Resolución por la que se da cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 402/2000 promovido por Excel Corporation, ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, así como a la Resolución emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en el ...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se da cumplimiento a la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 402/2000 promovido por Excel Corporation, ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, así como a la Resolución emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en el Distrito Federal, en el Recurso Administrativo 295/2002, en relación con la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de carne y despojos comestibles de bovino, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 0201.10.01, 0202.10.01, 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01, 0206.21.01, 0206.22.01 y 0206.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, publicada el 28 de abril de 2000 (Continúa en la Segunda Sección).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA PRONUNCIADA EN EL JUICIO DE AMPARO 402/2000 PROMOVIDO POR EXCEL CORPORATION, ANTE EL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, ASI COMO A LA RESOLUCION EMITIDA POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO CON SEDE EN EL DISTRITO FEDERAL, EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO 295/2002, EN RELACION CON LA RESOLUCION FINAL DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE CARNE Y DESPOJOS COMESTIBLES DE BOVINO, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 0201.10.01, 0202.10.01, 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01, 0206.21.01, 0206.22.01 y 0206.29.99 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ABRIL DE 2000.

En cumplimiento a las ejecutorias pronunciadas en el juicio de amparo 402/2000 por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en el Distrito Federal en el recurso administrativo 295/2002, en las cuales se concede el amparo y protección de la justicia de la unión a Excel Corporation, y se confirma la sentencia mencionada, respectivamente, en relación a la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de carne y despojos comestibles de bovino, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 0201.10.01, 0202.10.01, 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01, 0206.21.01, 0206.22.01 y 0206.29.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante TIGIE, originarias de los Estados Unidos de América, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2000, queda sin efecto la referida resolución final, y se emite la presente resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Resolución definitiva

El 28 de abril de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución final del procedimiento antidumping sobre las importaciones de carne y despojos comestibles de bovino, mercancía actualmente clasificada en las fracciones arancelarias 0201.10.01, 0202.10.01, 0201.20.99, 0202.20.99, 0201.30.01, 0202.30.01, 0206.21.01, 0206.22.01 y 0206.29.99 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América.

Monto de la cuota compensatoria

En la resolución a que se refiere el punto anterior, la Secretaría determinó lo siguiente:

  1. Se declara concluido el procedimiento sobre las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.10.01 y 0202.10.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en los siguientes términos:

    1. Sin imponer cuota compensatoria a las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada producidas y exportadas directamente por Excel Corporation y sus divisiones (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Meats); IBP, Inc.; Sun Land Beef Company, Inc.; Sam Kane Beef Processors, Inc. y H&H Meat Products Company, Inc.

    2. Imponer una cuota compensatoria de 0.07 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne en canal fresca o refrigerada y congelada exportadas por cualquier otra empresa de los Estados Unidos de América.

  2. Se declara concluida la investigación para las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.20.99 y 0202.20.99 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en los siguientes términos:

    1. Sin imponer cuota compensatoria a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada:

    2. Producidas y exportadas directamente por las empresas Excel Corporation (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Beef) e IBP, Inc.

      ii. Exportadas por Sam Kane Beef Processors, Inc. y por Northern Beef Industries, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso e de este inciso.

    3. Imponer una cuota compensatoria de 0.03 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por la empresa Farmland National Beef Packing Company, L.P.

    4. Imponer una cuota compensatoria de 0.11 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por Murco Foods, Inc.; Packerland Packing Company, Inc.; H&H Meat Products Company, Inc.; y Agri-West International, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el inciso e de este inciso.

    5. Imponer una cuota compensatoria de 0.16 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas directamente por Almacenes de Tejas, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b y c de este inciso. En caso contrario, se aplicará la cuota compensatoria prevista en el inciso e de este inciso.

    6. Imponer una cuota compensatoria de 0.80 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne sin deshuesar fresca o refrigerada y congelada exportadas por cualquier otra empresa de los Estados Unidos de América.

  3. Se declara concluida la investigación para las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada, clasificadas en las fracciones arancelarias 0201.30.01 y 0202.30.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en los siguientes términos:

    1. Sin imponer cuota compensatoria, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada:

    2. Producidas y exportadas directamente por Excel Corporation (Fresh Beef, Excel Specialty Products y Country Fresh Meats) y Farmland National Beef Packing Company, L.P.

      ii. Exportadas por Northern Beef Industries Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por alguna de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

    3. Imponer una cuota compensatoria de 0.13 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportadas por IBP, Inc.

    4. Imponer una cuota compensatoria de 0.12 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportada por Almacenes de Tejas, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

    5. Imponer una cuota compensatoria de 0.15 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal a las importaciones exportadas directamente por Sam Kane Beef Processors, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

    6. Imponer una cuota compensatoria de 0.25 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada exportadas por Sun Land Beef Company, Inc. siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

    7. Imponer una cuota compensatoria de 0.07 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne deshuesada fresca o refrigerada y congelada:

    8. Exportadas por Murco Foods, Inc.; Packerland Packing Company, Inc. y San Angelo Packing Company, Inc.

      ii. Exportadas por H&H Meat Products Company, Inc.; Agri-West International, Inc.; y CKE Restaurants, Inc., siempre y cuando hayan sido producidas por algunas de las empresas mencionadas en los subincisos a, b, d, e y f de este inciso. En caso contrario se aplicará la cuota compensatoria prevista en el subinciso g de este inciso.

    9. Imponer una cuota de 0.63 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo legal, a las importaciones de carne...

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