Solicitud para la creación de un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominará 20 de Noviembre, a ubicarse en el Municipio de Soto la Marina, Tamps

Fecha de disposición20 Noviembre 2001
Fecha de publicación15 Octubre 2002
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

SOLICITUD para la creación de un nuevo centro de población ejidal que de constituirse se denominará 20 de Noviembre, a ubicarse en el Municipio de Soto la Marina, Tamps.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Delegación Tamaulipas.

Los suscritos radicados en el ejido Soto la Marina , Municipio de Soto la Marina, Estado de Tamaulipas, por carecer en lo absoluto de terrenos propios, a usted atentamente solicitamos con fundamento en los artículos 198, 200, 202, 327 y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria, la creación de un nuevo centro de población ejidal, manifestando bajo protesta de decir verdad que somos campesinos y que nuestra ocupación habitual es el cultivo de la tierra.

Al constituirse el nuevo centro de población ejidal, se denominará 20 de Noviembre, para lo cual con fundamento en lo que establece el artículo 327 de la citada ley, señalamos como posible afectación el(los) predio(s) Rancho San Roberto , Municipio de Soto la Marina, Tamaulipas, que consta de una superficie de 1,500-00-00 hectáreas.

De conformidad con los artículos 1o. y 18 de la Ley Agraria, proponemos a las siguientes personas para que constituyan nuestro Comité Particular Ejecutivo, los que bajo protesta de decir verdad, satisfacen los requisitos establecidos por el artículo 19 de la misma ley.

Presidente: Antonio Ortiz Ojeda Suplente: Asención Maldonado C.

Secretario: Ranulfo Torres Esparza Suplente: Felipe Tovar Catete

Vocal: Federico González Adame Suplente: Pedro Martínez M.

Agregamos a la presente solicitud, acta de asamblea general en la que se les designó con la intervención del vocal representante de los campesinos, de la Comisión Agraria Mixta o de la Secretaría de la Reforma Agraria.

En cumplimiento a lo establecido por el artículo 327 de la Ley Federal de Reforma Agraria, declaramos en forma expresa nuestra conformidad de trasladarnos al sitio donde se establezca el nuevo centro de población que solicitamos y nuestra decisión de arraigar en él.

Señalamos para oír notificaciones la casa sin número de la calle de La Garza número 6, Soto la Marina, Tamps.

Esta solicitud debe ser firmada por no menos de 20 solicitantes y los que no sepan hacerlo, imprimirán su huella digital, anotando en máquina el nombre correcto y domicilio...

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