Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades en favor de su titular

Fecha de disposición10 Septiembre 2012
Fecha de publicación10 Septiembre 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 14, 16 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 14 y 15 de la Ley sobre Cámaras Agrícolas que en lo sucesivo se denominarán Asociaciones Agrícolas; 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas; 1o., 3o., 4o., 33 y 37 de la Ley Federal de Variedades Vegetales; 2o., 3o. fracción XVI, 32, 34, 40, 41, 45, 123 fracción IV y 129 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar; 4o. y 9o. fracciones VII, VIII, IX, X, XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los titulares de las secretarías de Estado pueden delegar facultades a los servidores públicos de sus propias dependencias, excepto aquellas que por disposición de la ley, reglamento interior u otra disposición legal deban ser ejercidas precisamente por el propio titular;

Que el 21 de octubre de 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades en favor de su titular, con el objeto de hacer eficiente la prestación de los servicios registrales en materia de organización de los productores agrícolas y pecuarios así como los relativos a las inscripciones en materia de variedades vegetales;

Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, establece una estructura con la cual cambian de denominación algunas unidades administrativas, entre otras, la Coordinación General Jurídica por Oficina del Abogado General;

Que es conveniente que el Director del Registro Nacional Agropecuario, adscrito a la Oficina del Abogado General, pueda continuar ejerciendo las facultades inherentes a las materias señaladas en el Acuerdo mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades en favor de su titular, sin menoscabo de la necesaria coordinación y control que se debe mantener sobre el ejercicio de las mismas, y

Que en virtud del cambio de denominaciones que ha experimentado la Oficina del Abogado General y con la finalidad de prestar un mejor y eficiente servicio en los asuntos jurídicos que le corresponde atender, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL REGISTRO NACIONAL AGROPECUARIO Y SE...

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