Diario Oficial de la Federación de 27/04/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLI No. 20 Ciudad de México, miércoles 27 de abril de 2016
CONTENIDO
Auditoría Superior de la Federación
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Turismo
Comisión Reguladora de Energía
Comisión Federal de Electricidad
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Banco de México
Avisos
Indice en página 108
$29.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 27 de abril de 2016
PODER LEGISLATIVO
AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
ACUERDO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de la Federación.
Al margen un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
CPC. JUAN MANUEL PORTAL MARTÍNEZ, Auditor Superior de la Federación, con fundamento en el
artículo 85, fracción V, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y 6o, fracción XVII,
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
Artículo Único.- Se ADICIONA un último párrafo a los artículos 16 y 33 para quedar como sigue:
Artículo 16.- Los Titulares de las direcciones generales tendrán, sin perjuicio de lo dispuesto en otros
artículos de este Reglamento, las siguientes atribuciones generales:
I a LV
La atribución de la fracción XXXVIII prevista en este artículo podrá ser ejercida indistintamente por
los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y Auditores adscritos a la Dirección General de que
se trate.
Artículo 33.- La Dirección General Jurídica estará adscrita a la Unidad de Asuntos Jurídicos y su titular
tendrá las siguientes atribuciones:
I a XXXVI
Las atribuciones de las fracciones XXV, XXVI y XXVII previstas en este artículo podrán ser ejercidas
indistintamente por los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y Auditores Jurídicos adscritos a la
Dirección General Jurídica.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, el catorce de abril de dos mil dieciséis.- El Auditor Superior de la
Federación, Juan Manuel Portal Martínez.- Rúbrica.
Miércoles 27 de abril de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO Específico de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera
directa o coordinada la función de Seguridad Pública, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, el Estado de Hidalgo y los municipios de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la
Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo de
Bravo y Zempoala.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL
OTORGAMIENTO DEL “SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO
FEDERAL Y EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA
LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA”, EN LO SUCESIVO “FORTASEG”, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL,
POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO
SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. JOSÉ FRANCISCO OLVERA RUIZ, ASISTIDO
POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. NICOLÁS RAMÍREZ
GÓMEZ Y LOS MUNICIPIOS DE HUEJUTLA DE REYES, IXMIQUILPAN, MINERAL DE LA REFORMA, PACHUCA DE
SOTO, TEPEAPULCO, TEPEJI DEL RÍO DE OCAMPO, TIZAYUCA, TULA DE ALLENDE, TULANCINGO DE BRAVO Y
ZEMPOALA, EN LO SUCESIVO “LOS BENEFICIARIOS”, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES
CONSTITUCIONALES, LOS CC. JOSÉ ALFREDO SAN ROMÁN DUVAL, CIPRIANO CHARREZ PEDRAZA, FILIBERTO
HERNÁNDEZ MONZALVO, ELEAZAR EDUARDO GARCÍA SÁNCHEZ, ALBERTO FRANCO RAMÍREZ, FERNANDO
MIRANDA TORRES, JUAN NÚÑEZ PEREA, JAIME JACOBO ALLENDE GONZÁLEZ, JULIO CÉSAR SOTO MÁRQUEZ Y
SELENE PEÑA ÁVILA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LOS
PARTICIPANTES” DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
“LOS PARTICIPANTES” protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias,
lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2016, en lo sucesivo, “PRESUPUESTO DE EGRESOS”, y las demás
disposiciones jurídicas aplicables al “FORTASEG” y al presente “CONVENIO”; razón por la cual se obligan
a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y
administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad
con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente
“LEY GENERAL”; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de
Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.
I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacio nal de Seguridad Pública por el
C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo N acional de Seguridad
Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los
artículos 17, párrafo segundo de la “LEY GENERAL”; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública.

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