Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de Diputados por el Principio de Representación Proporcional y se asignan a los Partidos Políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Convergencia y Nueva Alianza, los Diputados que por este principio les corresponden de acuerdo con la votación obtenida por cada uno de ellos en el Proceso Electoral Federal del año dos mil nueve

Fecha de disposición07 Septiembre 2009
Fecha de publicación07 Septiembre 2009
MateriaDerecho Constitucional
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG426/2009. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EFECTUA EL COMPUTO TOTAL, SE DECLARA LA VALIDEZ DE LA ELECCION DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACION PROPORCIONAL Y SE ASIGNAN A LOS PARTIDOS POLITICOS: ACCION NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, DEL TRABAJO, VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, CONVERGENCIA Y NUEVA ALIANZA, LOS DIPUTADOS QUE POR ESTE PRINCIPIO LES CORRESPONDEN DE ACUERDO CON LA VOTACION OBTENIDA POR CADA UNO DE ELLOS EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Antecedentes

  1. Desde su creación en el año de mil novecientos noventa, el Instituto Federal Electoral, organismo depositario de la autoridad electoral, es el responsable del ejercicio de la función estatal de organizar elecciones federales y ha realizado la asignación de Diputados por el Principio de Representación Proporcional en los Procesos Electorales Federales de los años 1991, 1994, 1997, 2000, 2003 y 2006.

  2. Con fecha veintiocho de agosto de dos mil tres, la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el recurso de reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-057/2003 interpuesto en contra del Acuerdo emitido por el Consejo General el veintidós de agosto de dos mil tres, mediante el cual se llevó a cabo el cómputo total, la declaración de validez de la elección y la respectiva asignación de diputados federales por el principio de representación proporcional del Proceso Electoral 2003. En dicha sentencia el órgano jurisdiccional sostuvo los argumentos vertidos por este Consejo General en relación con la verificación de la sobre representación así como para el cálculo para realizar la asignación del resto de los curules.

  3. Con fecha tres de octubre de dos mil ocho, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emitió el "Acuerdo por el que se aprueban los modelos y la impresión de la boleta, y de los formatos de la demás documentación electoral que se utilizará durante el Proceso Electoral Federal de 2008-2009".

  4. Con fecha veintinueve de septiembre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral en sesión extraordinaria, aprobó el "Acuerdo por el que se determina mantener para las elecciones federales del 5 de julio de 2009, el ámbito territorial, las cabeceras de las cinco circunscripciones plurinominales, así como el número de diputados elegibles por el principio de representación proporcional, tal y como se integraron en el Proceso Electoral Federal 2005-2006", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veinte de octubre de dos mil ocho.

  5. Con fecha diez de noviembre de dos mil ocho, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a Diputados por ambos principios que presenten los Partidos Políticos y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2008-2009", el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de diciembre de dos mil ocho.

  6. Con fecha veintisiete de febrero de dos mil nueve, en sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó los acuerdos relativos al registro de las Plataformas Electorales,

    que para las elecciones federales a celebrarse el cinco de julio de dos mil nueve, presentaron los Partidos Políticos Nacionales, que fueron publicados en el órgano de difusión federal los días veintitrés, veinticinco, veintiséis, veintisiete, treinta y treinta y uno de marzo del presente año.

  7. En sesión ordinaria del veintisiete de febrero de dos mil nueve, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo por el cual se aprueba modificar los formatos de las actas electorales y demás documentos con emblemas de Partidos Políticos, aprobados en la sesión ordinaria celebrada el 3 de octubre de 2008, con motivo del registro de las Coaliciones "Salvemos a México" que participará en todos los distritos electorales uninominales y "Primero México" que participará en 63 distritos electorales uninominales", publicado el diez de marzo del año en curso en el Diario Oficial de la Federación.

  8. Con fecha veintinueve de marzo del año en curso, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo CG57/2009 del Consejo General, por el cual se aprobó modificar los formatos de las actas electorales y demás documentos con emblemas de Partidos Políticos, aprobados en la sesión ordinaria celebrada el 3 de octubre de 2008, con motivo del registro de las Coaliciones", el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ocho de abril del presente año.

  9. En sesión extraordinaria del veintinueve de marzo del año en curso, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo por el que se regulan las condiciones para que los Partidos Políticos o Coaliciones concluyan con la designación de la totalidad de sus candidatos a Diputados Federales por ambos principios para la Elección Federal de 2009 antes del período de registro de los mismos ante el Instituto". Publicado el ocho de abril del presente año en el Diario Oficial de la Federación.

  10. En sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral, de fecha treinta y uno de marzo de dos mil nueve, este órgano de dirección aprobó el "Acuerdo por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules por el Principio de Representación Proporcional en la Cámara de Diputados, que correspondan a los Partidos Políticos con base en los resultados que obtengan en la jornada electoral del cinco de julio de dos mil nueve", mismo que fue publicado el dieciséis de abril de este año en el Diario Oficial de la Federación.

  11. En la sesión especial del Consejo General del Instituto Federal Electoral, celebrada el dos de mayo del presente año, se aprobó el "Acuerdo por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el Principio de Mayoría Relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialdemócrata, así como por las Coaliciones "Primero México" y "Salvemos a México", y las candidaturas a Diputados por el Principio de Representación Proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido del Trabajo y Convergencia, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2008-2009", el cual fue publicado en el órgano de difusión federal el día cinco de junio del presente año.

  12. En sesión extraordinaria de ocho de mayo del año en curso, el Consejo General aprobó el "Acuerdo respecto al cumplimiento a los puntos séptimo, octavo, noveno y décimo del acuerdo de dicho órgano máximo de dirección, por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a Diputados al Congreso de la Unión por el Principio de Mayoría Relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialdemócrata, así como por las Coaliciones "Primero México" y "Salvemos a México", y las candidaturas a Diputados por el Principio de Representación Proporcional presentadas por dichos partidos, por el Partido del Trabajo y Convergencia, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2008-2009". Acuerdo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día cinco de junio del año en curso.

  13. En fechas once, trece y veintinueve de mayo y ocho, doce, diecinueve y veintinueve de junio del presente año, el Consejo General aprobó los acuerdos relativos a las solicitudes de sustitución, entre

    otros, de candidatos a Diputados por el Principio de Representación Proporcional, presentadas por los Partidos Políticos. Tales acuerdos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los días cinco, dieciocho, ventidós, veintinueve y treinta de junio, y dieciséis de julio de dos mil nueve.

  14. De igual forma, en sesiones ordinaria y extraordinaria, celebradas los días veintinueve de junio y cuatro de julio del año en curso, respectivamente, el máximo órgano de dirección del Instituto Federal Electoral, emitió los acuerdos relativos a las cancelaciones del registro de algunos candidatos a Diputados por ambos principios, postulados por los Partidos Políticos. Dichos acuerdos fueron publicados el dieciséis y el veintiuno de julio del presente año, en el Diario Oficial de la Federación.

  15. En las sesiones extraordinarias del Consejo General del Instituto Federal Electoral, celebradas en fechas trece y veintisiete de mayo, y ocho, doce, dieciséis y diecinueve de junio y dos, tres, cuatro y cinco de julio del año en curso, se aprobaron los acuerdos por los que se acatan las sentencias de la H. Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitidas en los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano identificados con los números de expediente ST-JDC-163/2009, SM-JDC-200/2009, SDF-JDC-181/2009, SUP-RAP-110/2009 y SUP-RAP-131/2009 acumulados, SDF-JDC-162/2009, SDF-JDC-175/2009, SG-JDC-198/2009, SUP-JDC-488/2009, SUP-JDC-484/2009 y SUP-JDC-492/2009 acumulado, SM-JDC-231/2009, SUP-JDC-621/2009, SUP-JDC-622/2009, SUP-JDC-623/2009, así como en los incidentes promovidos en el expediente SUP-JDC-488/2009; siendo publicados en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis, diecisiete, veintidós, veintinueve y treinta de junio y primero, catorce y veinte de julio del presente año.

  16. Que con...

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