Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de los Fondos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000 (Continúa de la Quinta Sección

Fecha de disposición15 Febrero 2000
Fecha de publicación15 Febrero 2000
SecciónSEXTA. Poder Ejecutivo

Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de los Programas de los Fondos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000 (Continúa de la Quinta Sección).

(Viene de la Quinta Sección)

PROGRAMA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE PROYECTOS REGIONALES

1. Objetivo

? Coadyuvar al fortalecimiento de la política social, mediante el diseño, promoción y apoyo financiero de investigaciones, estudios y proyectos demostrativos y/o prioritarios, propuestos por los tres órdenes de gobierno, especialistas, instituciones académicas y de investigación, organizaciones civiles, así como por la propia Secretaría, a fin de incidir en la superación de la pobreza.

2. Población objetivo

2.1. Definición y características de la población

? El Programa estará destinado a impulsar y apoyar el desarrollo y la calidad de vida de los grupos y regiones en condiciones de pobreza extrema a través de la realización de investigaciones, estudios y proyectos que realicen especialistas, instituciones de los tres órdenes de gobierno, centros académicos y de investigación, así como organizaciones civiles. De manera especial se procurará que los recursos se orienten a la atención de grupos y regiones prioritarias, así como zonas de atención inmediata definidas por la Secretaría.

2.2. Ubicación

? La cobertura de los proyectos deberá enmarcarse fundamentalmente dentro de las 39 regiones prioritarias de atención inmediata y 55 regiones prioritarias definidas por la SEDESOL, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 28 de enero de 2000 mediante el Acuerdo por el que se identifican las regiones prioritarias y de atención inmediata por sus condiciones de rezago y marginación conforme a indicadores de pobreza, así como a los grupos o sectores rurales y/o urbanos que presenten alta marginalidad y exclusión social.

2.3. Enfoque de género

? Con el propósito de propiciar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, el Programa dará prioridad a aquellos proyectos que promuevan la participación de las mujeres durante su ejecución.

3. De la orientación de los recursos

3.1. Características de los apoyos

? Las acciones que promueva el Programa, se generarán a partir de dos vertientes de atención: una externa, que incluye la participación de diferentes actores de la sociedad, interesados en desarrollar investigaciones o estudios de carácter demostrativo, y otra interna, procedente de las diferentes áreas de la SEDESOL a partir de la presentación de proyectos, que por su importancia, requieran ser instrumentados para eficientar y fortalecer las políticas sustantivas de la institución, mismos que deberán ser autorizados por el C. Subsecretario de Desarrollo Regional, pero siempre en proyectos de beneficio a la población en pobreza extrema.

3.2. Perfil de los solicitantes externos

? En lo referente a los estudios o investigaciones que se presenten a través de la vertiente de atención externa, los interesados deberán tomar en consideración que:

? Los participantes no deberán tener relación laboral con la Secretaría de Desarrollo Social.

? Los proyectos presentados no podrán tener como fin el desarrollo de tesis profesionales.

? Los proyectos que hayan recibido recursos de otros programas de la SEDESOL no son susceptibles de apoyo por parte de este Programa a fin de evitar la duplicidad en el financiamiento.

? Los apoyos que se otorguen, se canalizarán exclusivamente para el desarrollo de proyectos, estudios e investigaciones, por lo tanto éstos no podrán ser utilizados para cubrir las aportaciones de los beneficiarios en otros programas federales.

? Los recursos otorgados no podrán destinarse a la compra o adquisición de bienes y equipos.

? Se deberá acreditar la personalidad jurídica y/o el aval institucional.

? Se deberá precisar el tipo de aportación con que cuenta la institución u organización solicitante.

? Los proyectos deberán desarrollarse durante el año fiscal vigente.

3.3. Criterios para el otorgamiento de recursos

? La entrega del apoyo al interesado se realizará hasta en tres exhibiciones, con base en las estimaciones de los avances físicos y etapas que estipule el proyecto.

? Los recursos del Programa no podrán destinarse a cubrir pagos de pasivos, derivados de acciones no inherentes al proyecto o contraídas antes de su aprobación.

? El procedimiento para la entrega de los recursos se hará mediante un acta de estimaciones de avance, conforme al Programa de ejecución convenido, y contra la póliza del pago correspondiente.

? Cuando alguna organización o institución no aplique los recursos para los fines estipulados o no cumpla con los tiempos de entrega de resultados y productos comprometidos, la SEDESOL podrá dar por concluido el convenio establecido con ella y solicitar el reembolso total de los recursos entregados.

