Acuerdo número 427 por el que emiten las Reglas de Operación del Programa Asesor Técnico Pedagógico   

Fecha de disposición28 Diciembre 2007
Fecha de publicación28 Diciembre 2007
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónSEXTA. Poder Ejecutivo

ACUERDO número 427 por el que emiten las Reglas de Operación del Programa Asesor Técnico Pedagógico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, 13, 20, 21, 25, 28, 32, 33, 34 y 49 de la Ley General de Educación; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 73 y 74 de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 2 y 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 1, segundo párrafo, establece que la administración de los recursos públicos federales se debe realizar con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género;

Que la Ley mencionada dispone que se señalarán en el Presupuesto de Egresos aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación, y que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector serán responsables de emitir tales disposiciones respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 en su anexo 17 hace referencia a los programas sujetos a Reglas de Operación; y

Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen aprobatorio de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO NUMERO 427 POR EL QUE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ASESOR TECNICO PEDAGOGICO

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Asesor Técnico Pedagógico.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero del año 2008.

México, D.F., a 19 de diciembre de 2007.- La Secretaria de Educación Pública, Josefina Eugenia Vázquez Mota.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ASESOR TECNICO PEDAGOGICO

INDICE

  1. Presentación

  2. Objetivos

    2.1. Generales

    2.2. Específicos

  3. Lineamientos Generales

    3.1. Cobertura

    3.2. Población objetivo

    3.3. Características de los apoyos

    3.3.1 Tipo de apoyo

    3.3.2 Monto de apoyo

    3.4. Beneficiarios

    3.4.1. Criterios de selección

    3.4.2. Derechos y obligaciones

  4. Lineamientos Específicos

    4.1 Coordinación Institucional

    4.1.1 Instancia ejecutora

    4.1.2 Instancia normativa

  5. Mecánica de Operación

    5.1 Difusión

    5.2 Proceso

    5.3 Ejecución

    5.3.1 Contraloría Social

  6. Informes Programático-Presupuestarios

    6.1 Avances Físicos-Financieros

    6.2 Cierre de Ejercicio

  7. Evaluación

    7.1 Interna

    7.2. Externa

  8. Indicadores de Resultados

  9. Transparencia

    9.1 Difusión

  10. Quejas y Denuncias

    Anexo Técnico

    1. Presentación

    El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece en su eje 3, Objetivo 9 el propósito de elevar la calidad educativa, y en la Estrategia 9.2 el reforzamiento de la capacitación de profesores, promoviendo su vinculación directa con las prioridades, objetivos y herramientas educativas en todos los niveles.

    En este sentido, el Programa Asesor Técnico Pedagógico (PATP) en el que participan mujeres y hombres es implementado por la Dirección General de Educación Indígena (DGEI), como una estrategia de intervención pedagógica mediante asesorías que, a partir del reconocimiento de la importancia que tiene la escuela para garantizar los resultados educativos, opera en los centros escolares y en las aulas; es decir, la escuela y el aula se constituyen en el centro de las acciones del sistema educativo en su conjunto y de las diversas políticas nacionales y estatales, a fin de asegurar su funcionamiento eficaz en la búsqueda de que todos los alumnos logren los aprendizajes y las competencias necesarios para un desarrollo personal y social adecuado.

    El PATP está orientado por los principios de la educación intercultural bilingüe, concebida como aquella que reconozca y atienda la diversidad cultural y lingüística; promueva el respeto a las diferencias; procure la formación de la unidad nacional a partir del fortalecimiento de la identidad local, regional y nacional; aliente el desarrollo de actitudes y prácticas que tiendan a la búsqueda de la libertad, la justicia y la no discriminación para todos; favorezca el desarrollo y consolidación tanto de la lengua indígena como del español y elimine la imposición de una lengua sobre otra; ofrece un espacio de discusión, creación e intercambio pedagógico a los directivos y docentes que prestan sus servicios en las escuelas primarias del subsistema de educación indígena.

