Diario Oficial de la Federación de 29/05/2019 (Contenido completo) Edición Vespertina

EdiciónVespertina
Tomo DCCLXXXVIII No. 31 Ciudad de México, miércoles 29 de mayo de 2019
EDICION VESPERTINA
CONTENIDO
Secretaría de Marina
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Indice en página 32
$14.00 EJEMPLAR
2 (Edición Vespertina) DIARIO OFICIAL Miércoles 29 de mayo de 2019
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE MARINA
DECRETO por el que se concede autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para permitir la
salida de elementos de la Armada de México fuera de los límites del país, a fin de que participen en el Ejercicio
Multinacional TRADEWINDS 2019, que se llevará a cabo del 30 de mayo al 21 de junio de 2019, en las costas de
Santo Domingo, República Dominicana y San Vicente y Las Granadinas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes
sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD
QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 76 FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS,
DECRETA:
PRIMERO.- La Cámara de Sena dores del Honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad
que le concede el artículo 76 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concede
autorización al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para permitir, en el marco de los principios
constitucionales que rigen nuestra política exterior, la salida de 30 elementos, un equipo de tres elementos de
trabajos submarinos, un equipo médico de dos especialistas en Cámara Hiperbárica y Medicina Subacuática,
un equipo de dos elementos de nadadores de rescate, un equipo de dos elementos de enfermeros tácticos y
un elemento en medicina aérea de la Armada de México, fuera de los límites del país para que participen en el
Ejercicio Multinacional “TRADEWINDS 2019”, que se llevará a cabo del 30 de mayo al 21 de jun io de 2019,
en las costas de Santo Domingo, República Dominicana y San Vicente y Las Granadinas.
SEGUNDO.- Se solicita respetuosamente al Titular del Ejecutivo Federal instruya al Secretario de Marina,
para que presente a esta Soberanía un informe sobre los resultados relativos a la participación de la Armada
de México en el Ejercicio Multinacional “TRADEWINDS 2019”, que se llevará a cabo del 30 de mayo al 21 de
junio de 2019, en las costas de Santo Domingo, República Dominicana y San Vicente y Las Granadinas.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor en el momento de su aprobación por la Cámara
de Senadores.
Segundo.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.”
Ciudad de México, a 25 de abril de 2019.- Sen. Martí Batres Guadarrama, Presidente.- Sen. Antares
Vázquez Alatorre, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia
del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 29 de mayo de 2019.- Andrés Manuel López
Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Dra. Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.-
Rúbrica.
Miércoles 29 de mayo de 2019 DIARIO OFICIAL (Edición Vespertina) 3
SECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en
materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a
las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función (FORTASEG), para el ejercicio
fiscal 2019, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ciudad
de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría
de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO “CONVENIO” PARA EL OTORGAMIENTO DEL
“SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS
MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN”, EN LO SUCESIVO
“FORTASEG”, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU
TITULAR, EL C. FRANCO GERARDO MARCELLO FABBRI VÁZQUEZ, Y EL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO “LA CIUDAD DE MÉXICO”, REPRESENTADO POR LA JEFA DE GOBIERNO,
LA C. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, ASISTIDA POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, LA C. ROSA ICELA
RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, LA PROCURADORA GENERAL DE JUSTICIA Y SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO
DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. ERNESTINA GODOY RAMOS, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA,
EL C. JESÚS ORTA MARTÍNEZ, Y LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LA C. LUZ ELENA GONZÁLEZ
ESCOBAR; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON EL
MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
I. El artículo 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone
que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades f ederativas y los
Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla
efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las
respectivas competencias que esta Constitución señala.
Por su parte, el artículo 122, apartado B de la de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, dispone que corresponde al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México la dire cción de las
instituciones de seguridad pública de la entidad, en los términos que establezca la Constitució n
Política de la Ciudad de México y las leyes locales, así como nombrar y remover libremente al
servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública
establece que al titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, le compete dirigir
las instituciones de seguridad ciudadana de la entidad, así como nombrar y remover libremente a la
persona servidora pública que ejerza el mando directo de la fuerza pública.
Por su parte, el artículo 41, numeral 1 de dicha Constitución, dispone que la seguridad ciudadana es
responsabilidad exclusiva del Gobierno de la Ciudad de México, en colaboració n con las alcaldías
y sus habitantes, para la prevención, investigación, sanción de infracciones administrativas y
persecución de los delitos, la impartición de justicia, la reinserción social, el acceso a una vida libre
de violencia y la protección de las personas frente a riesgos y amenazas que atenten contra
sus derechos y libertades.
En este orden de ideas, el artículo 42, apartado B, numeral 1, de la Constitución en mención, dispone
en materia de “prevención social de las violencias y el delito”, que el Gobierno de la Ciudad y las
alcaldías tendrán a su cargo programas de seguridad ciudadana y trabajará n coordinados
privilegiando la prevención.
Ahora bien, el artículo 52, numerales 1 y 2 de la multicitada Constitución, establece que las
demarcaciones territoriales son la base de la división territorial y de la organización político
administrativa de la Ciudad de México conformadas por habitantes, territorio y autoridades políticas
democráticamente electas y que serán autónomas en su gobierno interior, el cual estará a cargo de
un órgano político administrativo denominado alcaldía.

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