Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Abril de 2014
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Secretaría de Economía. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales e ILDEFONSO GUAJARDO VILLARREAL, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 32 Bis y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción III, 15 fracción VI, 16 fracción VI, 17 y 20 de la Ley de Comercio Exterior; 36-A, fracciones I, inciso c) y II inciso b), 95, 104 fracción II, 113, fracción II, y 119 cuarto párrafo de la Ley Aduanera; 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 85 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 1o. y 5o. fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el 19 de diciembre de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Que en el Acuerdo referido, la sustancia conocida como Difluoroetano-1,1 (R152a), citada en el mismo como Difluoretano-1,1 (R152a) CAS 75-37-6, se codificó en la fracción genérica 2903.39.99, sin embargo, conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, dicho producto se clasifica de manera específica en la fracción 2903.39.02, por lo que resulta necesario realizar la correspondiente adecuación.

Que con el propósito de dar cumplimiento a los convenios internacionales en la materia y de los cuales es Parte integrante nuestro país, es de interés de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de su Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas regular, tanto la introducción, como la salida del territorio nacional de los materiales o sustancias peligrosas clasificados en las fracciones arancelarias 2903.99.99 y 3824.82.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y...

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