    GLOSARIO

    COFEMER: Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

    CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

    CURP: Clave Unica de Registro de Población.

    DGAJ: Dirección General de Asuntos Jurídicos.

    DGEI: Dirección General de Educación Indígena.

    DGICO: Dirección General de Innovación, Calidad y Organización.

    DGPP: Dirección General de Programación y Presupuesto de la SEP.

    DOF: Diario Oficial de la Federación.

    ENLACE: Evaluación Nacional del Logro Académico en Centros Escolares.

    REEI: Representante Estatal de Educación Indígena.

    SEP: Secretaría de Educación Pública.

    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    SFP: Secretaría de la Función Pública.

    SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la SEP.

    PATP: Programa Asesor Técnico Pedagógico.

    UPEPE: Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas educativas de la SEP.

    Formación docente: Es el proceso a partir del cual los profesores se convierten en profesionales de la educación capaces de fortalecer las habilidades intelectuales de los alumnos, promover aprendizajes y formas de convivencia en un aula multicultural y diversa, y propiciar el desarrollo de las competencias necesarias para continuar aprendiendo a lo largo de la vida. El proceso de formación docente se constituye por cursos, talleres de capacitación y actualización o asesorías que se ofertan a los maestros, para mejorar y fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje en su práctica docente, que son proporcionados por un conjunto de instituciones y organismos articulados y regulados por la Secretaría de Educación Pública bajo la dirección de las autoridades educativas estatales, con un alto grado de adaptabilidad a las necesidades y condiciones locales, que impulsa la formación continua de los maestros en activo como una vía para mejorar la calidad y equidad de los servicios de educación primaria que se ofrece a las niñas y los niños indígenas.

    Asesor Técnico Pedagógico (ATP): Es un docente capacitado por su formación o experiencia quien se encarga de brindar asesorías técnico pedagógicas a las maestras y los maestros de las escuelas del subsistema de Educación Indígena.

    Estrategia de Intervención Pedagógica: Es la implementación de un conjunto de acciones que permita modificar, fortalecer o consolidar las competencias de los profesores para mejorar los procesos de enseñanza y aprendizaje en la práctica educativa.

    Centros de trabajo: Son consideradas todas las escuelas del subsistema de Educación Indígena.

    Principios de Educación Intercultural Bilingüe: Son los conceptos, categorías, marcos teóricos y metodologías que se constituyen en los fundamentos de la Educación Intercultural Bilingüe.

    Centros para la Aplicación y Desarrollo de la Educación Intercultural Bilingüe (CADEIB): Son las escuelas de educación primaria consideradas como centros escolares ejemplares, en donde se experimentarán y diseñarán estrategias didácticas centradas en el aprendizaje, así como en diversas formas de organización de trabajo escolar y el uso óptimo y pertinente de los materiales elaborados en lengua indígena y español, en el fortalecimiento de procesos de lectura y escritura de manera bilingüe y el desarrollo de habilidades del pensamiento que conduzcan a los educandos en el proceso de aprender a aprender. Funcionarán como grupos de referencia, en la inteligencia de que los procesos allí desarrollados tenderán a ser compartidos con los demás miembros de la comunidad educativa de la zona escolar; los CADEIB podrán ser indistintamente escuelas de organización completa, incompleta o multigrado.

    Comunidad educativa: Está constituida por los alumnos, profesores, directivos, padres de familia y consejos de participación social que intervienen en el proceso educativo.

    Equipo técnico estatal: Es el personal responsable del apoyo técnico pedagógico en las distintas instancias del subsistema de educación indígena en las entidades federativas.

    Jornada de asesoría o asesoría: Un conjunto de acciones que se desarrollarán bajo el enfoque de la educación intercultural bilingüe para mejorar las competencias de los docentes de una zona escolar: apoyando el trabajo docente en los ámbitos de planeación y desarrollo de la enseñanza; impulsando el trabajo colegiado y la formación docente en el centro de trabajo, y promoviendo prácticas de gestión escolar efectivas. Estas actividades podrán ser:

    ? Trabajo colegiado con...

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