Acuerdo número 621 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC)
Fecha de disposición | 29 Diciembre 2011 |
Fecha de publicación | 29 Diciembre 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA |
Sección | OCTAVA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
ALONSO JOSE RICARDO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o, 7o. y 9o. de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 5, fracción V, 6, fracción V y 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; 2o, fracciones I y II del Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracción XVIII, 21, fracción V, 33, 34, 48 y Anexo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio;
Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 establece en sus artículos 3, fracción XVIII y 33 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 18. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación, y
Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NUMERO 621 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS CULTURAS MUNICIPALES Y COMUNITARIAS (PACMYC)
UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC), las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil doce.
México, Distrito Federal, a 21 de diciembre de 2011.- El Secretario de Educación Pública, Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS CULTURAS MUNICIPALES Y
COMUNITARIAS (PACMYC)
INDICE
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PRESENTACION
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ANTECEDENTES
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OBJETIVO
3.1. General
3.2. Específicos
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LINEAMIENTOS GENERALES
4.1. Cobertura
4.2. Población objetivo
4.3. Características de los apoyos
4.3.1. Tipo de apoyo
4.3.2. Monto del apoyo
4.4. Beneficiarios
4.4.1. Criterios de Selección
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)
4.4.1.2. Transparencia (Métodos y Procesos)
4.4.2. Derechos y Obligaciones
4.4.3. Causas de Incumplimiento, Retención, Suspensión de Recursos y, en su caso, Reducción en la ministración de Recursos
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LINEAMIENTOS ESPECIFICOS
5.1. Coordinación Institucional
5.1.1. Instancia(s) Ejecutora(s)
5.1.2. Instancia(s) Normativa(s)
5.1.3. Instancia(s) de Control y Vigilancia
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MECANICA DE OPERACION
6.1. Difusión
6.2. Promoción
6.3. Ejecución
6.3.1. Contraloría Social (participación social)
6.3.2. Acta de Entrega-Recepción
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INFORMES PROGRAMATICO-PRESUPUESTARIOS
7.1. Avances Físicos-Financieros
7.2. Cierre de Ejercicio
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EVALUACION
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INDICADORES DE RESULTADOS
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SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA
10.1. Atribuciones
10.2. Objetivo
10.3. Resultados y Seguimiento
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QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
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Hoja de dictamen de proyectos elegibles
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Acta de dictaminación
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Informe de actividades y financiero de los grupos beneficiarios
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Carta compromiso
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Acta constitutiva de la CACREP
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Evaluación final por proyecto
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Carta de liberación por terminación satisfactoria del proyecto
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Hoja de recepción y registro del proyecto
9a. Informe trimestral de avance físico
9b. Informe trimestral de reporte financiero
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Cierre programático presupuestal
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Diagrama
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Modelo de convocatoria
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Glosario
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Presentación
Nuestro país se distingue por su diversidad cultural y por su pluralidad. El reconocimiento y el aprecio de la diversidad cultural son un imperativo de convivencia, de identidad y de historia cuya expresión más viva se encuentra en las culturas populares.
Es prioridad de la política cultural el promover el desarrollo de las culturas populares mediante el apoyo a sus portadores, el fortalecimiento y salvaguarda de sus procesos culturales, especialmente aquellos que se encuentran en riesgo, así como el fomento al respeto de la diversidad dentro de la sociedad.
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Antecedentes
El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes en 1989 impulsó la creación del Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias (PACMYC), como una política de reconocimiento a la diversidad cultural del país a través del apoyo a los portadores de la cultura popular. A partir de 1999 el PACMYC publica sus Reglas de Operación con el objetivo de dar transparencia y claridad al mecanismo para que los ciudadanos accedan a solicitar este apoyo.
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece en su Eje 3 "Igualdad de Oportunidades", Objetivo 21, "Lograr que todos los mexicanos tengan acceso a la participación y disfrute de las manifestaciones artística y del patrimonio cultural, histórico y artístico del país como parte de su pleno desarrollo como seres humanos, Estrategia 21.1: Impulsar la apreciación, reconocimiento y disfrute del arte y las manifestaciones culturales por parte de la población. La política cultural del Gobierno de la República, ofrecerá y alentará una oferta amplia de manifestaciones culturales. En todas las líneas de acción de la política cultural, se solicitarán y tomarán en cuenta la opinión y las propuestas de la comunidad artística e intelectual de México".
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Objetivo
3.1 General
Contribuir al fortalecimiento de procesos culturales comunitarios a través del apoyo a propuestas colectivas.
3.2. Específicos
Promover un ámbito o expresión de las culturas populares a través del financiamiento a las propuestas colectivas, para el desarrollo de proyectos.
Propiciar la participación de todos los órdenes de gobierno así como de otras instancias sociales y privadas, en la aportación para integrar un fondo económico, para el apoyo de proyectos de cultura popular a través del PACMYC.
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Lineamientos generales
4.1 Cobertura
El PACMYC se desarrolla a nivel nacional.
4.2 Población objetivo
Portadores de cultura popular que de forma colectiva estén interesados en desarrollar un proyecto cultural.
De conformidad con lo establecido en los artículos 7 fracción XI y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y el artículo 8 de su Reglamento, el padrón de beneficiarios se publica en la página http://www.culturaspopulareseindigenas.gob.mx/dgcp/ index.php?option=com_content&view=article&id=232&Itemid=228 En congruencia con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2012, el padrón generará información desagregada por género y entidad federativa.
4.3 Características de los Apoyos
4.3.1 Tipo de apoyo
Es un apoyo financiero que se otorga para el desarrollo de proyectos culturales que fortalezcan alguna(s) de las diversas expresiones de la cultura popular y que sean impulsados por los portadores de la misma. Se entrega en moneda nacional a través de cheque al representante del grupo que ejecutará el proyecto.
No se autorizarán recursos para el pago de honorarios por elaborar o coordinar el proyecto.
4.3.2. Monto del apoyo
El recurso financiero a entregarse por cada proyecto autorizado, podrá ser de hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) de acuerdo con el acta de dictaminación respectiva. Los recursos se otorgarán conforme a la disponibilidad presupuestal del programa y a los recursos presupuestarios autorizados para el ejercicio fiscal 2012 en el programa presupuestario S207 Programa de Apoyo a las Culturas Municipales y Comunitarias.
El apoyo financiero se entregará en...
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