Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones
Fecha de disposición | 25 Febrero 2015 |
Fecha de publicación | 25 Febrero 2015 |
Emisor | INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES |
Sección | SEGUNDA. Organismos Autonomos |
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones. DISPOSICIONES POR LAS QUE SE ESTABLECE EL SISTEMA DE SERVICIO PROFESIONAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES.
Índice
Objeto, Aplicación, Principios y Conceptos
Las presentes Disposiciones tienen por objeto:
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Establecer el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones;
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Regular y establecer los procedimientos para el Ingreso, la Formación y Desarrollo de Personal; la Administración del Desempeño y Otorgamiento de Estímulos; las Medidas Disciplinarias Laborales y todos aquellos elementos necesarios para la operación, planeación y organización del servicio profesional y la gestión del talento en sus diferentes grupos de puestos, y
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Establecer los derechos, obligaciones y esquema de remuneraciones, percepciones ordinarias o extraordinarias, prestaciones y demás elementos que conforman las Condiciones Generales de Trabajo del Personal del Instituto.
Para los efectos de las presentes Disposiciones, se entenderá por:
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Adscripción: Ubicación Administrativa del Personal para realizar las funciones inherentes a un Puesto específico;
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Bolsa de Trabajo: Micrositio público de la página de Internet institucional a cargo de la Unidad de Administración, que funciona como mecanismo de reclutamiento de primer contacto con el Instituto, en el cual, el público interesado en ingresar a laborar al Instituto, puede ingresar vía electrónica sus datos de contacto e información curricular y allegarse de información relacionada con Vacantes, así como cualquier otro medio que en su momento establezca el Instituto;
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Catálogo Institucional de Puestos: Documento que reúne, clasifica y sistematiza la información de los Puestos del Instituto;
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Comisionados: Los integrantes del Pleno del Instituto;
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Comité Directivo: Al Comité Directivo del Sistema de Servicio Profesional del Instituto;
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Compensación Garantizada: El pago complementario que se otorga al Sueldo Base Tabular que se otorga al Personal del Instituto de manera regular en función del nivel salarial;
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Concurso: Al mecanismo de reclutamiento y selección que realiza el Instituto para la ocupación de Vacantes el cual se lleva a cabo mediante convocatoria pública abierta tanto al Personal, como a cualquier persona que, cumpliendo la Descripción de Puesto y los requisitos correspondientes, se encuentre interesado en ingresar al Instituto;
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Condiciones: Las Condiciones Generales de Trabajo que se establecen en las presentes Disposiciones, aplicables al Personal del Instituto;
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Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
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Descripción de Puesto: Documento que presenta la finalidad o razón sustantiva de cada puesto. Debe contener al menos la escolaridad y áreas de conocimiento, experiencia laboral, los requerimientos o condiciones específicos para el desempeño del puesto y las competencias o capacidades necesarias para ocuparlo;
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Dirección General: La Dirección General de Administración, Organización y Desarrollo de Capital Humano, adscrita a la Unidad de Administración y responsable de administrar el Sistema de Servicio Profesional del Instituto;
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Estatuto Orgánico: El Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones;
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Gabinete de Apoyo de Comisionado: El personal de asesoría adscrito a cada Comisionado, conforme a la estructura ocupacional que corresponda;
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Instituto: El Instituto Federal de Telecomunicaciones;
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ISSSTE: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
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Ley de Competencia: Ley Federal de Competencia Económica;
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Ley de Presupuesto: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
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Ley de Telecomunicaciones: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión;
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Ley del ISSSTE: Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado;
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Ley de Responsabilidades: Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos;
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Lineamientos Específicos: Los Lineamientos Específicos para la Operación del Sistema de Servicio Profesional del Instituto, los cuales constituyen la normatividad complementaria a las presentes Disposiciones, que debe emitir el Comité Directivo y que permiten una adecuada implementación del Sistema en cada uno de sus procesos y componentes;
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Manual: El Manual de Percepciones para los Servidores Públicos del Instituto;
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Nivel jerárquico: La escala de percepciones ordinarias que corresponden a un Puesto del Tabulador de Sueldos y Salarios;
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Percepciones Extraordinarias: Remuneraciones que no constituyen un ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables. Este tipo de percepciones en ningún caso podrá integrar la base de cálculo para efectos de indemnización, liquidación o de prestaciones de seguridad social y están sujetas tanto a la metodología de evaluación del desempeño correspondiente, como a la suficiencia presupuestaria;
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Percepciones Ordinarias: Remuneraciones fijas regulares y permanentes que recibe el Personal por el desempeño de sus funciones de acuerdo con su Nivel Jerárquico;
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Personal: Los servidores públicos adscritos al Instituto;
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Personal Eventual: Personal que es contratado para desempeñar o realizar obras, estudios o trabajos determinados, por lo que su nombramiento es por tiempo determinado y tiene las mismas prestaciones que el Personal con nombramiento definitivo, conforme a su Nivel Jerárquico. Este Personal no forma parte del Sistema de Servicio Profesional y solo está sujeto al proceso de Ingreso establecido en las presentes Disposiciones;
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Prestaciones: Los beneficios que recibe el Personal en los términos de las presentes Disposiciones y el Manual;
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Puesto: La unidad impersonal de trabajo establecida en el Catálogo Institucional de Puestos, que implica deberes específicos y delimita jerarquías y capacidades para su desempeño, así como aptitudes, habilidades, preparación y experiencia;
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Pleno: Órgano máximo de gobierno y decisión del Instituto, integrado por siete Comisionados con voz y voto, incluido su Presidente;
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Profesionalización: Es un sistema integral conformado por un esquema de reclutamiento y selección, formación, promociones, ascensos, estímulos y retribuciones, que reconoce y asegura la motivación del Personal, para especializarse y desempeñarse en términos de calidad, compromiso y eficiencia, para conseguir los objetivos y metas del Instituto;
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