Disposiciones Generales que establecen los mecanismos de identificación digital y control de acceso que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las empresas productivas del Estado.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en los artículos 12 y 37, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, 7, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; Décimo Tercero, fracción IV, del Acuerdo por el que se establece el Esquema de Interoperabilidad y de Datos Abiertos de la Administración Pública Federal; Primero del Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno; disposiciones Tercera, fracción IX y Quinta, fracción III, de las Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de mayo de 2013, establece que las estrategias transversales se aplicarán normativamente a través de programas especiales y, por ello, el 30 de agosto de 2013, se publicó en dicho medio de difusión oficial, el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, el cual incorpora, entre otros, el objetivo de "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento";

Que en el marco del objetivo antes referido, se incorporaron como líneas de acción de la Estrategia Digital Nacional las de "Impulsar el uso de las TIC en políticas de identificación personal, promoviendo la identidad digital administrativa única de personas y empresas" y "Fomentar el uso de la identidad digital administrativa única en las transacciones económicas, sociales y gubernamentales en todos los sectores sociales", así como "Emitir disposiciones para la generación de soluciones tecnológicas orientadas a la transformación gubernamental", las cuales serán implementadas por las dependencias, entidades e instancias administrativas encargadas de la coordinación de la política en esa materia, y que serán de observancia obligatoria para la Administración Pública Federal (APF), a través de los programas respectivos;

Que en el artículo 2 del Acuerdo por el que se modifican las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y en la de seguridad de la información, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en dichas materias, se establece que la identidad digital es "la identificación única de una persona física o moral por medio de la Clave Única de Registro de Población (CURP) o la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) e.firma, ante un aplicativo de cómputo o un servicio electrónico";

Que en términos del artículo 2, fracción XIII y 7 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, la Firma Electrónica Avanzada es el conjunto de datos y caracteres que permiten la identificación del firmante, la cual podrá ser utilizada en documentos electrónicos y, en su caso, en mensajes de datos, los cuales producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorguen a éstos;

Que en el artículo Décimo Primero, fracción VII, del Acuerdo por el que se establece el Esquema de Interoperabilidad y de Datos Abiertos de la Administración Pública Federal, se establece que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal llevarán a cabo acciones tendientes a propiciar que en la prestación de servicios digitales, los particulares puedan ser identificados por medios digitales por una sola vez, salvo casos especiales;

Que la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Gobierno Digital, es la encargada de definir la política de gobierno digital y datos abiertos, de...

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