Circular CONSAR 23-3, Modificaciones a las Reglas Generales sobre la Divulgación y Confidencialidad Relacionada con la Información del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez que conozcan las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR y las Administradoras de Fondos para el Retiro

Fecha de disposición15 Diciembre 1999
Fecha de publicación15 Diciembre 1999
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR CONSAR 23-3, Modificaciones a las Reglas Generales sobre la Divulgación y Confidencialidad Relacionada con la Información del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez que conozcan las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR y las Administradoras de Fondos para el Retiro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

CIRCULAR CONSAR 23-3

MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES SOBRE LA DIVULGACION Y CONFIDENCIALIDAD RELACIONADA CON LA INFORMACION DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ QUE CONOZCAN LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR Y LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en los artículos 5o. fracciones I y II, 12 fracciones I, VIII y XVI, 58 fracción IV de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y 22 de la Ley del Seguro Social, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Circular CONSAR 23-1 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de diciembre de 1997, y Circular CONSAR 23-2 publicada en el periódico oficial antes mencionado, el día 14 de julio de 1998, se establecieron las reglas generales sobre la divulgación y confidencialidad relacionada con la información del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

Que entre los objetivos de las mencionadas disposiciones se encuentra el establecimiento de los términos y condiciones a los que deberán sujetarse las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR y las Administradoras de Fondos para el Retiro para la transmisión de información de la Base de Datos Nacional SAR, así como para determinar su divulgación y confidencialidad, y

Que con el objeto de precisar la información que las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR deben proporcionar a las Administradoras de Fondos para el Retiro, se reitera que la información que proviene de la emisión electrónica de las cédulas de determinación que elabora el Instituto Mexicano del Seguro Social, tanto de los trabajadores que hayan elegido Administradora de Fondos para el Retiro, como de aquellos que no lo han hecho, es susceptible de ser entregada. Asimismo, se precisa que las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR podrán proporcionar la información antes señalada, a instituciones consultoras que...

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