Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el Reglamento para el uso y operación de la Firma Electrónica Avanzada en el Instituto Federal Electoral

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG314/2013.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL USO Y OPERACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

CONSIDERANDO

  1. Que el artículo 41, Base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  2. Que el artículo 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

  3. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Código Comicial Federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaria Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. Que el artículo 109 del mismo Código, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  5. Que el artículo 118, párrafo 1, incisos a) y z) de la norma en cita, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones la de aprobar y expedir los Reglamentos Interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del Instituto, así como la de dictar los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las atribuciones a que se refiere este precepto y las demás señaladas en el Código.

  6. Que el artículo 119, numeral 1, incisos a) y d) del citado Código establece que son atribuciones del Consejero Presidente garantizar la unidad y cohesión de las actividades de los órganos del Instituto Federal Electoral, así como vigilar el cumplimiento de los Acuerdos adoptados por el propio Consejo.

  7. Que en sesión extraordinaria del Consejo General, celebrada el 14 de noviembre de 2012, mediante Acuerdo CG713/2012, se aprobaron las "Políticas Generales, Programas Generales y Proyectos Estratégicos 2013-2015".

  8. Que en el numeral 9, del instrumento descrito en el punto que antecede se establece como una de las Políticas Generales del Instituto Federal Electoral la del "Fomento del uso de tecnologías de información y comunicaciones, y mejorando su gestión institucional", cuya directriz consiste en diseñar un nuevo modelo de gobierno en materia de tecnologías de información y comunicaciones, impulsar la actualización tecnológica, la gestión de documentos electrónicos y el fortalecimiento de los lazos de comunicación con la ciudadanía, priorizando la inversión que arroje el mejor costo-beneficio institucional, además de una nueva estructura organizacional administrada por procesos con base en normas internacionales y mejores prácticas y el fortalecimiento de la normatividad en la materia.

  9. Que de la misma forma, en el citado documento se contempla dentro de los Proyectos Estratégicos de este Instituto, el relativo a la "Innovación y Cambio Institucional", a efecto de generar una Institución más eficiente que ofrezca mejores resultados a menores costos, a través de una administración eficaz de los recursos humanos, materiales y financieros, con austeridad, a través de la incorporación de la tecnología adecuada, el diseño de procesos más eficientes y el desarrollo de canales de comunicación innovadores serán ejes rectores de este proyecto.

  10. Que los efectos de la informática están cambiando las formas tradicionales de organización y comunicación, transformando las actividades y las condiciones de la vida de las instituciones. Los avances tecnológicos facilitan la transformación de los servicios para hacerlos llegar a cada vez más personas, logrando con ello un mayor acercamiento entre los individuos trascendiendo su ubicación geográfica. Los sistemas informáticos juegan un papel de gran relevancia en todos los ámbitos de acción de la sociedad. La información que se comparte a través de las redes de comunicación es una herramienta fundamental de trabajo que permite la consecución eficiente de las metas y objetivos de las entidades públicas y privadas. En este contexto de avance y desarrollo tecnológico, el Instituto Federal Electoral no puede ser ajeno a los beneficios que implican el uso de tecnologías actuales de comunicación y de trabajo, es por ello, que se ha dado impulso al desarrollo de servicios y sistemas de información que permitan obtener esquemas más eficientes de comunicación entre sus diferentes órganos, así como buscar un mayor acercamiento de su personal sin importar su ubicación geográfica. Lo anterior con el objeto de facilitar la realización de las actividades sustantivas de las diferentes áreas que componen nuestra Institución.1

  11. Que el uso de la Firma Electrónica Avanzada se otorgará a todos aquellos funcionarios, de los órganos centrales, delegacionales y subdelegacionales del Instituto, que pertenezcan a la Rama Administrativa o sean miembros del Servicio Profesional Electoral, que en el ejercicio de sus atribuciones conferidas en las normas legales y reglamentarias tengan la facultad de suscribir documentos. Así también, se otorgará su uso a los partidos políticos y los particulares, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para tal efecto.

  12. Que la Firma Electrónica Avanzada podrá ser utilizada en documentos electrónicos y, en su caso, en mensajes de datos, en aquellos actos o actuaciones electrónicas que se realicen a través de los sistemas y servicios informáticos, sujetos al uso de la Firma Electrónica Avanzada conforme a los Lineamientos específicos que se emitan para cada caso.

  13. La propuesta de Reglamento de Firma Electrónica Avanzada surge de las propuestas de todas y todos los Consejeros integrantes del Consejo General, así como del trabajo institucional de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas. Trabajos que fueron coordinados por la Secretaría Ejecutiva a través de la Dirección Jurídica y la Unidad Técnica de Servicios de Informática.

  14. El uso y la operación de la Firma Electrónica Avanzada tiene como finalidad dotar al Instituto Federal Electoral de una herramienta innovadora para agilizar los procesos administrativos y evolucionar hacia una cultura de cero papel.

  15. En sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 28 de octubre de dos mil trece, dentro del punto número ocho del orden de día, fue discutido y votado por Unanimidad de los integrantes del Consejo General, el Reglamento para el uso y operación de la Firma Electrónica Avanzada en el Instituto Federal Electoral.

  16. Que en la discusión del Reglamento en cita, el Consejero Electoral Mtro. Alfredo Figueroa Fernández propuso ajustar los artículos segundo y cuarto del presente Acuerdo, a fin de guardar coherencia con lo dispuesto por los artículos transitorios del Reglamento en cita, mismos que fueron objeto de modificación previa a la discusión del punto, a propuesta de dicho Consejero Electoral. Dichas modificaciones consistieron en lo esencial en modificar los artículos transitorios del Proyecto de Reglamento, a efecto de que el Reglamento que nos atañe entre en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y de que la implementación de dicho Reglamento, como autoridad certificadora y registradora en el Instituto Federal Electoral, por parte de la Dirección Ejecutiva de Administración y la Unidad Técnica de Servicios de Informática se efectuará dentro de los ciento veinte días naturales posteriores a la entrada en vigor del Reglamento que nos ocupa, sujeto, en su caso, a la firma de convenios, necesarios con el Sistema de Administración Tributaria.

    Con base en las consideraciones expresadas, y con fundamento en los artículos 41, base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106, párrafo 1; 108, 109; 118, párrafo 1, incisos a) y z); y 119, numeral 1, incisos a) y d) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General emite el presente:

    ACUERDO

    PRIMERO. Se aprueba el Reglamento para el uso y operación de la Firma Electrónica Avanzada en el Instituto Federal Electoral, el cual se anexa al presente Acuerdo y forma parte integrante del mismo.

    SEGUNDO. El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    TERCERO. Este Reglamento es de observancia obligatoria y general para todos los órganos centrales, delegacionales y subdelegacionales del Instituto.

    CUARTO. La implementación de la Firma Electrónica...

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