Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA1- 1993, Que establece los límites biológicos máximos permisibles de disolventes orgánicos en el personal ocupacionalmente expuesto; para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA1-2002, Salud ambiental- Indices biológicos de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto a sustancias químicas

Fecha de disposición14 Julio 2009
Fecha de publicación14 Julio 2009
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PROYECTO DE MODIFICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-047-SSA1-1993, QUE ESTABLECE LOS LIMITES BIOLOGICOS MAXIMOS PERMISIBLES DE DISOLVENTES ORGANICOS EN EL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO; PARA QUEDAR COMO NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-047-SSA1-2002, SALUD AMBIENTAL-INDICES BIOLOGICOS DE EXPOSICION PARA EL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO A SUSTANCIAS QUIMICAS.

MIGUEL ANGEL TOSCANO VELASCO, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 3 fracciones XV, XVI y XXX, 13 Apartado A fracción I, 110, 111 fracción IV, 128, 129, 132 y 133 fracción I de la Ley General de Salud; 3 fracción XI, 38, 40 fracciones I, III, VII y XI, 41, 43, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 fracción I incisos a) y d), 66, 1214, 1220 fracción I y 1226 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; artículo 2 inciso C) fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, fracciones I literal i y II, 10 fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA1-1993, Que establece los límites biológicos máximos permisibles de disolventes orgánicos en el personal ocupacionalmente expuesto; para quedar como NOM-047-SSA1-2002, Salud Ambiental-Indices biológicos de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto a sustancias químicas.

El presente Proyecto de Modificación fue aprobado por el Comité en sesión celebrada en el año 2002 y se publica a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su publicación, presenten comentarios con el sustento técnico suficiente ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario sito en Monterrey número 33, planta baja, colonia Roma, código postal 06700, México, D.F., teléfono 5080 5200 extensión 1480, fax 5511 1499, correo electrónico rfs@cofeprissalud.gob.mx y rfs@cofepris.gob.mx.

Durante el plazo señalado en el párrafo anterior, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación de esta Norma Oficial Mexicana, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.

PREFACIO

El presente Proyecto de Modificación, que establece los índices biológicos de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto a sustancias químicas, responde a la necesidad de contar con una guía para evaluar el riesgo a la salud del personal ocupacional que labora con estas sustancias, a partir de conocer los índices biológicos de exposición, con el fin de implementar y evaluar las medidas de control dirigidas a la conservación de la salud y a la prevención de efectos nocivos en este personal.

Así mismo responde al cumplimiento tanto del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que plantea en su objetivo 8 Garantizar que la salud contribuya a la superación de la pobreza y al desarrollo humano en el país, y en su estrategia 8.3 Promover la productividad laboral mediante entornos de trabajo saludables; como del Programa Nacional de Salud, que establece en su objetivo 5. Garantizar que la salud contribuya al combate a la pobreza y al desarrollo social del país, en su estrategia 1. Fortalecer y modernizar la protección contra riesgos sanitarios, en su línea de acción 1.5 Fortalecer las políticas y acciones de protección contra riesgos sanitarios atendiendo las evidencias científicas, y dentro de sus actividades la de mantener actualizadas las estrategias para el análisis de los riesgos sanitarios a los que se enfrenta la población y establecer las acciones que deberán ser incorporadas a los proyectos que para su atención opera el Sistema Federal Sanitario en materia de salud ocupacional.

Es importante considerar que para mejorar las condiciones de salud de la población es necesario proteger la salud tanto del personal ocupacional formal como del informal en los ambientes de trabajo, mediante medidas preventivas y de promoción a la salud, atención integral de los accidentes laborales y modernización del marco legal en materia del trabajo.

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes dependencias del Ejecutivo Federal, instituciones y representantes del sector privado y social:

SECRETARIA DE SALUD:

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSI.

SERVICIOS DE SALUD DE TLAXCALA.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Coordinación de Salud en el Trabajo.

PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE.

PETROLEOS MEXICANOS.

Subdirección Corporativa de Servicios Médicos.

FEDERACION NACIONAL DE SALUD EN EL TRABAJO, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE HIGIENE INDUSTRIAL, A.C.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION.

ASOCIACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUIMICA, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE PINTURAS Y TINTAS A.C.

ANALISIS AMBIENTAL, S.A. DE C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Abreviaturas y símbolos

  7. Especificaciones

  8. Procedimiento para evaluar el riesgo a la salud del personal ocupacionalmente expuesto

  9. Métodos de muestreo

  10. Aspectos éticos

  11. Informe de resultados

  12. Medidas de control

  13. Vigilancia

  14. Concordancia con normas internacionales

  15. Bibliografía

  16. Vigencia

    Apéndice normativo "A"

    Tabla 1 Indices Biológicos de Exposición para el Personal Ocupacionalmente Expuesto a Sustancias Químicas

    Tabla 2 Consideraciones metodológicas en el muestreo

    Tabla 3 Consideraciones metodológicas en el transporte y almacenamiento

    Tabla 4 Consideraciones metodológicas en el análisis

    Tabla 5 Consideraciones metodológicas especiales

    Tabla 6 Variables que afectan los niveles de los determinantes en las muestras biológicas

    Tabla 7 Momento del muestreo

  17. Introducción

    El control o monitoreo biológico proporciona a los profesionales de la salud ocupacional un medio para evaluar la exposición del personal ocupacionalmente expuesto a las sustancias químicas. Mientras el muestreo del ambiente en los puestos de trabajo tiene por objeto evaluar la exposición a la inhalación de las sustancias químicas en estos puestos midiendo la concentración de los contaminantes en el aire y para ello se aplica la metodología y los Límites Máximos Permisibles de Exposición (LMPE) que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral, el control o monitoreo biológico es una valoración de la exposición total a las sustancias químicas que están presentes en el puesto de trabajo a través de la medición apropiada del "determinante" o "determinantes" en los especímenes biológicos tomados al personal ocupacional en un momento determinado. Implica la medición de la concentración de un determinante químico en el medio biológico de los individuos expuestos y es un indicador del ingreso al organismo de una sustancia. Los Indices biológicos de exposición (IBE) sirven como valores de referencia para evaluar los resultados del monitoreo biológico. El monitoreo biológico indirectamente refleja la dosis del personal ocupacional derivada de la exposición a la sustancia química de interés. El IBE indica generalmente una concentración por debajo de la cual la mayoría del personal ocupacional no debería sufrir efectos adversos a la salud. Los IBE no están dirigidos para utilizarse como una medición de los efectos adversos ni para el diagnóstico de enfermedades de trabajo.

    El determinante puede ser la misma sustancia química o su(s) metabolito(s). En la mayoría de los casos, la medición puede realizarse en la orina, la sangre o en el aire exhalado tomados al personal ocupacionalmente expuesto. Dependiendo del determinante, el espécimen elegido y el momento de tomar la muestra, la evaluación puede indicar alguna de las siguientes situaciones: la intensidad de una exposición reciente, la exposición promedio diaria o una exposición crónica acumulativa.

    El monitoreo biológico puede ayudar a los profesionales de la salud ocupacional para la detección y la determinación de la vía de absorción (inhalación, piel o ingestión), la investigación de la distribución y acumulación en el organismo, la reconstrucción de exposiciones anteriores en ausencia de otras mediciones de exposición, la detección de la exposición no ocupacional en el personal ocupacional, probar la eficacia de los equipos de protección personal y de los controles de ingeniería, y monitorear las prácticas o actividades ocupacionales.

    El monitoreo biológico es un complemento de la evaluación de la exposición por muestreo del aire. La existencia de un IBE no indica una necesidad de efectuar un monitoreo biológico. La aplicación de los IBE y el desarrollo, conducción e interpretación de los protocolos de monitoreo biológico requiere el conocimiento, la capacidad y la experiencia de un profesional en salud ocupacional.

  18. Objetivo

    Establecer los índices biológicos de exposición para el personal ocupacionalmente expuesto a sustancias químicas, como una medida para la detección de los niveles de riesgo en función de la exposición a las sustancias químicas en los establecimientos y para aplicar medidas de higiene industrial y de protección de la salud del personal.

  19. Campo de aplicación

    Esta Norma...

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