Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, sobre la solicitud de registro como Partido Político Nacional presentada por la organización de ciudadanos denominada Frente Humanista

EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG95/2014. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, SOBRE LA SOLICITUD DE REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PRESENTADA POR LA ORGANIZACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA FRENTE HUMANISTA

ANTECEDENTES

  1. El día cinco de diciembre de dos mil doce, en sesión extraordinaria, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo CG776/2012 por el que se expidió el Instructivo que deberán observar las organizaciones interesadas en constituir un Partido Político Nacional, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin, mismo que en lo subsecuente se denominará "EL INSTRUCTIVO". Dicho Acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el catorce de enero de dos mil trece.

  2. El día treinta de enero de dos mil trece, los ciudadanos Ignacio Irys Salomón, Ignacio López Pineda, Mario García Sordo y Laura Cortés Aguilar, representantes legales de la organización de ciudadanos denominada Frente Humanista, notificaron al entonces Instituto Federal Electoral el propósito de dicha organización de constituirse como Partido Político Nacional.

  3. Con fecha doce de febrero de dos mil trece, mediante oficio DEPPP/DPPF/0293/2013, el Lic. Alfredo E. Ríos Camarena Rodríguez, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, comunicó a la citada organización de ciudadanos la procedencia de su notificación.

  4. Con fecha cuatro de marzo de dos mil trece, el C. Mario García Sordo, Representante Legal de Frente Humanista, solicitó usuario y contraseña de acceso al Sistema de Registro de Afiliados en el resto del país.

  5. El día diecinueve de marzo de dos mil trece, la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento del otrora Instituto Federal Electoral, entregó al C. Mario García Sordo, Representante Legal de Frente Humanista, en un sobre cerrado, el usuario y la contraseña de acceso al Sistema de Registro de Afiliados en el Resto del País, así como la Guía de Uso para la operación del referido sistema, en el entendido de que dicho sistema sería utilizado para la captura de los datos de los afiliados al partido político en formación para, en su caso, presentar las listas de éstos como anexo a la solicitud de registro.

  6. En sesiones extraordinarias celebradas los días ocho de julio y veinte de agosto de dos mil trece, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, resolvió un total de cinco consultas remitidas por diversas organizaciones que notificaron su intención de obtener el registro como Partido Político Nacional, en términos de lo señalado por el numeral 63 de "EL INSTRUCTIVO".

  7. El día veintiséis de julio de dos mil trece en las instalaciones de la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento, impartió a dicha organización de ciudadanos capacitación relativa al procedimiento que llevaría a cabo la autoridad electoral para la certificación de las asambleas que debería realizar esa organización para cumplir con los requisitos establecidos en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales entonces aplicable.

  8. Con fecha veintitrés de agosto de dos mil trece, la C. Laura Cortés Aguilar, representante legal de Frente Humanista, en cumplimiento de lo señalado en el numeral 13 de "EL INSTRUCTIVO", comunicó la agenda de celebración de asambleas con carácter distrital.

  9. En alcance al escrito mencionado en el antecedente que precede, con fecha veintiocho de agosto de dos mil trece, los ciudadanos Laura Cortés Aguilar e Ignacio López Pineda, representantes legales de Frente Humanista, remitieron fe de erratas de la agenda de celebración de asambleas. Asimismo, desde esa fecha hasta el día veinticuatro de enero de dos mil catorce, los representantes legales de Frente Humanista realizaron diversas reprogramaciones y cancelaciones de asambleas.

  10. Entre el dos de septiembre de dos mil trece y el veinticuatro de enero de dos mil catorce, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos designó a diversos funcionarios de las Juntas Ejecutivas Distritales, para asistir a las asambleas de la organización de ciudadanos solicitante y certificar su realización así como que las mismas cumplieran con los requisitos del Código Electoral referido y de "EL INSTRUCTIVO". De lo anterior resultó que fueron programadas cuatrocientas setenta (470) asambleas, celebrándose únicamente doscientas diecinueve (219) y cancelándose doscientas cincuenta y uno (251) por falta de quórum.

  11. Con fecha dieciocho de septiembre de dos mil trece, el C. Ignacio Irys Salomón, representante legal de Frente Humanista, solicitó 4 usuarios y contraseñas más de acceso al Sistema de Registro de Afiliados en el resto del país, mismas que le fueron entregadas el día veintidós de octubre del mismo año, mediante oficio DEPPP/DPPF/2662/2013, suscrito por el Lic. Alfredo E. Ríos Camarena Rodríguez, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos.

