Acuerdo número 665 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas

Fecha de disposición25 Febrero 2013
Fecha de publicación25 Febrero 2013
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 7o., 8o., 9o., 21, 24, 32 y 33, fracciones II y VIII de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 23 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior; 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracción XIX, 17, fracción V, 28, 29, 30, 39, 40, 43 y Anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 establece en sus artículos 3, fracción XIX y 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 24. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el año en que termina su encargo el Ejecutivo Federal, el procedimiento para la emisión de las Reglas de Operación no podrá exceder del primer bimestre del ejercicio que corresponda, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 665 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ESCUELAS NORMALES PUBLICAS

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 19 de febrero de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ESCUELAS NORMALES PUBLICAS

INDICE

  1. Presentación

  2. Antecedentes

  3. Objetivos

    3.1. General (Fin)

    3.2. Específico (Propósito)

  4. Lineamientos Generales

    4.1. Cobertura

    4.2. Población Objetivo

    4.3. Características de los Apoyos

    4.3.1. Tipo de Apoyo

    4.3.2. Monto del Apoyo

    4.4. Beneficiarios

    4.4.1. Criterios de Selección

    4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)

    4.4.1.2. Transparencia (Métodos y Procesos)

    4.4.2. Derechos y Obligaciones

    4.4.2.1. Derechos de la AEL y AFSEDF en las Escuelas Normales Públicas

    4.4.2.2. Obligaciones de la AEL y AFSEDF en las Escuelas Normales Públicas

    4.4.3. Causas de Incumplimiento, Retención, Suspensión de Recursos y, en su caso, Reducción en la Ministración de Recursos.

    4.4.3.1. Suspensión y cancelación de apoyos

  5. Lineamientos Específicos

    5.1. Coordinación Institucional

    5.1.1. Instancia(s) Ejecutora(s)

    5.1.1.1. La AEL y la AFSEDF, para el caso del Distrito Federal

    5.1.1.2. Escuelas Normales Públicas

    5.1.2. Instancia(s) Normativa(s)

    5.1.2.1. Subsecretaría de Educación Superior

    5.1.3. Instancia(s) de Control y Vigilancia

  6. Mecánica de Operación

    6.1. Difusión

    6.2. Promoción

    6.3. Ejecución

    6.3.1. Contraloría Social (participación social)

    6.3.2. Acta de Entrega-Recepción

  7. Informes Programático-Presupuestarios

    7.1. Avances Físico-Financieros

    7.2. Cierre de ejercicio

  8. Evaluación.

    9 Indicadores de Resultados

  9. Seguimiento, Control y Auditoría

    10.1. Atribuciones

    10.2. Objetivo

    10.3. Resultados y Seguimiento

  10. Quejas y Denuncias

    ANEXOS

ANEXO 1 Modelo de convenio
ANEXO 2 Lineamientos
ANEXO 3 Esquema de Contraloría Social
ANEXO 4 Glosario
ANEXO 5 Relación de comprobantes del Presupuesto ejercido ProGEN y/o ProFEN 2012-2013, que son entregados a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación de la SEP
ANEXO 6 Acciones genéricas del PROMIN
  1. Presentación

    Con la reestructuración de la Secretaría de Educación Pública (SEP), las atribuciones en materia de educación normal se transfirieron a la Subsecretaría de Educación Superior (SES), creándose en el año 2005, la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) con el propósito, entre otros, de contribuir al mejoramiento institucional de las Escuelas Normales Públicas. De esta manera, los programas y políticas referidas a la formación de maestros estarán articulados con los establecidos para el sistema de educación superior, lo que coadyuvará a seguir avanzando en la transformación de las Escuelas Normales Públicas como instituciones de excelencia académica.

    Dicha redefinición organizativa generó la posibilidad de fortalecer al Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas (PROMIN), iniciativa que desde el 2002 impulsan de manera coordinada la SEP, las AEL (Secretaría de Educación Pública o equivalente en los Estados) y para el caso del Distrito Federal la AFSEDF (Administración Federal de Servicios Educativos para el Distrito Federal), con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Escuelas Normales Públicas.

    Con la implementación del PROMIN y con base en las evaluaciones externas realizadas durante los primeros seis años por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, las Universidades Veracruzana y Autónoma Metropolitana, el Instituto Politécnico Nacional y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, se empezaron a observar cambios significativos en las Escuelas Normales Públicas, lo que permite sentar bases sólidas para el mejoramiento continuo de dichas instituciones. No obstante los avances hasta ahora logrados, las evaluaciones externas también dan cuenta de la necesidad de afrontar nuevos retos que limitan una transformación integral de la educación normal en el país; entre los que se destacan, el contextualizar las propuestas de mejora de las Escuelas Normales Públicas bajo una perspectiva estatal del sistema de educación normal, incidir en el nivel de habilitación de los formadores de docentes, acreditar programas de estudio y certificar procesos de gestión, consolidar la evaluación interna y externa en las normales, fortalecer las competencias estatales en materia de planeación estratégica y favorecer una planeación efectiva de los servicios de educación normal de acuerdo con las necesidades de los maestros de educación básica.

    El Plan Estatal de Fortalecimiento de la Educación Normal (PEFEN) es una estrategia para favorecer, por una parte, la integración y consolidación de un sistema estatal de educación normal de calidad en cada Estado de la República y en el Distrito Federal; y por la otra, coadyuvar en el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de maestros.

    Con su ejecución se pretende apoyar la transformación de las Escuelas Normales, lograr su consolidación y facilitar su integración al Sistema de Educación Superior. En este sentido, el PEFEN representa una oportunidad para reducir las brechas de calidad en la formación inicial de los maestros, que existen entre Entidades Federativas, Escuelas Normales Públicas de una misma entidad, y licenciaturas de una misma Escuela Normal; también para propiciar la rendición de cuentas sobre el uso de los recursos públicos y los resultados educativos que obtienen las Escuelas Normales...

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