Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de Reglamentos del Ejecutivo Federal

Fecha de disposición02 Diciembre 2004
Fecha de publicación02 Diciembre 2004
EmisorCONSEJERIA JURIDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de Reglamentos del Ejecutivo Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACA HERNANDEZ, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, con fundamento en los artículos 43, fracciones IV, VI y VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1, 7 y 8, fracciones VII y VIII, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, y

CONSIDERANDO

Que en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, la elaboración, revisión y trámite de los proyectos de reglamento o de decreto por los que se adicionen, reformen, abroguen o deroguen disposiciones reglamentarias, son el resultado de un procedimiento en el que intervienen las dependencias de la Administración Pública Federal en sus respectivos ámbitos de competencia, así como del cumplimiento de requisitos establecidos en diversos ordenamientos legales y administrativos;

Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es facultad de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal revisar, coordinar y tramitar los proyectos de reglamento y de decreto a que se contrae el considerando que antecede, a efecto de someterlos a la consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República y que, por lo tanto, corresponde a esta Dependencia coordinar el procedimiento relativo a la elaboración y revisión de los proyectos citados, así como verificar que los requisitos previstos en las disposiciones aplicables hayan sido debidamente satisfechos;

Que dentro de las atribuciones de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal está la de garantizar que los proyectos de reglamento y de decreto aludidos, sean congruentes con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con las normas que integran el orden jurídico secundario, a fin de que sean jurídicamente consistentes y provean con eficacia a la exacta observancia de la ley, dentro de un enfoque sistémico que privilegie la cohesión y la unidad del orden normativo federal;

Que de conformidad con el Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, su Titular está facultado para emitir las disposiciones a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la elaboración, revisión y trámite de los proyectos de reglamento y de decreto que deban ser sometidos a la consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República, y

Que el presente Acuerdo tiene el propósito de facilitar y agilizar el trámite de los proyectos de reglamento y de decreto por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, sobre la base de las prioridades que en la materia ha establecido el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION, REVISION Y TRAMITE DE REGLAMENTOS DEL EJECUTIVO FEDERAL

Capítulo Primero
Disposiciones Generales

Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer:

  1. Los requisitos, procedimientos y plazos a que deberá sujetarse la elaboración, revisión y trámite de proyectos de reglamento o de decreto por los que se adicionen, reformen, abroguen o deroguen disposiciones reglamentarias que deban ser sometidos a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República, y

  2. Las reglas conforme a las cuales la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal emitirá opiniones y coordinará los estudios técnico-jurídicos de los proyectos de reglamento o de decreto a que se refiere la fracción anterior.

    Segundo.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

  3. Consejería Jurídica, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal;

  4. Consejería Adjunta, la Consejería Adjunta de Legislación y de Estudios Normativos;

  5. Decretos, los instrumentos jurídicos que expide el Titular del Ejecutivo Federal para adicionar, reformar, abrogar o derogar disposiciones reglamentarias, en términos del artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  6. Dependencias, las Secretarías de Estado previstas en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República, en términos de su Ley Orgánica;

  7. Entidades, las entidades paraestatales, en términos de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

  8. Reglamentos, los instrumentos jurídicos que expide el Titular del Ejecutivo Federal en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con objeto de proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes, y

  9. ...

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