Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba el Manual de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando del Instituto Federal Electoral

Fecha de disposición27 Febrero 2007
Fecha de publicación27 Febrero 2007
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

ACUERDO de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba el Manual de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando del Instituto Federal Electoral.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE57/2007.

Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el que se aprueba el Manual de Percepciones para los Servidores Públicos de Mando del Instituto Federal Electoral.

Considerando

I. Que de conformidad con lo que establecen los artículos 41, párrafo segundo, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, y 70, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable de la función estatal de organizar las Elecciones Federales para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

II. Que el artículo 70, párrafo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone entre otras cosas, que el patrimonio del Instituto se integra con las partidas que anualmente se le señalen en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones de dicho código.

III. Que en términos del artículo 86, párrafo 1, incisos b) y m) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, son atribuciones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, fijar los Procedimientos Administrativos conforme a las Políticas y Programas Generales del Instituto, y las demás que le encomienden el propio Código, el Consejo General o su Presidente.

IV. Que con fecha 27 de febrero de 2006, el Instituto Federal Electoral Publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Manual de Percepciones para los servidores públicos de mando a su servicio, en cumplimiento a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 45 del decreto del presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal del año 2006.

V. Que en términos de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 22 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2006, el Instituto Federal Electoral deberá publicar a más tardar el 28 de febrero de 2007, el manual de percepciones para los servidores públicos a su servicio, incluyendo al Consejero Presidente, Consejeros Electorales, Secretario Ejecutivo y los demás servidores públicos de mando, en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las percepciones monetarias y en especie, prestaciones y demás beneficios que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman.

En atención a las consideraciones expuestas, con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, 70, párrafos 1 y 2, 86 párrafo 1, incisos b) y m) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; párrafo segundo del artículo 22 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2007, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se aprueba el Manual de Percepciones para los servidores públicos de mando del Instituto Federal Electoral y consecuentemente su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el día 28 de febrero de 2007, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 22, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2007.

Segundo.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral para que de cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo que antecede.

Tercero.- El presente acuerdo deberá publicarse en el portal de transparencia del Instituto Federal Electoral, en cumplimiento a lo dispuesto por la fracción IV del artículo 5 del reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de transparencia y acceso a la información pública.

El presente acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva celebrada el 23 de febrero de 2007.- El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, Luis Carlos Ugalde Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, Manuel López Bernal.- Rúbrica.

ANEXO

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

1.- AMBITO DE COMPETENCIA

Las disposiciones contenidas en el presente manual serán de aplicación exclusiva del Instituto Federal Electoral.

2.- SUJETOS DEL MANUAL

Los servidores públicos de mando y homólogos del Instituto Federal Electoral

Quedará excluido del presente manual: el personal operativo y de enlace, así como las personas que presten sus servicios mediante contrato de servicios profesionales por honorarios.

3.- RESPONSABLES DE LA APLICACION DEL MANUAL

La Secretaría Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de Administración, conforme a lo dispuesto por los artículos 87, párrafo 1 y 97, párrafo 1, incisos a), b) y d) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 48 del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

4.- DEFINICIONES

Para los efectos del presente manual, se entenderá por:

CATALOGO: el Catálogo General de Puestos del Instituto Federal Electoral, que es el instrumento técnico-jurídico que tiene por objeto clasificar y denominar los puestos.

CONTRALORIA: a la Contraloría Interna del Instituto Federal Electoral.

ESTATUTO: el Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral.

GRUPO: al conjunto de puestos con la misma jerarquía.

INSTITUTO: Instituto Federal Electoral

ISSSTE: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

NIVEL SALARIAL: al sueldo asignado conforme al puesto en el Tabulador.

PEF: al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2007.

PLAZA: a la posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público a la vez, que tiene una adscripción determinada y se encuentra respaldada presupuestalmente.

PUESTO: a la unidad impersonal de trabajo que describe tareas, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.

SERVIDOR PUBLICO DE MANDO: a los servidores públicos de plaza presupuestal que ocupan los puestos de Jefe de Departamento, Subdirector, Director de Area, Coordinador, Director Ejecutivo, Jefe de Unidad Técnica, Secretario Ejecutivo, Consejeros Electorales y Consejero Presidente y homólogos a cada uno de ellos.

SISTEMA DE PAGOS: al conjunto de conceptos que conforman el total de percepciones, prestaciones y beneficios que reciben los servidores públicos de mando y homólogos por sus servicios en el Instituto.

TABULADOR DE SUELDOS: al instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por grupo y nivel salarial, las remuneraciones para los...

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