Resolución por la que se declara la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de fluorita grado ácido, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 2529.22.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China,...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se declara la eliminación de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de fluorita grado ácido, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 2529.22.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DECLARA LA ELIMINACION DE LA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE FLUORITA GRADO ACIDO, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 2529.22.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

RESULTANDOS

Resolución definitiva

  1. El 15 de diciembre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución final del examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de fluorita grado ácido, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 2529.22.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, mediante la cual se determinó la continuación de la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de referencia por cinco años más, contados a partir del 11 de mayo de 1999.

    Aviso sobre eliminación de cuotas compensatorias

  2. El 4 de febrero de 2004, se publicó en el DOF el Aviso sobre eliminación de cuotas compensatorias, mediante el cual se dio a conocer a los productores nacionales o a cualquier otra persona interesada que, entre otras, la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de fluorita grado ácido, se eliminaría el 11 de mayo de 2004, salvo que el productor nacional interesado presentara por escrito su interés de que se iniciara un procedimiento de examen, al menos 25 días antes del término de la vigencia de la misma, y

    CONSIDERANDO

    Competencia

  3. La Secretaría de Economía es competente para emitir la presente Resolución conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1, 2, 4 y 16 fracciones I y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y 109 del Reglamento de la Ley...

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