Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Morelos y los municipios de Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Temixco, Tlaltizapan, Tlaquiltenango, Xochitepec y Yautepec de dicha entidad federativa

Fecha de disposición22 Mayo 2012
Fecha de publicación22 Mayo 2012
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa Hábitat, Vertiente General, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Morelos y los municipios de Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Temixco, Tlaltizapan, Tlaquiltenango, Xochitepec y Yautepec de dicha entidad federativa.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO FEDERAL DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ESTADO DE MORELOS, LIC. OMAR DARIO DE LASSE CAÑAS; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACION Y COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MORELOS, C.P. ALFREDO JAIME DE LA TORRE; EL SECRETARIO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL, LIC RICARDO EMILIO ESPONDA GAXIOLA; LA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA, C.P. MARTHA PATRICIA ALEGRIA LOYOLA, Y EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, ING. DAVID ENRIQUE TURNER MORALES; Y LOS MUNICIPIOS DE CUAUTLA, CUERNAVACA, EMILIANO ZAPATA, JIUTEPEC, TEMIXCO, TLALTIZAPAN, TLAQUILTENANGO, XOCHITEPEC Y YAUTEPEC, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. LIC. LUIS FELIPE XAVIER GÜEMES RIOS, LIC. ROGELIO SANCHEZ GATICA, C. ALBERTO FIGUEROA VALLADARES, C. MIGUEL ANGEL RABADAN CALDERON, T.A. NEREO BANDERA ZAVALETA, C. ENNIO PEREZ AMADOR, LIC. JORGE MARTINEZ URIOSO, C. JUAN CARLOS RIVERA HERNANDEZ Y PROFR. HUMBERTO SEGURA GUERRERO, ASISTIDOS POR SUS SECRETARIOS DEL AYUNTAMIENTO, LOS CC. LIC. LUIS MIGUEL ANDREU ACOSTA, M.C. GERARDO AVILA GARCIA, LIC. JOSE MANUEL PINEDA MARTINEZ, PROFRA. SILVIA SALAZAR HERNANDEZ, LIC. SERGIO PEREZ FLORES, LIC. JAVIER HERRERA HURTADO, ARQ. EDUARDO MORALES ORFALY, LIC. JORGE ALBERTO FLORES ALARCON Y LIC. MIGUEL ANGEL QUIROZ MALDONADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES

  1. El Eje 3 del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, denominado "Igualdad de Oportunidades", establece que "La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. Para conducir a México hacia un desarrollo económico y social sustentable hay que resolver a fondo las graves diferencias que imperan en el país. Gobierno y sociedad deben ser capaces de mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, es decir, casi la mitad de la población." II.- El objetivo 4 del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece: Mejorar la calidad de vida en las ciudades, con énfasis en los grupos sociales en condición de pobreza, a través de la provisión de infraestructura social y vivienda digna, así como consolidar ciudades eficientes, seguras y competitivas. III.- El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los Gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que los Gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo. IV.- El artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, establece que el Programa Hábitat es un programa de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social. Asimismo, señala que los subsidios federales se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. V.- El párrafo sexto del artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, establece que "... se suscribirán acuerdos y convenios específicos y Anexos de ejecución en los que se establecerán: la distribución de los recursos de cada programa o región de acuerdo con sus condiciones de rezago, marginación y pobreza, indicando en lo posible la asignación correspondiente a cada municipio; las atribuciones y responsabilidades de la Federación, las entidades federativas y municipios, y las asignaciones presupuestarias de los órdenes de gobierno en que concurran en sujeción a los programas concertados." VI.- El objetivo general del Programa Hábitat, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, es contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas urbanas marginadas, al fortalecer y mejorar la organización y participación social, así como el entorno urbano de dichos asentamientos. Estas zonas, en las que se presenta concentración de hogares en situación de pobreza, en lo sucesivo "Polígonos Hábitat", son identificadas por "LA SEDESOL", y constituyen el ámbito de actuación de la Vertiente General de este Programa. VII.- La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante su oficio número OM/DGPP/410.20/1246/2011, de fecha 29 de diciembre de 2011, comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios federales autorizados al Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2012. VIII.- La Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat, número 300/016/2012, de fecha 12 de enero de 2012, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2012. Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 7, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 33, 34 y 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012; 6, 8, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2012; así como en lo previsto por los artículos 3, 14, 23 fracciones II, VI, X y XI, 25 fracciones XLVIII y LVI, 29 fracciones VIII, XXII y XXIII, 33 fracciones II, XVIII y XXII, 34 fracciones III, V, IX, XVI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 1, 2, 3, 4, 11, 47, 48 y 61 de la Ley Estatal de Planeación; 1, 2, 17, 38 fracciones VIII y LX, 41 fracción VIII, 76 y 78 fracción VI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos; 1, 2 y 5 fracciones I, III, 6 fracciones V, VI, IX y X, 8 fracción VII y 30 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos; 6, 8 fracciones XXI y XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación; 4 y 5 fracciones IX, XV y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos; 6 y 8 fracciones III, IX, X, XIII, XX, XXI y XXXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Humano y Social; 1, 3 fracción I, 6, 7 fracciones XII y XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", en lo sucesivo "LAS PARTES", han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes: CLAUSULAS

CAPITULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LA SEDESOL", "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", para la operación del Programa Hábitat en las ciudades, zonas metropolitanas y "Polígonos Hábitat" seleccionados y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos financieros locales aportados, con el propósito de contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento...

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