad e integridad de las mujeres, entre otras. Además, dentro del Enfoque Transversal
“México con Responsabilidad Global”, Estrategia III “Perspectiva de Género”, se establece que se deberá
promover y dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de género.
En relación con lo anterior, el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018 contiene como Objetivo 3.
Garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, reducir la discriminación y la violencia contra las
mujeres; del cual se desprende la Estrategia 3.6. Coordinar la política nacional de prevención, atención
y sanción para la erradicación de la violencia contra las mujeres. Dicha estrategia cumple las siguientes líneas
de acción: 3.6.1. Diseñar y coordinar una política integral para la prevención, atenció n, sanción y erradicación
de la violencia contra las mujeres, y 3.6.2. Establecer mecanismos de coordinación en los órdenes de
gobierno para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano
supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW), emitió observaciones y recomendaciones al séptimo y octavo informe que México presentó durante
2010 con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 18 de dicha Conv ención, dentro de las
cuales se encuentran: Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer
y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los
autores de actos de violencia contra la mujer, y a Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras
cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance
de las mujeres y las niñas que son víctimas de la violencia, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno Federal y las entidades federativas reconocen la
necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello
estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención
y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujer es en
el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
La violencia de género se ha articulado en la sociedad mexicana a través de años de ne gación,
permisibilidad, machismo y miedo. Gran parte de la población es indiferente a la problemática e incluso lo
asimila de manera natural y cotidiana; la repetición de patrones, factores culturales y la falta de acciones
integrales en la materia constituyen una fuente inacabable de este fenómeno.
Jueves 26 de octubre de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
el 30 de noviembre de 2016, señala en el Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la
asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad
y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo;
ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en
su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las
entidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de
los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación
los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que a l cierre del ejercicio fiscal de que se
trate, no se hayan devengado.
De conformidad con el oficio No. FGE/DGA/106/2017 de fecha 13 de enero de 2017, suscrito por el
Mtro. Jorge Winckler Ortiz, en su carácter de Fiscal General del Estado de Veracruz, la entidad federativa
solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
(CONAVIM), recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para la creación del Centro de
Justicia para las Mujeres de Xalapa, Veracruz.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Criterios p ara Acceder
a los Subsidios Destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en el
Ejercicio Fiscal 2017, el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado,
por lo que autorizó la cantidad de $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) para la creación del
Centro de Justicia para las Mujeres. Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio
No. CNPEVM/131-8/2017 del 6 de febrero de 2017.
El Centro de Justicia para las Mujeres estará ubicado en Calle Colmerillo de la Reserva Territorial Nueva
Xalapa, C.P. 91096, Xalapa Enríquez, Veracruz. El Gobierno del Estado de Veracruz se compromete a
concluir la creación de la etapa programada para ejercicio fiscal 2017 del Centro de Justicia para las Mujeres.
En caso de que se complete en ejercicios fiscales posteriores, se obliga a conseguir los recursos
presupuestales necesarios para la conclusión de su creación, así como a poner en funcionamiento el mismo
una vez que haya finalizado la obra, se haya equipado y se haya capacitado al personal.
Así, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación
(RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Púb lica
Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el
cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente
en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo
mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas
como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos tiene facultades para suscribir el presente instrumento
jurídico de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción IV y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación,
de conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción IX y 117 del RISEGOB, y el Decreto por el
que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la
Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF
el 1 de junio de 2009.
I.5. La Comisionada Nacional cuenta con las atribuc iones para la suscripción del presente convenio,
con fundamento en el artículo 70, fracción V del RISEGOB.

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