Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 622/97, relativo a la dotación de tierras, promovido por campesinos del poblado California, Municipio de Villaflores, Chis

Fecha de disposición03 Marzo 2000
Fecha de publicación03 Marzo 2000
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 622/97, relativo a la dotación de tierras, promovido por campesinos del poblado California, Municipio de Villaflores, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 622/97, que corresponde al expediente 3699-D, relativo a la solicitud de dotación de tierras promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado California , ubicado en el Municipio de Villaflores, Estado de Chiapas, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Con fecha veintitrés de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, un grupo de campesinos radicados en el poblado denominado California , del Municipio de Villaflores, Estado de Chiapas, elevó al Gobernador del Estado, solicitud de dotación de tierras para satisfacer sus necesidades agrarias, señalando como predio afectable el terreno denominado Solo Dios .

SEGUNDO.- La Dirección de Asuntos Agrarios, mediante oficio número 0988, de veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y siete, encomendó al licenciado Wenceslao M. Canseco Argüello, investigara la existencia del poblado que nos ocupa, quien rindió su informe el diecinueve de octubre del mismo año, del que se conoce, que el poblado California , se encuentra en terrenos nacionales, donde existen veinticinco casas y diversas construcciones con antigüedad de tres años y que al efecto el Presidente Municipal de Villaflores, Chiapas, expidió constancia de la existencia del poblado el treinta de septiembre de ese año. Al informe el comisionado acompañó la constancia en mención y actas de existencia del poblado y de inspección ocular del predio de presunta propiedad nacional con superficie aproximada de 1,500-00-00 (mil quinientas hectáreas), de agostadero de buena calidad, que cuenta con porciones sembradas de maíz, calabaza y frijol.

TERCERO.- Turnada que fue la solicitud de referencia a la Comisión Agraria Mixta del Estado de Chiapas, se procedió a la instauración del procedimiento con fecha primero de febrero de mil novecientos ochenta y ocho, registrándolo bajo el número de expediente 3099-D, emitiéndose los oficios números 258, 259 y 260 de esa fecha, para notificar al Presidente Municipal de Villaflores, Chiapas, al propietario del predio Solo Dios y al Director del Registro Público de la Propiedad.

La publicación de la solicitud se realizó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, el dos de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, con el número 48, tomo XCVIII.

En la propia solicitud proponen para ocupar los cargos de presidente, secretario y vocal, respectivamente, del Comité Particular Ejecutivo a Joaquín Escobar Escobar, Guadalupe Gómez Sánchez y Manuel Vázquez Cruz, a quienes el Gobernador del Estado expidió los nombramientos correspondientes, el siete de enero de mil novecientos ochenta y ocho. Mediante asamblea del diecisiete de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, se reestructura dicho Comité y siendo electos César Gómez Sánchez, Fructuosa Zacaleta Astudillo y Oscar Martínez Durán, como presidente, secretario y vocal, respectivamente.

CUARTO.- Para elaborar el censo agrario fue instruido por la Comisión Agraria Mixta, mediante oficio número 543, de veintiséis de febrero de mil novecientos ochenta y ocho, Elías Alvarez Gómez, quien rindió informe de los trabajos efectuados con fecha cuatro de marzo del mismo año, haciendo saber la existencia de cuarenta individuos capacitados. El acta de clausura de la junta censal es de veintinueve de febrero de ese año.

QUINTO.- Los trabajos técnicos e informativos fueron encomendados mediante oficio 913, de cinco de abril de mil novecientos ochenta y ocho, por la Comisión Agraria Mixta, al topógrafo Reynol Santos Zárate, quien rindió su informe el seis de junio del mismo año, indicando que dentro del radio legal de siete kilómetros se ubican los ejidos definitivos denominados Los Angeles , Ricardo Flores Magón , La Sombra de la Selva , Tres Picos , Josefa Ortiz de Domínguez , Viva Chiapas , y Tierra y Libertad , así como el Nuevo Centro de Población Ejidal Grano Básico , ubicados en el Municipio de Villaflores, Chiapas.

El poblado que nos ocupa, se encuentra enclavado en terrenos propiedad de la Nación con un tiempo aproximado de tres años, y los citados terrenos estaban ocupados por Adalberto Hernández y que se conocen con el nombre de Solo Dios , que originalmente estaba compuesto por 1,478-34-92 (mil cuatrocientas setenta y ocho hectáreas, treinta y cuatro áreas, noventa y dos centiáreas), y que después se fraccionó en siete partes, que son las siguientes: ... Solo Dios , con superficie de 479-34-81 (cuatrocientas setenta y nueve hectáreas, treinta y cuatro áreas, ochenta y una centiáreas); La Corona , con superficie de 166-69-37 (ciento sesenta y seis hectáreas, sesenta y nueve áreas, treinta y siete centiáreas); El Paisthal , con superficie de 166-74-35 (ciento sesenta y seis hectáreas, setenta y cuatro áreas, treinta y cinco centiáreas); El Tular , con superficie de 166-85-00 (ciento sesenta y seis hectáreas, ochenta y cinco áreas); La Barranca Honda , con superficie de 166-00-00 (ciento sesenta y seis hectáreas); El Roble , con superficie de 160-00-00 (ciento sesenta hectáreas) y fracción El Bosque con superficie de 178-71-39 (ciento setenta y ocho hectáreas, setenta y una áreas, treinta y nueve centiáreas) siendo un total de 1,478-34-92 (mil cuatrocientas setenta y ocho hectáreas, treinta y cuatro áreas, noventa y dos centiáreas)... . El citado comisionado también investigó los predios Jobo Dulce , El Alazán y El Rosillo , Zulema Leightón , San Sebastián de Aparicio y El Dólar , encontrándolos en explotación; asimismo señala que dentro del radio legal de afectación encontró 700-00-00 (setecientas hectáreas) de terrenos nacionales inaccesibles.

SEXTO.- Obra en autos informe del Delegado de Registro Público de la Propiedad y del Comercio, del Municipio de Villaflores, Chiapas, de veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa, en el que consta que Jaime Hernández Riley es propietario del predio denominado El Tular , con superficie de 166-35-55 (ciento sesenta y seis hectáreas, treinta y cinco áreas, cincuenta y cinco centiáreas), inscrito bajo el número 33 del Libro 1, de la Sección Primera, el once de marzo de mil novecientos ochenta y nueve; que María Guadalupe Hernández Bielma, es propietaria del predio denominado La Corona , con superficie de 166-69-57 (ciento sesenta y seis hectáreas, sesenta y nueve áreas, cincuenta y siete centiáreas), inscrito bajo el número 33 del Libro 1, de la Sección Primera, de trece de marzo de mil novecientos sesenta y nueve; y Carmen Hernández de Nava, es propietaria del predio denominado El Paishtal , con superficie de 166-74-33 (ciento sesenta y seis hectáreas, setenta y cuatro áreas, treinta y tres centiáreas), inscrito bajo el número 484, del Libro 2, de la Sección Primera, de veintidós de septiembre de mil novecientos ochenta y dos. Todos esos predios fueron adquiridos de José Domingo Espinosa, quien era propietario de una superficie de 465-00-00 (cuatrocientas sesenta y cinco hectáreas), que se encontraban inscritas bajo el número 71, del Libro 2, de la Sección Primera el treinta de mayo de mil novecientos sesenta y ocho.

SEPTIMO.- La Comisión Agraria Mixta, mediante oficio número 7147, de veintisiete de noviembre de mil novecientos...

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