Norma Oficial Mexicana NOM-034-PESC-2003, Pesca responsable en el embalse de la presa Emilio Portes Gil (San Lorenzo), ubicada en el Estado de Tamaulipas. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

Fecha de disposición27 Mayo 2004
Fecha de publicación27 Mayo 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-034-PESC-2003, Pesca responsable en el embalse de la presa Emilio Portes Gil (San Lorenzo), ubicada en el Estado de Tamaulipas. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

LILIA ISABEL OCHOA MUÑOZ, Coordinadora General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o. fracciones VI y IX de la Ley de Pesca; 1o., 2o. fracciones I, III, V, VI, VII, VIII, XI, XIII, XIV y XVIII, 3o., 5o., 16 fracción II, 24, 25, 26, 29, 32, 34, 35, 36, 39, 40, 41, 45 fracciones I, II, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV, 47, 79, 80, 83, 86, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 98, 99, 100, 125, 126, 128, 129 fracciones I, III y V, 130 y 144 de su Reglamento; 1o., 2o. fracción II, 3o. fracciones IX, XI y XVI, 5o., 6o., 38 fracción II, 40 fracciones I, X, XIII, XVIII y último párrafo, 41, 43, 44, 45 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 28 de su Reglamento, así como 1o., 2o. fracciones I, IV, XXV y XXVI, 15 fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir la presente.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-PESC-2003, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE DE LA PRESA EMILIO PORTES GIL (SAN LORENZO), UBICADA EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa Emilio Portes Gil (San Lorenzo), ubicada en el Estado de Tamaulipas

  6. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales

  7. Bibliografía

  8. Observancia de esta Norma

  9. Evaluación de la Conformidad

Introducción

0.1 Considerando que la presa Emilio Portes Gil (San Lorenzo), ubicada en los municipios de Xicoténcatl y González, en el Estado de Tamaulipas, es un embalse artificial construido entre 1979 y 1983 por el Gobierno Federal, sobre el cauce del río Guayalejo, con el propósito de captación de agua para evitar las inundaciones de las partes bajas de la ciudad de Tampico, y para abastecer de agua de riego a los ejidos El Conejo , Xicoténcatl , 1a. Unidad, 2a. Unidad y El Aquiche , Tamaulipas.

0.2 Que en 1985 se introdujeron en el embalse crías de las especies de lobina negra y lobina de Florida, lo cual originó que desde 1988 se desarrollara una importante pesquería deportiva, que a principios de los años noventas tuvo su máxima actividad, siendo afectada en años recientes por el esfuerzo de pesca excesivo en su modalidad de pesca comercial, así como por el uso de equipos de pesca no regulados, siendo necesario establecer medidas de orden a partir de regulaciones específicas para las diversas modalidades de pesca que se llevan a cabo.

0.3 Que además de la importancia económica de las actividades productivas actuales que requieren ser reguladas, el embalse es importante por su biodiversidad, ya que en los estudios realizados por el Gobierno del Estado en colaboración con el Centro Regional de Investigación Pesquera de Tampico, se determinó la existencia de las siguientes especies de peces: bagre de canal (Ictalurus punctatus), pintontle (Pylodictis olivaris), catán (Atractosteus spatula), cuchilla (Dorosoma cepedianum), pez mosquitero (Gambusia affinis), y mojarra (Cichlasoma cyanoguttatum). Asimismo, existen las siguientes especies introducidas: tilapia (Oreochromis sp), carpa común o barrigona (Cyprinus carpio), lobina negra (Micropterus salmoides salmoides) y lobina de Florida (Micropterus salmoides floridanus). También se determinó la presencia de cocodrilo (Crocodylus moreleti) y una amplia gama de invertebrados acuáticos.

0.4 Que algunas especies de peces como la tilapia, carpa, bagre y piltontle, han desarrollado poblaciones con disponibilidad y biomasa susceptible de aprovechamiento dentro del embalse, por lo que su existencia ha generado el interés y demanda para fines de pesca comercial; en tanto que otras especies como la lobina y el catán son de interés para pescadores y prestadores de servicios de pesca deportivo-recreativa y turísticos, quienes han estado realizando actividades al amparo de permisos de pesca deportivo-recreativa y pretenden fortalecer este tipo de aprovechamiento.

0.5 Que la información biológica disponible de los recursos pesqueros del embalse, permite establecer en este momento tallas mínimas de captura para las especies de bagre en la pesca comercial y de lobina en la pesca deportivo-recreativa, con la finalidad de proteger a los organismos pequeños induciendo a la captura de ejemplares por arriba de su talla de primera madurez.

0.6 Que el interés por la pesca deportivo-recreativa ha implicado la creación de tres campos turísticos: Las Gaviotas , Tres Amigos y La Mariposa los cuales tienen la finalidad de brindar servicios en el marco del aprovechamiento de los recursos pesqueros del embalse y sus zonas aledañas, con lo cual se fomenta el desarrollo regional, principalmente mediante la inversión del sector privado.

0.7 Que el diagnóstico general de la pesca en el embalse indica que existe afectación de la renovabilidad de los recursos pesqueros, reflejada tanto en la disminución de la producción por especie como en la disminución de las tallas de captura y el corrimiento de las frecuencias de talla modal de varias especies, debido a diversas causas entre las que destaca el uso de equipos de pesca poco selectivos o que capturan organismos juveniles o de talla inferior a la de primera madurez.

0.8 Que existe una tendencia hacia la consolidación de las actividades de pesca deportivo-recreativa que deben ser reguladas para que su desarrollo se lleve a cabo de manera ordenada y atendiendo a las condiciones biológicas de las poblaciones de los recursos existentes en el embalse.

0.9 Que para inducir un aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros existentes, sin afectar su capacidad de renovación, se hace necesario establecer normas y medidas que conformen un marco de actuación para los agentes productivos, buscando un desarrollo armonioso, ordenado y equilibrado de las actividades pesqueras, en las modalidades de pesca deportivo-recreativa y de consumo doméstico, así como de pesca comercial, que actualmente se llevan a cabo, atendiendo también a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR