Diario Oficial de la Federación de 30/03/2016 (Contenido completo)

EdiciónMatutina
Tomo DCCL No. 21 Ciudad de México, miércoles 30 de marzo de 2016
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Turismo
Comisión Reguladora de Energía
Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales
Avisos
Indice en página 109
$25.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 30 de marzo de 2016
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de vientos fuertes ocurridos del 7 al 10 de marzo de 2016,
en 22 municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de
Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección
Civil; 59, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 12, fracciones I, II, III y
IV del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
(LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que el 12 de marzo de 2016 se emitió el Boletín de Prensa número 140/16, mediante el cual la
Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), declaró en emergencia a los municipios de A cajete,
Altotonga, Atzalan, Ayahualulco, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Ixhuacán de los Reyes, Ixhuatlán del Sureste,
Ixhuatlancillo, Jalacingo, La Perla, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Maltrata, Mariano Escobedo, Minatitlán,
Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Perote, Tatatila, Tlacolulan, Villa Aldama y Xico del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, por la presencia de vientos fuertes ocurridos del 7 al 10 de marzo de 201 6,
publicándose la Declaratoria de Emergencia en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2016.
Que mediante oficio número DGPC/0319/2016, de fecha 22 de marzo de 2016, la Dirección General
de Protección Civil (DGPC) comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de
Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten;
por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede
finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación
de emergencia por la cual fue emitida.
Que el 22 de marzo de 2016, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número 158/16, a través del cual dio a
conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Acajete, Altotonga,
Atzalan, Ayahualulco, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Ixhuacán de los Reyes, Ixhuatlán del Sureste,
Ixhuatlancillo, Jalacingo, La Perla, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Maltrata, Mariano Escobedo, Minatitlán,
Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Perote, Tatatila, Tlacolulan, Villa Aldama y Xico del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, por la presencia de vientos fuertes ocurridos del 7 al 10 de marzo de 2016.
Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA, POR LA PRESENCIA
DE VIENTOS FUERTES OCURRIDOS DEL 7 AL 10 DE MARZO DE 2016,
EN 22 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la
Declaratoria de Emergencia para los municipios de Acajete, Altotonga, Atzalan, Ayahualulco, Coatzacoalcos,
Cosoleacaque, Ixhuacán de los Reyes, Ixhuatlán del Sureste, Ixhuatlancillo, Jalacingo, La Perla, Las Minas,
Las Vigas de Ramírez, Maltrata, Mariano Escobedo, Minatitlán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Perote,
Tatatila, Tlacolulan, Villa Aldama y Xico del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por la presencia de
vientos fuertes ocurridos del 7 al 10 de marzo de 2016.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la
Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II,
de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a veintidós de marzo de dos mil dieciséis.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe
Puente Espinosa.- Rúbrica.
Miércoles 30 de marzo de 2016 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Cristiana Pentecostés la Gloria de
Dios en Tijuana, B.C., para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General
de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ
EL C. ELIUD VELÁZQUEZ MARTÍNEZ DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA PENTECOSTES LA
GLORIA DE DIOS EN TIJUANA, B.C.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la so licitud de registro de la
agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA PENTECOSTES LA GLORIA DE DIOS EN TIJUANA, B.C.,
para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asoci aciones
Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle Amado Nervo, Número 1703, Colonia Reforma, Municipio de Tijuana, Estado de Baja
California, Código Postal 22680.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Amado
Nervo, Número 1703, Colonia Reforma, Municipio de Tijuana, Estado de Baja California, Código Postal 22680,
bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina,
la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como
objeto, el siguiente: “Realizar sistemáticamente cultos devocuonales, de predicación y de Instrucción Bíblica”.
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio
arraigo entre la población.
V.- Representante: Eliud Velázquez Martínez.
VI.- Relación de asociados: Eliud Velázquez Martínez, Luz María Caballero Ramos, Gu adalupe Rodríguez
Esquivel, Jorge Luis Santos Gerardo y José Ricardo Lomelí Ramos.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina
“Mesa Directiva”, integrada por las personas y cargos siguientes: Eliud Velázquez Martínez, Presidente;
Luz María Caballero Ramos, Secretaria; Guadalupe Rodríguez Esquivel, Tesorera; Jorge Luis Santos
Gerardo, Vocal; y José Ricardo Lomelí Ramos, Vocal.
IX.- Ministro de culto: Eliud Velázquez Martínez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas,
asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera
jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente
de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente dur ante el
término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los quince días del mes de marzo de dos mil diecis éis.- El Director
General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.

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