Diario Oficial de la Federación de 29/08/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCLV No. 21 Ciudad de México, lunes 29 de agosto de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Comisión Reguladora de Energía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 111
$17.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 29 de agosto de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 7 y 8 de agosto de 2016,
en los municipios de Los Cabos y La Paz del Estado de Baja California Sur.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 9 de agosto de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 364/16, mediante el cual se dio a
conocer que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) por conducto de la Coordinación Nacional de Protección
Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de Los Cabos y La Paz del Estado de Baja California
Sur, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 7 y 8 de agosto de 2016, publicándose la Declaratoria
de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2016.
Que mediante oficio número DGPC/0879/2016, de fecha 19 de agosto de 2016, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación
de emergencia por la cual fue emitida.
Que el 19 de agosto de 2016, la CNPC emitió el Boletín de Prensa núm ero 381/16, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Los Cabos y La Paz del
Estado de Baja California Sur, por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 7 y 8 de agosto de 2016.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE LLUVIA
SEVERA OCURRIDA LOS DÍAS 7 Y 8 DE AGOSTO DE 2016, EN LOS MUNICIPIOS DE
LOS CABOS Y LA PAZ DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Los Cabos y La Paz del Estado de Baja California Sur,
por la presencia de lluvia severa ocurrida los días 7 y 8 de agosto de 2016.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de agosto de 2016,
en 4 municipios del Estado de Guerrero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 9 de agosto de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 363/16, mediante el cual se dio a
conocer que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) por conducto de la Coordinación Nacional de Protección
Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de Benito Juárez, Coyuca de Benítez, Petatlán y
Lunes 29 de agosto de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
Zihuatanejo de Azueta del Estado de Guerrero, por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de agosto
de 2016, publicándose la Declaratoria de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto
de 2016.
Que mediante oficio número DGPC/0880/2016, de fecha 19 de agosto de 2016, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación
de emergencia por la cual fue emitida.
Que el 19 de agosto de 2016, la CNPC emitió el Boletín de Prensa núm ero 380/16, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Benito Juárez, Coyuc a
de Benítez, Petatlán y Zihuatanejo de Azueta del Estado de Guerrero, por la presencia de lluvi a severa
ocurrida del 5 al 7 de agosto de 2016.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA DE
LLUVIA SEVERA OCURRIDA DEL 5 AL 7 DE AGOSTO DE 2016, EN 4 MUNICIPIOS
DEL ESTADO DE GUERRERO
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Benito Juárez, Coyuca de Benítez, Petatlán y Zihuatanej o
de Azueta del Estado de Guerrero, por la presencia de lluvia severa ocurrida del 5 al 7 de agosto de 2016.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de lluvia severa en 76 municipios del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave; por la presencia de lluvia severa y movimiento de ladera, en 4 municipios; por la presencia de
movimiento de ladera en el Municipio de Xalapa; por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial en 4
municipios; y por inundación fluvial en los municipios de Poza Rica de Hidalgo y Soledad de Doblado de dicha
entidad federativa ocurridos del 5 al 7 de agosto de 2016.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el día 11 de agosto de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 366/16, mediante el cual se dio a
conocer que la Secretaría de Gobernación (SEGOB) por conducto de la Coordinación Nacional de Protección
Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de Acajete, Acultzingo, Altotonga, Alvarado, Amatlán de
los Reyes, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atzacan, Calcahualco, Camerino Z. Mendoza, Carrillo Puerto,
Coetzala, Colipa, Córdoba, Cosautlán de Carvajal, Cuichapa, Cuitláhuac, Huatusco, Hueyapan de Ocampo,
Huiloapan de Cuauhtémoc, Ignacio de la Llave, Isla, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlancillo, I xtaczoquitlán,
Jalacingo, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, La Antigua, La Perla, Los Reyes, Mag dalena, Maltrata,
Mariano Escobedo, Martínez de la Torre, Misantla, Mixtla de Altamirano, Naranjal, Nautla, Nogales, Omealca,
Orizaba, Paso de Ovejas, Rafael Delgado, Rafael Lucio, Río Blanco, San Andrés Tenejapan, San Andrés
Tuxtla, Sochiapa, Soledad Atzompa, Tehuipango, Tenampa, Tenochtitlán, Tepatlaxco, Texcatepec,
Texhuacán, Tezonapa, Tlacolulan, Tlacotalpan, Tlacotepec de Mejía, Tlalixcoyan, Tlaltetel a, Tlapacoyan,
Tlaquilpa, Tlilapan, Tomatlán, Totutla, Ursulo Galván, Veracruz, Xoxocotla, Yanga, Yecuatla, Zentla,
Zongolica, Zontecomatlán de López y Fuentes, por la presencia de lluvia severa; a los municipios de
Alpatláhuac, Coscomatepec, Huayacocotla y Tequila, por la presencia de lluvia severa y movimiento de
ladera; asimismo, para Xalapa, por la presencia de movimiento de ladera; a los municipios de Boca del Río,

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