Diario Oficial de la Federación de 27/07/2015 (Contenido completo)

Tomo DCCXLII No. 19 México, D.F., lunes 27 de julio de 2015
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Comisión Reguladora de Energía
Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Banco de México
Avisos
Indice en página 109
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de julio de 2015
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados,
cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del
Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Chiapas y los municipios de
Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, Ocosingo, Palenque, San Cristóbal de las Casas, Tapachula y Tuxtla
Gutiérrez de dicha entidad federativa.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS, Y EN SU CASO, A LOS ESTADOS, CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCIÓN O
LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES”, EN LO SUCESIVO “SUBSEMUN”, QUE
CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C.
JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, EN
LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, EL C. MANUEL VELASCO
COELLO, ASISTIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL ESTADO, LA C. JUANA MARÍA DE COSS LEÓN Y EL
SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. CARLOS HUMBERTO TOLEDO
ZARAGOZA Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPA DE CORZO, COMITÁN DE DOMÍNGUEZ, OCOSINGO, PALENQUE, SAN
CRISTÓBAL DE LAS CASAS, TAPACHULA Y TUXTLA GUTIÉRREZ EN LO SUCESIVO “LOS BENEFICIARIOS”,
REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES LOS CC SERGIO DAVID MOLINA GÓMEZ, LUIS IGNACIO
AVENDAÑO BERMÚDEZ, OCTAVIO ELÍAS ALBORES CRUZ, MARCOS MAYO MENDOZA, FRANCISCO JOSÉ
MARTÍNEZ PEDRERO, VENERANDO DÍAZ MARTÍNEZ Y SAMUEL TOLEDO CÓRDOVA TOLEDO,
RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR SECRETARIOS MUNICIPALES LOS CC. ALECSI DARINEL DE LA CRUZ
GÓMEZ, FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GORDILLO, OFELIA YESENIA CRUZ LÓPEZ, JAIME CRUZ DÍAZ, JUAN
PABLO RAMÍREZ PEÑA, LUIS ENRIQUE SOLÍS COUTIÑO Y JOVANI SALAZAR RUIZ, RESPECTIVAMENTE, A
QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LOS PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO
LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
LOS PARTICIPANTES” protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas
74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las
demás disposiciones jurídicas aplicables al presente “CONVENIO”, razón por la cual se obligan a él como si
estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad
con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente
“LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.3 Está facultado para suscribir el presente “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos
18, fracciones VII y XXV de la “LEY GENERAL”; 8, párrafo sexto del “PRESUPUESTO DE
EGRESOS”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
Lunes 27 de julio de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
de Seguridad Pública, así como la regla Vigésima Primera, fracción I, de las Reglas para el
otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados, cuando tengan a su cargo la
función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Feder al
para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales”, vigentes para el presente ejercicio
fiscal , en lo sucesivo “LAS REGLAS”.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicado
en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzure s, Delegación
Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa a la Dirección
General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 45 6,
piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 1159 0, México,
Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y població n, libre y soberano en
cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y pop ular, como
lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 1 y 2 de la Constitución Política del Estado de Chiapas.
II.2 El Poder Ejecutivo constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, en términos de lo
II.3 Asumió el cargo de Gobernador del Estado de Chiapas, a partir del 8 de diciembre de 2012; por lo
que cuenta con facultades para celebrar el presente “CONVENIO”; en términos de los artículos 36,
44, fracciones II, IV y XXXI de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 5 y 6 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 11, fracción I y 14, fracción VI de la
Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Chiapas y demás disposicione s
aplicables.
II.4 La Secretaria de Hacienda y el Secretario Ejecutivo del Sistema Es tatal de Seguridad Pública
cuentan con facultades para celebrar el presente “CONVENIO” de conformidad con los artículos 45
párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 2, facciones I y II, 9, 10, 12, 20, 27
fracción II y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y 1, 4, 20 y 22
fracciones I y X del Decreto por el que se crea el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de
Seguridad Pública.
II.5 Para todos los efectos legales relacionados con este “CONVENIO”, señala como su domicilio el
ubicado en Avenida Central y Segunda Oriente Norte S/N, Palacio de Gobierno, Primer Piso, Colonia
Centro, Código Postal 29000, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
II.6 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del “SUBSEMUN” designa al Secretariado
Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública sito en: Fraccionamiento Fidel Velázquez S/N,
Colonia Las Águilas, C.P. 29047, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
III. DECLARAN “LOS BENEFICIARIOS”, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios; con fundamento en los
inciso b), y párrafo último, y V de la Constitución Política del Estado de Chiapas.
III.2 Los CC. Sergio David Molina Gómez, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, Octavio Elías Albores Cruz,
Marcos Mayo Mendoza, Francisco José Martínez Pedrero y Samuel Toledo Córdova Toledo,
Presidentes Municipales de Chiapa de Corzo, Comitán de Domínguez, Ocosingo, Palenque, San
Cristóbal de las Casas y Tuxtla Gutiérrez, respectivamente asumieron el cargo a partir del 30 de
septiembre de 2012, el C. Venerando Díaz Martínez, asumió el cargo de Presidente Municipal
Interino de Tapachula a partir del 7 de enero del 2015 de conformidad con el artículo 1 53, párrafo IV,
de la Ley Orgánica Municipal del Chiapas, quienes a cuentan con facultades pa ra celebrar el
presente “CONVENIO”; en términos de los artículos 40, fracción V, y 60, fracción IV, de la Ley
Orgánica Municipal del Estado Chiapas y demás disposiciones aplicables.
III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del
presente “CONVENIO”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR