Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de Senadores por el Principio de Representación Proporcional y se asignan a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de ...

EmisorInstituto Federal Electoral

ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de Senadores por el Principio de Representación Proporcional y se asignan a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Convergencia y Nueva Alianza, los Senadores que por este principio les corresponden de acuerdo a la votación obtenida por cada uno de ellos en el proceso federal electoral del año dos mil seis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG164/2006.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de Senadores por el Principio de Representación Proporcional y se asignan a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Convergencia y Nueva Alianza, los Senadores que por este principio les corresponden de acuerdo a la votación obtenida por cada uno de ellos en el proceso federal electoral del año dos mil seis.

Antecedentes

I. Desde su creación en el año de 1990 el Instituto Federal Electoral, organismo depositario de la autoridad electoral, es el responsable del ejercicio de la función estatal de organizar elecciones federales.

II. Con fecha 22 de agosto de 1996, el Congreso de la Unión aprobó la reforma constitucional en materia político-electoral, en la que se modificaron las reglas de integración de las cámaras del Congreso de la Unión, destacando la introducción del Principio de Representación Proporcional para la elección de 32 Senadores, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.

III. El 31 de octubre de 1996 fue modificado el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para adecuar las reformas constitucionales señaladas con anterioridad, a efecto de que el Consejo General del Instituto Federal Electoral fuera el órgano competente para ejercer las atribuciones relativas a efectuar el cómputo de las elecciones de Diputados y Senadores por el Principio de Representación Proporcional, emitir la declaración de validez de dichas elecciones así como asignar los Diputados y Senadores que por este principio les correspondan a los partidos políticos.

IV. En virtud de la reforma constitucional y legal antes anotada, el Instituto Federal Electoral ha realizado la declaración de validez y la asignación de Senadores por el Principio de Representación Proporcional en los procesos electorales federales de los años 1997 y 2000.

V. En sesión ordinaria de fecha 14 de julio de 2005, el Consejo General del Instituto Federal Electoral otorgó el registro como partidos políticos nacionales, a las agrupaciones políticas denominadas Conciencia Política, Sentimientos de la Nación e Iniciativa XXI, bajo las denominaciones Nueva Alianza, para la primera, y Alternativa Socialdemócrata y Campesina, a las dos últimas. Las resoluciones respectivas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 10 y 9 de mayo de 2006, respectivamente.

VI. Con fecha 24 de agosto de 2005, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral acordó aprobar los modelos y la impresión de la boleta, de las actas de la jornada electoral y de los formatos de la demás documentación electoral que se utilizaría durante el proceso federal electoral de 2005-2006, Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2006.

VII. En la sesión ordinaria del 31 de octubre de 2005, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, acordó la expedición del Instructivo que deberán observar los partidos políticos nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unido Mexicanos, de Senadores y Diputados por el Principio de Representación Proporcional y de Senadores y Diputados por el Principio de Mayoría Relativa, en sus dos modalidades, para el proceso federal electoral del año 2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2005.

VIII. El 19 de diciembre de 2005, el Consejo General, en sesión ordinaria, aprobó el Acuerdo por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las Coaliciones ante los Consejos del Instituto para el Proceso Electoral Federal 2005-2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2006.

IX. En la misma sesión, el Consejo General resolvió como procedente la solicitud de registro del Convenio de la Coalición denominada Por el Bien de Todos para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que presentaron los partidos políticos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia. En ese mismo sentido, resolvió procedente la solicitud de registro del Convenio de la Coalición denominada Alianza por México para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que presentaron los partidos políticos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

X. Con fecha 18 de enero de 2006, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó los acuerdos relativos al registro de las plataformas electorales que para las elecciones federales a celebrarse el 2 de julio del año 2006, presentaron los partidos políticos nacionales y las Coaliciones registradas ante el Instituto Federal Electoral.

XI. En sesión extraordinaria del 1 de marzo de 2006, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo por el cual se modifican el formato de las boletas, Actas electorales y diversos documentos aprobados en la sesión extraordinaria celebrada el 24 de agosto de 2005, con motivo del registro de las Coaliciones Alianza por México y Por el Bien de Todos, que participarán en las elecciones federales del 2006, y que fue publicado el 14 de ese mes y año en el Diario Oficial de la Federación.

XII. En sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral, de fecha 29 de marzo de 2006, este órgano de dirección aprobó el Acuerdo por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de los escaños por el Principio de Representación Proporcional en la Cámara de Senadores, así como los criterios que se tomarán en cuenta en la asignación de las Senadurías de primera minoría que correspondan a los partidos políticos y Coaliciones con base en los resultados que obtengan en la jornada electoral del 2 de julio del 2006, publicado el 12 de abril de este año en el Diario Oficial de la Federación.

XIII. En esa misma fecha, el máximo órgano de dirección del Instituto, resolvió registrar el Acuerdo de Participación para el proceso electoral federal correspondiente al año 2006, que suscriben el Partido Acción Nacional y la agrupación política nacional Encuentro Social, lo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de este año.

XIV. Con fecha 18 de abril de 2006, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión especial, aprobó el Acuerdo por el que se registran las candidaturas a Senadores por el Principio de Representación Proporcional presentadas por el Partido Acción Nacional, la Coalición Alianza por México, la Coalición Por el Bien de Todos, Nueva Alianza y Alternativa Socialdemócrata y Campesina, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo del año en curso.

XV. En fechas 28 de abril; 15 y 31 de mayo y 12 de junio del presente año, el Consejo General aprobó los acuerdos relativos a las solicitudes de sustitución, entre otros, de candidatos a Senadores por el Principio de Representación Proporcional presentadas por los partidos políticos y las coaliciones mencionadas. Tales acuerdos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 15 y 29 de mayo; y 14 y 22 de junio de 2006.

XVI. De igual forma, en las sesiones celebradas en fechas 15 de mayo, 27 de junio y 2 de julio del año en curso, el máximo órgano de dirección del Instituto Federal Electoral, emitió los acuerdos relativos a las cancelaciones, entre otros, de candidatos a Senadores por el Principio de Representación Proporcional postulados por los partidos políticos y las coaliciones señaladas, acuerdos que fueron publicados el 29 de mayo, 7 y 13 de julio del año en curso, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación.

XVII. El 31 de mayo del presente año, el Consejo General del Instituto Federal Electoral dictó el Acuerdo por el que se acatan las sentencias de la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitida en los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificados con los números de expedientes SUP-JDC-778/2006 y SUP-JDC-1022/2006, el cual fue publicado el 14 de junio de los corrientes, en el órgano de difusión del gobierno federal.

Considerando

1. Que de conformidad con lo establecido en el párrafo octavo, base III, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, "El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, ()las actividades relativas a ()los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez y otorgamiento de constancias en las elecciones de diputados y senadores ()".

2. Que conforme a lo establecido por los artículos 9 y 41, base I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sistema de partidos políticos en México actualmente se compone de 8 organizaciones: Partido Acción Nacional; Partido Revolucionario Institucional; Partido de la Revolución Democrática; Partido del Trabajo; Partido Verde Ecologista de México; Convergencia; Nueva Alianza; y Alternativa Socialdemócrata y Campesina; las cuales en términos de lo...

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