Circular 16/2014, dirigida a las Instituciones de Crédito y Sociedades de Objeto Múltiple Reguladas, relativa a la Modificación a la Circular 22/2010, con respecto al cobro de comisiones relacionadas con convenios sobre cajeros automáticos

Fecha de disposición03 Octubre 2014
Fecha de publicación03 Octubre 2014
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Público y Administrativo,Financiero
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

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A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y SOCIEDADES DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS:
ASUNTO:
MODIFICACIÓN A LA CIRCULAR 22/2010, CON RESPECTO AL COBRO DE COMISIONES RELACIONADAS CON CONVENIOS SOBRE CAJEROS AUTOMÁTICOS.

El Banco de México, con el propósito de dar continuidad a la promoción del sano desarrollo del sistema financiero y a propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, en consideración a la importancia de mantener condiciones de competencia y la transparencia en el cobro de comisiones por parte de las entidades operadoras de cajeros automáticos, en concordancia con las reformas a la Circular 3/2012 con respecto a convenios para la utilización de infraestructuras de redes de cajeros automáticos, ha resuelto reconocer en su Circular 22/2010 los supuestos sobre el cobro de comisiones relacionados con dicha utilización que, al respecto, prevé la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24 y 26 de la Ley del Banco de México, 4, 4 Bis, 17 y 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 15, párrafo primero, en relación con el 20, fracción XI, 14 Bis 1, párrafo primero, en relación con el 25 Bis 1, fracción IV, y 25 Bis 2, fracción II, 14 Bis, párrafo primero, en relación con el 17, fracción I, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General de Sistemas de Pagos y Servicios Corporativos, de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero y de la Dirección General Jurídica, respectivamente, así como Segundo del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, fracciones I, VIII y X, ha resuelto modificar la definición de "Emisora", "Entidad Financiera", "Operador de Cajeros Automáticos" del numeral 1, y el numeral 7.2, así como adicionar un cuarto párrafo, al numeral...

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