Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la Administración Pública Federal 2017.

Fecha de disposición04 Mayo 2017
Fecha de publicación04 Mayo 2017
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, con fundamento en los artículos 17 y 33, fracciones I y X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 y 18, fracciones I y IV, de la Ley de Transición Energética; 2, Apartado F, fracción II, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y Segundo, fracciones I, III, XII, XVI y XXVII, del Manual de Organización General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, y

CONSIDERANDO

Que la estrategia 4.6.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 consiste en asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país y una de las líneas de acción es promover el uso eficiente de la energía, así como el aprovechamiento de fuentes renovables, mediante la adopción de nuevas tecnologías y la implementación de mejores prácticas;

Que la Ley de Transición Energética establece que la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía que cuenta con autonomía técnica y operativa, el cual tiene por objeto promover la eficiencia energética y constituirse como órgano de carácter técnico en materia de aprovechamiento sustentable de la energía;

Que el mismo ordenamiento le confiere a la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía la facultad de expedir y verificar disposiciones administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética y de las actividades que incluyen el aprovechamiento sustentable de la energía, de conformidad con las disposiciones aplicables, y

Que el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018 establece, dentro del Objetivo 1. "Diseñar y desarrollar programas y acciones que propicien el uso óptimo de energía en procesos y actividades de la cadena energética nacional", Estrategia 1.4 "Propiciar programas de eficiencia energética dentro de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", la Línea de Acción 1.4.1 relativa a "Emitir disposiciones anuales para la implementación de programas institucionales de eficiencia energética en los inmuebles, instalaciones industriales y flotas vehiculares", por lo que he tenido a bien expedir las siguientes

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LOS INMUEBLES, FLOTAS VEHICULARES E INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL 2017

  1. Objeto

    Las presentes Disposiciones tienen por objeto hacer un uso eficiente la energía en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, mediante un proceso de mejora continua de la eficiencia energética, a través de la implementación de mejores prácticas y la utilización de nuevas tecnologías, así como el uso de herramientas de operación, control y seguimiento, que contribuyan al uso eficiente de los recursos públicos y a la sustentabilidad energética.

  2. Abreviaturas y definiciones

    Para los fines de las presentes Disposiciones se establecen las siguientes abreviaturas y definiciones, las cuales podrán ser utilizadas en singular o plural. Los términos que no se incluyen tienen su acepción dentro del contexto en el que se utilizan.

    APF: La Administración Pública Federal.

    CFE: La Comisión Federal de Electricidad.

    Comisión: La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía.

    Comité: El Comité Interno para el uso eficiente de la energía de cada Dependencia y Entidad de la APF.

    Dependencias: Las Secretarías de Estado, sus órganos administrativos desconcentrados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Presidencia de la República, los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, la Procuraduría General de la República y los Tribunales Administrativos.

    Desempeño Energético: Resultado medible que se relaciona con la eficiencia energética, el uso y el consumo de la energía.

    Diagnóstico energético integral: Es el estudio que tiene como propósito:

    1. Identificar el consumo por usos finales de energía eléctrica, térmica y combustibles en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones de la APF.

    2. Establecer el nivel de eficiencia de su utilización por equipos, aparatos, sistemas y procesos, en términos de índices energéticos, y

    3. Proponer las medidas de eficiencia energética de forma integral; determinar los beneficios energéticos, económicos y ambientales, así como establecer, en su caso, la inversión requerida para su aplicación.

    Disposiciones: Las Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la Administración Pública Federal 2017.

    DyE: Las Dependencias y Entidades de la APF.

    Entidades: Las Entidades Paraestatales que formen parte de la APF, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de conformidad con la relación que publica anualmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Flota vehicular: El conjunto de vehículos automotores del sector público que, bajo la administración de un responsable, se utilizan para prestar diversos servicios de transportación.

    Funcionario Enlace: La persona que forma parte del Comité y es designada por éste para fungir como contacto ante la Comisión, quien debe tener al menos el nivel de Director de Área o su equivalente.

    Funcionario Operador: La persona designada por el Comité para cada uno de los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales, encargada de atender las actividades operativas establecidas en las Disposiciones y cuyas funciones del cargo deberán estar relacionadas con la administración del inmueble, flota vehicular o instalación industrial participante en el Programa.

    Grupo de Trabajo: El Grupo de Trabajo del Programa.

    Índice de Consumo de Energía Eléctrica (ICEE): La relación entre el consumo total de energía eléctrica en un año, expresado en kilowatts hora, y la superficie construida, expresada en metros cuadrados, la cual se expresa en kWh/m2-año.

    Inmueble: Es aquel edificio, o conjunto de edificios que se encuentren en el mismo predio, que están destinados para oficinas y otros usos.

    Inmueble de otro uso: Es aquel donde las áreas destinadas a oficinas representan hasta el 50 por ciento de la superficie total construida.

    Inmueble de uso de oficina: Es aquel donde las áreas destinadas a oficinas representen más del 50 por ciento de la superficie total construida.

    Inmueble de uso de oficina con acondicionamiento de aire: Es aquel con uso de oficina que cuenta con más del 40 por ciento de superficie total construida con acondicionamiento de aire.

    Instalación industrial: El centro de trabajo en el cual se llevan a cabo procesos productivos, de transformación o de servicios, mediante uno o varios procesos consumidores de energía.

    OIC: Los Órganos Internos de Control en las DyE que participan en el Programa.

    PAT: El Plan Anual de Trabajo de eficiencia energética que deberá establecerse para cada uno de los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de las DyE de la APF.

    Programa: El Programa de Eficiencia Energética en la APF, coordinado por la Comisión.

    Rendimiento de combustible: El indicador de eficiencia energética del autotransporte, expresado en kilómetros por litro de combustible (km/l).

    Sistema APF: El sistema informático del que hará uso la Comisión y las DyE para el registro, actualización, control y seguimiento de los avances y acciones del Programa.

    Sistema de Capacitación: El sistema informático del que hará uso la Comisión y las DyE para el registro, control y seguimiento de las metas de capacitación establecidas en las Disposiciones.

    Sistema de Gestión de la Energía (SGEn): La metodología para lograr en las organizaciones la mejora sostenida y continúa del desempeño energético en una forma costo-efectiva.

    Superficie construida: El área o espacio construido, delimitado por un perímetro que tiene envolvente estructural al menos en su cara superior (techo) y no forzosamente en las caras laterales (paredes).

    Zona térmica: Las regiones climáticas, geográficas o biogeográficas del país, definidas de acuerdo a su temperatura.

  3. Alcance

    Las Disposiciones son de aplicación obligatoria para las DyE en los siguientes casos:

    1. En los Inmuebles de uso de oficina y en los Inmuebles de otros usos que sean: arrendados o propios, que cuenten con facturación eléctrica del año inmediato anterior (enero diciembre), y que la misma no esté compartida con otro usuario, así como aquellos que tengan una superficie construida igual o mayor a 1,000 m2.

    2. En los...

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