  12. Con fecha veinticuatro de septiembre de dos mil trece, el C. Ignacio López Pineda, representante legal de Frente Humanista, solicitó la cartografía electoral a fin de conocer las delimitaciones distritales vigentes.

  13. Mediante escrito recibido con fecha primero de octubre de dos mil trece, los ciudadanos Ignacio Irys Salomón, Ignacio López Pineda, Mario García Sordo y Laura Cortés Aguilar, representantes legales de Frente Humanista, autorizaron a los ciudadanos José Ángel Soubervielle Fernández y Ricardo Piñón Ruiz, a efecto de suscribir y realizar las cancelaciones y reprogramaciones de asambleas a nombre de esa organización de ciudadanos.

  14. El día cuatro de octubre de dos mil trece, mediante oficio DEPPP/DPPF/2306/2013, el Lic. Alfredo E. Ríos Camarena Rodríguez, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, remitió al C. Ignacio López Pineda, Representante Legal de Frente Humanista, un disco compacto conteniendo el catálogo de colonias que comprende cada uno de los trescientos distritos electorales.

  15. Mediante escrito de fecha diez de enero de dos mil catorce, en cumplimiento a lo señalado en el numeral 38 de "EL INSTRUCTIVO", el C. Ignacio López Pineda, Representante Legal de Frente Humanista, notificó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la fecha, hora y lugar para la realización de su Asamblea Nacional Constitutiva. Asimismo, con fecha veinte de enero del mismo año, el C. José Ángel Soubervielle Fernández, persona autorizada por los Representantes Legales de Frente Humanista, notificó cambios en la programación de la Asamblea Nacional Constitutiva.

  16. En términos de lo señalado en el numeral 38 de "EL INSTRUCTIVO", a través de los oficios número DEPPP/DPPF/0169/2014, DEPPP/DPPF/294/2014 y DEPPP/DPPF/340/2014, de fechas quince, veintidós y veintiocho de enero de dos mil catorce, respectivamente, el Lic. Alfredo E. Ríos Camarena Rodríguez, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, designó al Lic. Josué Cervantes Martínez, Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Distrito Federal, para que asistiera a certificar la Asamblea Nacional Constitutiva de Frente Humanista, a celebrarse el día veintinueve de enero del mismo año.

    XVII.Con fecha treinta y uno de enero de dos mil catorce, los ciudadanos Ignacio Irys Salomón, Ignacio López Pineda, Laura Cortés Aguilar y Mario García Sordo, Representantes Legales de Frente Humanista, presentaron la solicitud de registro como Partido Político Nacional, ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del otrora Instituto Federal Electoral, acompañándola de los documentos básicos en medio magnético, las listas impresas de sus afiliados en el resto del país, así como de las manifestaciones formales de afiliación de éstos últimos, documentación que fue introducida en cuarenta y seis cajas, selladas y rubricadas por el ciudadano Ignacio López Pineda, quedando bajo custodia de la referida Dirección Ejecutiva hasta su verificación, levantándose el Acta respectiva.

  17. Mediante oficio JLE-DF/00655/2014, de fecha siete de febrero de dos mil catorce, el Lic. Josué Cervantes Martínez, Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Distrito Federal, entregó al C. Javier Eduardo López Macías, Presidente de la Asamblea Nacional Constitutiva de Frente Humanista, el expediente de certificación de la misma.

  18. Con fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral. Respecto de dicho Decreto, se destaca la creación del Instituto Nacional Electoral.

  19. El día once de febrero de dos mil catorce, en las oficinas que ocupa la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, ante la presencia de los ciudadanos Ignacio López Pineda y Mario García Sordo, Representantes Legales de Frente Humanista, acompañados de diez integrantes de dicha organización de ciudadanos, personal de la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento, procedió a la apertura de las cajas que contenían las manifestaciones formales de afiliación correspondientes al resto del país presentadas por la referida organización, a fin de llevar a cabo su conteo, levantándose el Acta respectiva.

  20. El día treinta y uno de marzo de dos mil catorce, el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral, en sesión extraordinaria, conoció el Informe que presenta la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, en relación con las organizaciones que solicitaron su registro como Partido Político Nacional, por lo que en dicha fecha se tuvo por constituida la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos como Comisión Examinadora de tales solicitudes.

    XXII.Mediante oficio DEPPP/DPPF/0764/2014, de fecha siete de marzo de dos mil catorce, el Lic. Alfredo E. Ríos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR