Diario Oficial de la Federación de 28/03/2017 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLXII No. 19 Ciudad de México, martes 28 de marzo de 2017
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Salud
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Instituto Mexicano del Seguro Social
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
Convocatorias para Concursos de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios del Sector Público
Avisos
Indice en página 110
$21.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 28 de marzo de 2017
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se crea la Unidad de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de las y los Policías
del Servicio de Protección Federal.
ALFONSO RAMÓN BAGUR, Comisionado del Servicio de Protección Federal, con fundamento en los
artículos 70, fracciones IV y XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 1, 7, 9, fracción I, 10,
primer párrafo, 11 y 12, fracciones V, XVII y XXI, y 16, fracciones I y XIII, del Reglamento del Servicio de
Protección Federal, y
CONSIDERANDO
Que en el marco del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, el Servicio de Protecc ión
Federal debe atender a cabalidad las estrategias y líneas de acción que el Gobierno Federal ha establecido
para una cultura de respeto a los Derechos Humanos;
Que los servidores públicos estamos obligados a respetar, promover y garantizar el respeto a los
Derechos Humanos, y atentos a ello, se debe comenzar al interior de esta Institución, para que esta cultura
sea reflejada en el actuar diario de nuestros Integrantes;
Que el Policía del Servicio de Protección Federal debe sentirse seguro en sus garantías jurídicas y
derechos humanos para poder exteriorizar y propagar ese sentir hacia la ciudadanía con la que tiene contacto
y vinculación directa en el ejercicio de sus funciones;
Que el Capítulo III del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, intitulado “Objetivos,
estrategias y líneas de acción”, establece en su estrategia 2.4 “Fortalecer los mecanismos internos de control
y sanción de la Administración Pública Federal relacionados con derechos humanos”, ocho líneas de acción
para la consecución de los objetivos planteados por el Gobierno Federal, entre las que se encuentran, la de
generar estímulos y reconocer el trabajo y capacidad de los servidores públicos e n materia de derechos
humanos, así como atender las necesidades de aquellos servidores públicos que realizan actividades de alto
riesgo para optimizar sus condiciones de trabajo;
Que las unidades administrativas del Servicio de Protección Federal, en sus respectivos ámbitos de
competencia, deben orientar y asesorar a los integrantes respecto a la tramitación de los diversos servicios y
prestaciones a que tengan derecho, así como en la gestión y atención de sus necesidades, sugerencias,
recomendaciones y quejas que deseen manifestar como parte de las políticas de prevención y establecimient o
de acciones de mejora institucional, y fortalecimiento del clima laboral en el que se desenvuelven como
servidores públicos, a fin de que se sientan respaldados por la Institución ante las contrariedades que
pudieran representar afectaciones a sus derechos humanos, así como aquellas que generen desaire o
frustración en el desempeño de sus funciones;
Que resulta indispensable para el Servicio de Protección Federal crear de manera formal un área garante
del respeto a los derechos humanos de sus integrantes, a través de mecanismos integrales de control,
seguimiento y atención a quejas, solicitudes y peticiones que los Policías de Protección Federal externen de
manera respetuosa, realizando y agotando las gestiones y acciones necesarias tendientes a proteger,
promover y garantizar los derechos humanos de quienes formamos parte de esta Institución, así como a
redoblar esfuerzos en los mecanismos de difusión y promoción de los derechos humanos al interior de la
misma, y
Que con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las metas y objetivos planteados por el Ejecutivo
Federal en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Nacional de Derechos Humanos
2014-2018, y el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación, y generar condiciones de trabajo que
favorezcan el clima laboral en el Servicio de Protección Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:
Martes 28 de marzo de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
ACUERDO POR EL QUE SE CREA LA UNIDAD DE PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS
HUMANOS DE LAS Y LOS POLICÍAS DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN FEDERAL
Artículo Primero.- Se crea la Unidad de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de las y los
Policías del Servicio de Protección Federal (en lo sucesivo PRODEPOL), la cual tiene por objeto orientar y
asesorar a los integrantes respecto a la tramitación de los diversos servicios y prestaciones a que teng an
derecho, así como en la gestión y atención de peticiones, sugerencias, recomendaciones y quejas
relacionadas con actos presuntamente violatorios de derechos humanos que los mismos manifiesten.
La PRODEPOL en el ejercicio de sus funciones, no obstaculizará el debido ejercicio del mando y
operación de los servicios, en razón de que la disciplina es la base del funcionamiento y organización del
Servicio de Protección Federal.
Artículo Segundo.- La PRODEPOL tendrá autonomía de gestión y su representante será un integrante
adscrito a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, quien deberá pertenecer al menos a la categoría
jerárquica de Oficiales y será designado de manera honorífica como responsable de dicha unidad por e l
Comisionado a propuesta del titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
El representante de la PRODEPOL podrá ser relevado de su encargo libremente por el Comisionado,
debiendo designarse a un nuevo responsable en términos del párrafo anterior.
Artículo Tercero.- Para los efectos a que se refiere el artículo primero del presente Acuerdo, los
integrantes podrán realizar peticiones, sugerencias, recomendaciones o manifestaciones por escrito o a través
del correo electrónico spf.prodepol@cns.gob.mx, así como a los números telefónicos 01800-2274-773 y
54846773, además de las extensiones 68670, 68700 y 68260.
Artículo Cuarto.- Cuando la PRODEPOL reciba peticiones, sugerencias, recomendaciones o
manifestaciones que realicen los integrantes vía correo electrónico, deberá confirmar la recepción de las
mismas en un plazo no mayor a 24 horas hábiles siguientes, contadas a partir de la hora en que se haga
constar el envío en el servidor de correo electrónico empleado.
Artículo Quinto.- La PRODEPOL contará con un plazo no mayor a 10 días hábiles para emitir una
respuesta conforme a derecho corresponda, a las peticiones, sugerencias, recomendaciones o
manifestaciones que realicen los integrantes.
Artículo Sexto.- Las unidades administrativas a que se refieren las fracciones I, III, IV y V, del artículo 7
del Reglamento del Servicio de Protección Federal, designarán a un integrante de s u adscripción para la
atención y trámite de los asuntos de sus respectivas competencias, quedando bajo la co ordinación del
representante de la PRODEPOL, en términos del artículo segundo del presente Acuerdo.
Artículo Séptimo.- Se faculta al representante de la PRODEPOL para que de manera directa y
respetuosa, solicite la información y documentación que considere necesaria para la pronta y efectiva atención
de los asuntos que conozca en términos del presente Acuerdo.
Los integrantes del Servicio de Protección Federal deberán proporcionar la información y documentación
que el representante de la PRODEPOL solicite, así como las facilidades que permitan dar oportuna atención a
los asuntos que éste tenga a su cargo, y en caso de omisión, el representante de la PRODEPOL podrá
solicitar dicha información a través del superior jerárquico del integrante a quien se dirija el requerimiento.
Artículo Octavo.- Para el cumplimiento de los objetivos señalados en el Artículo Primero del presente
Acuerdo, el representante de la PRODEPOL tendrá las siguientes facultades:
I. Asesorar a los integrantes del Servicio de Protección Federal en la gestión y tramitación de asuntos
de carácter personal y profesional que tengan como finalidad garantizar y defender sus derechos
humanos en el ejercicio de sus funciones;
II. Coadyuvar con la Dirección General d e Asuntos Jurídicos en la promoción de la cultura de respeto a
los Derechos Humanos al interior de la Institución, o en su caso, realizar propuestas que tengan
ese fin;

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