Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Gobierno del Distrito Federal

Fecha de disposición28 Enero 2010
Fecha de publicación28 Enero 2010
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.- Delegación Area Metropolitana.- Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR LA LICENCIADA MARIANA DURAN ROCHA EN SU CARACTER DE DELEGADA EN EL AREA METROPOLITANA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA COMISION", Y EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES (SEDEREC), REPRESENTADA POR SU TITULAR C. MARIA ROSA MARQUEZ CABRERA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EJECUTORA"; Y A TODOS ESTOS CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 2o. apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno, con la participación de las comunidades.

  2. En la Ciudad de México se asienta una población con las mayores diversidades culturales y raciales del mundo, coexistiendo una pluralidad en la cual los grupos indígenas reproducen y fomentan sus instituciones, usos, costumbres, en suma, su cultura.

  3. Que es un compromiso del Gobierno del Distrito Federal, el buscar la equidad para las comunidades étnicas y la tutela de los derechos indígenas, principalmente a través del acceso, en las mejores condiciones, a los instrumentos y programas que les permitan elevar su nivel de vida.

  4. Que la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), ha puesto en marcha el "EL PROGRAMA-DF" para el ejercicio fiscal 2009, con el propósito de cerrar brechas de inequidad social, ampliar las políticas públicas dirigidas a las mujeres rurales e indígenas, así como promover su incorporación a la vida productiva.

  5. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 122, así como el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, establece en el Título Segundo en su artículo 22 que las autoridades promoverán la participación ciudadana en forma individual o colectiva a efecto de establecer las normas, los programas y las acciones para fomentar la organización ciudadana en torno a la discusión, análisis, investigación y elaboración de propuestas para la solución de los problemas de interés público y para el intercambio de opiniones sobre los asuntos públicos de la Ciudad en general.

  6. La participación ciudadana contribuirá a la solución de problemas de interés general y el mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, para lo que deberá considerarse de conformidad con las leyes aplicables, la utilización de los medios de información, la capacitación y la educación, así como para el desarrollo de una cultura democrática de participación ciudadana.

  7. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a "LAS REGLAS DE OPERACION" que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.

  8. El Plan Nacional de Desarrollo en su Eje 3 igualdad de Oportunidades, numeral 3.4 Pueblos y Comunidades Indígenas establece la necesidad de incorporar plenamente a los pueblos y comunidades indígenas al desarrollo económico, promoviendo que todas las dependencias, en sus ámbitos de competencia, se hagan responsables y actúen decididamente. Para ello es necesario consolidar mecanismos de coordinación con los gobiernos estatales, municipales y con las organizaciones indígenas para el diseño y operación de los programas dirigidos su desarrollo, apoyando proyectos productivos de las comunidades

    indígenas, lo cual alentará en un contexto favorable la promoción de inversiones en las regiones indígenas para generar condiciones de empleo.

  9. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 28 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 18, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION".

  10. Con fecha 29 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de modificación a las Reglas de Operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Fondos...

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