Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los lineamientos para el otorgamiento de materiales electorales bajo la modalidad de comodato   

Fecha de disposición08 Junio 2007
Fecha de publicación08 Junio 2007
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

ACUERDO de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los lineamientos para el otorgamiento de materiales electorales bajo la modalidad de comodato.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE199/2007.

Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los lineamientos para el otorgamiento de materiales electorales bajo la modalidad de comodato.

Considerando

  1. Que de conformidad con lo que establece el articulo 41, párrafo segundo, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 68 y 70, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la funcional estatal de organizar las elecciones.

  2. Que de conformidad con el artículo 69, párrafo 1, incisos a) y g), son fines del Instituto contribuir al desarrollo de la vida democrática, llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática.

  3. Que el artículo 72 del propio código dispone que los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaria Ejecutiva.

  4. Que tal como lo establece el articulo 86, párrafo 1, incisos b) y m) del código de la materia, es atribución de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral fijar los procedimientos administrativos conforme a las políticas y programas generales del Instituto, y las demás que le encomiende dicho ordenamiento, el Consejo General o su Presidente.

  5. Que el artículo 97, párrafo 1 incisos a) y b) del citado código comicial federal establece como atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración, aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto, así como organizar, dirigir y controlar la administración de mismos, entre otras.

  6. Que actualmente en las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas se conservan diversos materiales electorales utilizados en los procesos electorales federales anteriores, entre ellos las urnas y los canceles electorales portátiles.

  7. Que el Instituto Federal Electoral recibe, a través de las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales Ejecutivas, de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral o de la Secretaría Ejecutiva, solicitudes de parte de distintos organismos para el préstamo de urnas y canceles electorales portátiles, con el propósito de realizar diferentes procedimientos de tipo electivo.

  8. Que por sus características físicas y técnicas, resulta factible la reutilización de las urnas y canceles electorales portátiles en futuros procesos electorales federales, produciendo con ello economías al Instituto, lo que impide la regulación de donaciones cuyo objeto sea el material electoral.

  9. Que la Comisión de Organización Electoral, solicitó a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, la elaboración de lineamientos para los préstamos de urnas y canceles electorales portátiles, con la participación de la Dirección Ejecutiva de Administración y la Dirección Jurídica del Instituto.

    De conformidad con los considerandos que anteceden y con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68; 69, párrafo 1, incisos a) y g); 70, párrafo 1; 72; 86, párrafo 1, incisos b) y m); y 97, párrafo 1, incisos a) y b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:

    Acuerdo

    Primero.- Se aprueban los lineamientos para el otorgamiento de materiales electorales bajo la modalidad de comodato, anexos al presente acuerdo.

    Segundo.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Instituto, en lo conducente, al cumplimiento de los lineamientos aprobados.

    Tercero.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, en lo conducente, al cumplimiento de los lineamientos aprobados.

    Cuarto.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración, en lo conducente, al cumplimiento de los lineamientos aprobados.

    Quinto.- Se instruye al Comité de Bienes Muebles del Instituto, en lo conducente, al cumplimiento de los lineamientos aprobados.

    Sexto.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

    El presente acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva celebrada el 8 de mayo de 2007.- El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, Luis Carlos Ugalde Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, Manuel López Bernal.- Rúbrica.

    ANEXO

    LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE MATERIALES ELECTORALES BAJO LA MODALIDAD DE COMODATO.

    MAYO DE 2007

    PRESENTACION

    Ante la continua actividad electoral en diferentes esferas de nuestra sociedad, el Instituto Federal Electoral ha facilitado a diversos órganos e instituciones, algunos materiales electorales para la celebración de votaciones.

    Por el uso que se da a los materiales proporcionados en comodato, llegan a presentarse pérdidas y deterioros totales o parciales, lo que hace indispensable establecer los criterios que permitan al Instituto asegurar y regular su reposición.

