Acuerdo número 694 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas

Fecha de disposición19 Agosto 2013
Fecha de publicación19 Agosto 2013
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 7o., 9o., 32 y 33, fracción VIII de la Ley General de Educación; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 72 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 1 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación. Asimismo, el 9 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se declara reformado el párrafo primero; el inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3o., y la fracción I del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", por el cual se estableció la obligatoriedad de la educación media superior;

Que el artículo Segundo transitorio de dicho Decreto establece la obligatoriedad del Estado de garantizar la educación media superior, como deber del mismo de ofrecer un lugar para cursarla a quien teniendo la edad típica hubiera concluido la educación básica, se realizará de manera gradual y creciente a partir del ciclo escolar 2012-2013 y hasta lograr la cobertura total en sus diversas modalidades en el país a más tardar en el ciclo escolar 2021-2022, con la concurrencia presupuestal de la Federación y de las entidades federativas, y en los términos establecidos en los instrumentos del Sistema Nacional y los Sistemas Estatales de Planeación Democrática del Desarrollo;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) señala en su Meta Nacional 3, Un México con Educación de Calidad, numeral III.2. "Plan de acción: articular la educación, la ciencia y el desarrollo tecnológico para lograr una sociedad más justa y próspera", que para garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo se deberán ampliar las oportunidades de acceso a la educación, permanencia y avance en los estudios a todas las regiones y sectores de la población, y que esto requiere de incrementar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja y vulnerabilidad;

Que en el marco de dicha Meta el PND prevé en su Objetivo 3.1. "Desarrollar el potencial humano de los mexicanos con educación de calidad", estrategias 3.1.5, 3.2.1 y 3.2.2, que se deberá disminuir el abandono escolar, mejorar la eficiencia terminal en cada nivel educativo y aumentar las tasas de transición entre un nivel y otro; ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población, así como ampliar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad. Para cumplir lo anterior las estrategias 3.2.1 y 3.2.2 establecen, entre otras, las siguientes líneas de acción:

§ Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior.

§ Propiciar la creación de un sistema nacional de becas para ordenar y hacer viables los esfuerzos dirigidos a universalizar los apoyos entre los jóvenes provenientes de familias de bajos recursos.

§ Aumentar la proporción de jóvenes en situación de desventaja que transitan de la secundaria a la educación media superior y de ésta a nivel superior con el apoyo de los programas de becas.

§ Diversificar las modalidades de becas para apoyar a los estudiantes con necesidades especiales y en situación de vulnerabilidad.

Que los artículos 32 y 33 de la Ley General de Educación prevén que las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Para cumplir lo anterior dichas autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán programas con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación;

Que uno de los retos que enfrenta la educación media superior en México es la exigencia de ampliar las oportunidades educativas para los alumnos de los sectores socioeconómicos más desprotegidos, por lo que el Gobierno de la República ha diseñado y puesto en marcha diversas acciones, destinadas a promover la cobertura educativa con equidad, mediante la asignación de becas a estudiantes en situación socioeconómica adversa;

Que el sistema educativo debe garantizar las condiciones para que los estudiantes accedan, permanezcan y concluyan sus estudios del tipo medio superior durante el periodo establecido para tal fin, brindándoles los conocimientos y las herramientas suficientes que les permitan continuar sus estudios o ingresar al mercado laboral de manera exitosa;

Que el abandono escolar es una de las principales problemáticas que enfrenta el tipo medio superior ya que limita el desarrollo académico y profesional de los jóvenes en el corto, mediano y largo plazo, por lo que deben establecerse estrategias tendientes a combatir de manera temprana el abandono de sus estudios y garantizar la equidad educativa para todos los estudiantes;

Que bajo ese contexto, la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, a través del Programa Presupuestario U018, implementará el Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, el cual tendrá como objetivo contribuir al ingreso, permanencia y egreso de la educación media superior a los hijos de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, en activo o en cumplimiento del deber, y

Que en razón de lo anterior, he tenido en bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 694 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA HIJOS DE MILITARES DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

ÚNICO.- Se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, los cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Los Lineamientos que se emiten por virtud de este Acuerdo continuarán vigentes hasta la emisión, en su caso, de nuevos Lineamientos o modificaciones que los sustituyan, en tanto no se contrapongan con lo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda u otras disposiciones aplicables.

TERCERO.- La continuidad de la operación del Programa a que se refiere el presente Acuerdo, estará sujeto a la autorización de recursos presupuestales.

México, D.F., a 16 de agosto de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA HIJOS DE MILITARES DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

ÍNDICE

  1. Glosario

  2. Objetivos

    2.1 Generales

    2.2 Específicos

  3. Lineamientos Generales

    3.1 Cobertura

    3.2 Población Objetivo

    3.2.1 Beca de Ingreso

    3.2.2 Beca de Permanencia

    3.2.3 Beca de Excelencia

    3.3 Beneficiarios

    3.4 Requisitos de elegibilidad

    3.4.1 Generales

    3.4.2 Específicos

    3.4.2.1 Beca de Ingreso

    3.4.2.2 Beca de Permanencia

    3.4.2.3 Beca de Excelencia

    3.5 Criterios de selección

    3.6 Criterios de compatibilidad de becas

    3.7 Montos y características de las becas

    3.8 Derechos y Obligaciones de los becarios

    3.8.1 Derechos

    3.8.2 Obligaciones

    3.9 Causas de terminación de la beca

    3.10 Causas de cancelación de la beca

  4. Lineamientos Específicos

    4.1 Instancias Ejecutoras

    4.2 Instancia Normativa

    4.3 Comité Técnico del PROGRAMA-FAM

    4.4 Atribuciones y Responsabilidades

    4.5 Coordinación Institucional

  5. Operación

    5.1 Convocatoria

    5.2 Solicitudes

    5.3 Selección

    5.3.1 Preselección

    5.3.2 Confronta de Padrones

    5.3.3 Validación de datos

    5.3.3.1 Beca de Ingreso

    5.3.3.2 Beca de Permanencia

    5.3.3.3 Beca de Excelencia

    5.3.4 Verificación Presupuestal

    5.3.5 Notificación y publicación de resultados

    5.4 Conformación del padrón

    5.5 Generación y dispersión de pagos

    5.6 Comprobación de pagos

    5.7 Ejecución

    5.7.1 Avances Físico-Financieros

    5.7.2 Gastos de Operación

    5.7.3 Cierre del Ejercicio

    5.7.4 Recursos No Devengados

  6. Auditoría, Control y Seguimiento

  7. Evaluación

    7.1 Interna

    7.2 Externa

  8. Transparencia

    8.1 Difusión y Promoción

    8.2 Contraloría Social

    8.3 Quejas y denuncias

  9. Glosario

    Para los efectos de estos Lineamientos, se entenderá por:

    ALUMNO CON DISCAPACIDAD: Estudiante inscrito en una Institución Pública de Educación Media Superior participante en el Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, que por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás.

    ALUMNO REGULAR: Estudiante inscrito en una Institución Pública de Educación Media Superior participantes en el Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas que, al momento en que se hace la validación de datos, ha cursado y aprobado la totalidad de las materias (asignaturas, módulos o créditos) que correspondan al plan de estudio en el periodo escolar previo a la solicitud de la beca, con el puntaje mínimo requerido por la Institución Pública de Educación Media Superior en la que se encuentra inscrito.

    BECA DE INGRESO: Apoyo...

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