Acuerdo 37.1310.2007 de la Junta Directiva, por el que se aprueban los nuevos Lineamientos Generales del Registro de Oferta de Vivienda para el FOVISSSTE   

Fecha de disposición02 Noviembre 2007
Fecha de publicación02 Noviembre 2007
EmisorINSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO 37.1310.2007 de la Junta Directiva, por el que se aprueban los nuevos Lineamientos Generales del Registro de Oferta de Vivienda para el FOVISSSTE.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría de la Junta Directiva.- SJD.-753/2007.

ACUERDO 37.1310.2007

Lic. Miguel Angel Yunes Linares

Director General del Instituto

Presente.

En sesión celebrada por la Junta Directiva el día de hoy, al tratarse lo relativo a la aprobación de los nuevos Lineamientos Generales del Registro de Oferta de Vivienda para el FOVISSSTE, se tomó el siguiente:

ACUERDO 37.1310.2007.- La Junta Directiva, con fundamento en el artículo 214, fracciones XVI, inciso g) y XX, de la Ley del ISSSTE y con base en el acuerdo aprobatorio 4489.802.2007, de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda, así como en la exposición del Vocal Ejecutivo, aprueba los nuevos:

LINEAMIENTOS GENERALES DEL REGISTRO DE OFERTA DE VIVIENDA PARA EL FOVISSSTE

CONSIDERACIONES

Que con el objeto de que el Fondo de la Vivienda del ISSSTE esté en posibilidad de cumplir con el Programa de Financiamiento de Créditos para Vivienda 2007 para Vivienda a los Trabajadores del Estado, es necesario garantizar que exista una oferta suficiente que cumpla con la normatividad vigente en la materia, así como estimular a los oferentes para poder integrar un padrón que satisfaga las necesidades de la derechohabiencia.

Que con una oferta de vivienda suficiente, los trabajadores derechohabientes del FOVISSSTE, podrán seleccionar en las mejores condiciones de oportunidad, precio y calidad, la vivienda que más satisfaga sus necesidades, para lo cual se promoverá que se cuente con un seguro de calidad que cumpla con los estándares nacionales e internacionales que garanticen su durabilidad y resarcimiento en caso de vicios ocultos. Adicionalmente, se deberá orientar la inversión de los oferentes a regiones, entidades federativas y municipios en los cuales no existe oferta de vivienda y se tiene una demanda potencial importante.

Que a través de la Subdirección de Asuntos Jurídicos del FOVISSSTE, se incorporarán estos Lineamientos, al Convenio que rige las obligaciones entre el FOVISSSTE con otras instancias del sector vivienda, Organismos Nacionales de Vivienda (ONAVIS), Organismos Estatales de Vivienda (OREVIS), Cámaras e Instituciones de Vivienda, así como con las entidades financieras.

Que para garantizar a los derechohabientes que la oferta de vivienda reúne las condiciones de calidad y habitabilidad que establece la normatividad aplicable en la materia, se proponen los presentes lineamientos.

OBJETIVO

Los Lineamientos Generales del Registro de Oferta de Vivienda para el FOVISSSTE tienen como objetivo establecer las condiciones necesarias y suficientes para la autorización de oferta de vivienda en paquete de vivienda, de vivienda en mercado abierto; registrada tanto el Sistema Nacional de Vivienda a través del Registro Unico de Vivienda (RUV) y/o un Registro Alterno y en la Bolsa Nacional de Vivienda, en cumplimiento a la política nacional de generar un Mercado Integrado de Vivienda; facilitando a los promotores y/o desarrolladores de vivienda a presentar en un registro único su documentación para ofertar una vivienda y de esta forma poder llevar a cabo su venta con acreditados del FOVISSSTE.

Todo lo anterior, con la finalidad de garantizar una oferta de vivienda técnicamente confiable, documentalmente correcta, y que represente una garantía segura durante el ejercicio del crédito y un patrimonio familiar.

DEFINICIONES

PRIMERO.- Para los efectos de los presentes Lineamientos Generales del Registro de Oferta de Vivienda para el FOVISSSTE, se entiende por:

“ACREDITADOS, a los derechohabientes trabajador, pensionado y/o jubilado que haya sido beneficiado con un crédito del FOVISSSTE, para la adquisición, construcción, mejoramiento o ampliación de vivienda y/o redención de pasivos con recursos provenientes del FOVISSSTE o en cofinanciamiento.

“ADQUISICION DE VIVIENDA NUEVA, es aquella vivienda que adquiere el acreditado totalmente terminada y que cuenta con la habitabilidad correspondiente, puede ser en paquete o individual.

“AVALUO COMERCIAL”, es un dictamen de valor económico respecto a uno(s) inmueble(s) específico(s) elaborado por un valuador certificado por la unidad de valuación en cuyo padrón se encuentre inscrito dicho perito.

“BOLSA NACIONAL DE VIVIENDA, mecanismo que permite orientar a los derechohabientes a elegir su vivienda en el portal de Internet. Puede ser en www.micasa.gob.mx y del FOVISSSTE www.fovissste.gob.mx.

“CLAVE UNICA DE VIVIENDA (CUV), al identificador estandarizado del Sistema Nacional de Vivienda para cada una de las viviendas, el cual es asignado por el Registro Unico de Vivienda.

CONVENIO al instrumento jurídico que rige las...

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