    Después de las elecciones federales de 2006, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral elaboró una nueva propuesta de lineamientos para la celebración de este tipo de contratos, que fue sometida a la opinión de Comisiones Unidas (Organización Electoral y Capacitación Electoral y Educación Cívica), en donde se solicitó su revisión por parte de la Dirección Ejecutiva de Administración y la Dirección Jurídica del Instituto.

    La Comisión de Organización Electoral, en su sesión del 16 de enero del presente año, recomendó reanudar el préstamo de materiales electorales, sujetándose estrictamente a los lineamientos elaborados para este fin, con la participación de la Dirección Ejecutiva de Administración, la Dirección Jurídica y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral.

    Posteriormente, en su sesión del 12 de abril, la Comisión de Organización Electoral, con la participación de los titulares de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y de la Dirección Jurídica, hizo una nueva revisión de la propuesta de lineamientos para los comodatos, de donde se generaron algunas observaciones que fueron aplicadas a la presente propuesta, que pretende, por un lado, definir con claridad qué materiales son susceptibles de ser proporcionados en comodato, con qué instituciones se pueden celebrar este tipo de contratos y los lineamientos que se deben seguir para llevarlos a cabo, para que sean del conocimiento de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas y de los diversos solicitantes posibles y, por otro, asegurar al Instituto la recuperación de los materiales prestados, asi como la agilización de los trámites correspondientes.

    El presente documento incluye los lineamientos y el contrato de comodato que resultaron de estas consultas y, por consiguiente, servirán para regular los futuros préstamos de los materiales electorales que efectúe el Instituto, que se aplicarán a partir de la fecha en que sean aprobados por la Junta General Ejecutiva.

    En primer término se hace referencia a las partes de la estructura del Instituto que tendrán una participación en estos trabajos, posteriormente se incluyen los lineamientos que regularán los comodatos de material electoral y finalmente se adjunta el modelo del contrato de comodato, debidamente validado por la Dirección Jurídica.

    PARTICIPANTES EN LA CELEBRACION DE LOS CONTRATOS DE COMODATO DEL INSTITUTO

    Para llevar a cabo esta actividad será necesaria la colaboración de:

    a) Las Juntas Distritales Ejecutivas con los trabajos del Vocal de Organización Electoral, que será el responsable de la revisión de los inventarios de materiales existentes, así como de la entrega y recepción de estos instrumentos, y del Vocal Ejecutivo, que será el responsable de supervisar el trabajo realizado.

    b) Las Juntas Locales Ejecutivas por medio del Vocal de Organización Electoral, quien hará la planeación correspondiente y apoyará a las Juntas Distritales en los trabajos a desarrollar en el cumplimiento de los lineamientos; del Vocal Secretario, quien intervendrá en la elaboración de las actas de entrega-recepción y, en su caso, de los contratos de comodato (cuando se celebren con Asociaciones Civiles, Gobiernos Estatales, Ayuntamientos, Delegaciones Políticas del Distrito Federal, Secretarías de Estado, Sindicatos e Instituciones Educativas, entre otros (exceptuando a los Institutos u Organos Electorales de las entidades federativas y del Distrito Federal); y del Vocal Ejecutivo, quien firmará las actas de entrega-recepción y, en su caso, los contratos (con las instituciones ya mencionadas) como representante del Instituto en la entidad federativa.

    c) La Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, en los casos de préstamos a Partidos Políticos y Agrupaciones Políticas Nacionales, elaborará los contratos de comodato, recabará las firmas correspondientes y enterará a las Juntas Locales Ejecutivas y al Comité de Bienes Muebles del Instituto del curso que siga cada una de las solicitudes efectuadas por cada una de esas entidades.

    Respecto de las solicitudes planteadas por otras instituciones, la DEOE recabará la información que sea tramitada por las Juntas Locales Ejecutivas e informará al Comité de Bienes Muebles del Instituto.

    La DEOE también será responsable de presentar ante el Comité de...

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