3.4. Montos máximos por beneficiario y/o por proyecto

? A efecto de potenciar el servicio y beneficio que otorga este Programa, se apoyarán proyectos que no excedan de $800,000.00. No obstante, el Comité Técnico Interno tendrá la facultad de aprobar aquellas propuestas justificadas de montos mayores que, por su particular trascendencia lo requieran.

3.5. Modalidades de los Proyectos

? Los proyectos de investigación documental y/o de campo presentados deberán enmarcarse en alguna de las siguientes modalidades y considerar, en lo posible, la participación porcentual del total de los recursos que se detalla en las mismas:

? Desarrollo de estudios sociales: diagnósticos, comparativos, de caso y/o testimoniales. 30%

? Diseño y ejecución de proyectos sociales demostrativos orientados a consolidar modelos de atención social. 30%

? Estructuración y sistematización metodológica de las experiencias exitosas de programas sociales. 10%

? Diseño y aplicación de herramientas e instrumentos de medición para programas y proyectos sociales. 30%

? Con el propósito de desarrollar y enriquecer los enfoques, metodologías y propuestas de combate a la pobreza, se podrá promover la realización de intercambios científicos, tecnológicos y académicos con diversas instituciones nacionales e internacionales.

? Se diseñará, promoverá y ofrecerá apoyo teórico-metodológico, para el desarrollo de investigaciones, estudios y proyectos especiales y/o emergentes que por su prioridad se dirijan a la atención de grupos en pobreza extrema.

? Se promoverá la participación de profesionales y especialistas comprometidos con el desarrollo social mediante el diseño y realización de investigaciones y estudios generados por su iniciativa y experiencia y cuyos resultados y productos contribuyan en la creación de estrategias de desarrollo regional y combate a la pobreza.

4. De la instrumentación y operación

4.1 Presentación del Proyecto

Los interesados en desarrollar proyectos dirigidos a contribuir en la superación de la pobreza, deberán acudir a las oficinas del Programa, o en su caso, a las delegaciones de la SEDESOL a fin de llenar el protocolo de investigación correspondiente para su dictaminación respectiva.

? La recepción de proyectos se llevará a cabo en la sede del Programa o a través de las delegaciones de la Secretaría, para su trámite correspondiente ante el Comité Técnico Interno.

? La recepción de los proyectos se realizará conforme al protocolo de investigación (ver anexo 1), el cual incluye los siguientes apartados y anexos:

? Información general del proyecto.

? Descripción del proyecto.

? Duración del proyecto.

? Distribución de los recursos.

? Sistema de evaluación.

? Datos generales del solicitante.

? El periodo de recepción será, preferentemente, durante el primer semestre del año, a efecto de dar cumplimiento a los procesos técnicos, jurídicos y administrativos, así como con la calendarización para su ejecución.

? El dictamen emitido por el Comité Técnico Interno se notificará al solicitante, o en su caso, a la Delegación Estatal, en un lapso no mayor de 30 días hábiles, y se procederá a la realización de los trámites necesarios para el establecimiento de los convenios y demás requerimientos.

? Una vez aprobado el proyecto, el Programa de Investigación acordará con el interesado las fechas de inicio y término para su realización.

? Cuando la especificidad de un proyecto lo amerite, y de acuerdo con la suficiencia presupuestal, se podrá contratar a terceros por la prestación de servicios profesionales.

4.2. Comité Técnico Interno

? Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, el Comité Técnico Interno será el órgano asesor e interdisciplinario, facultado para analizar y dictaminar proyectos susceptibles de financiamiento.

? El Comité estará conformado por nueve personas: tres investigadores del Programa, tres de otras áreas de la SEDESOL y tres externos a ésta, estos últimos tendrán un carácter honorífico. Dicho Comité se integrará por un presidente, que será el titular del Programa; un secretario técnico adscrito al mismo y siete vocales.

? El Comité Técnico Interno podrá solicitar al Programa la participación de un especialista, con carácter de asesor honorífico, cuando por las características del proyecto se considere necesario.

? Los proyectos especiales y/o emergentes por su prioridad, no requerirán ser sometidos al Comité Técnico Interno para su aprobación.

? La dictaminación de los proyectos evaluados por el Comité tendrá el carácter de inapelable, conforme al principio de mayoría simple, contando con el voto de calidad por parte del presidente, para casos de empate.

? La dictaminación de los proyectos se realizará conforme a los siguientes criterios...

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