Acuerdo número 523 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Asesor Técnico Pedagógico

Fecha de disposición30 Diciembre 2009
Fecha de publicación30 Diciembre 2009
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. ALONSO JOSE RICARDO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 21, 32, 33, fracción V, 38 y 40 de la Ley General de Educación; 11 y 13, fracción VI de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; 32 y 37 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 6o., 7o., 8o., 10, 19, fracciones I, III y IV y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 7o. y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1o., 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1o., 3o., fracciones VII y XVIII, 19, fracción V, 29, 30, 44 y Anexos 7 y 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 18. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 523 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ASESOR TECNICO PEDAGOGICO

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Asesor Técnico Pedagógico, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil diez.

México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2009.- El Secretario de Educación Pública, Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ASESOR TECNICO PEDAGOGICO

INDICE

  1. PRESENTACION

  2. ANTECEDENTES

  3. OBJETIVOS

    3.1. Generales

    3.2. Específicos

  4. LINEAMIENTOS GENERALES

    4.1. Cobertura

    4.2. Población objetivo

    4.3. Características de los apoyos

    4.3.1 Tipo de apoyo

    4.3.2 Monto del apoyo

    4.4. Beneficiarios

    4.4.1 Criterios de selección

    4.4.1.1 Elegibilidad

    4.4.1.2 Transparencia

    4.4.2 Derechos y obligaciones

    4.4.3 Causas de incumplimiento, retención, suspensión y, en su caso, reducción en la ministración de recursos.

  5. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS

    5.1 Coordinación Institucional

    5.1.1 Instancia Ejecutora

    5.1.2 Instancia Normativa

    5.1.3 Instancia de Control y Vigilancia

  6. MECANICA DE OPERACION

    6.1 Difusión

    6.2 Promoción

    6.3 Ejecución

    6.3.1 Contraloría Social

    6.3.2 Acta de Entrega Recepción

    6.3.3 Operación y Mantenimiento

  7. INFORMES PROGRAMATICO-PRESUPUESTARIOS

    7.1 Avances Físicos - Financieros

    7.2 Cierre de ejercicio

    7.3 Recursos no devengados

  8. EVALUACION

    8.1 Interna

    8.2 Externa

  9. INDICADORES DE DESEMPEÑO

    9.1 Relación de las Reglas de Operación con la Matriz para Indicadores de Resultados.

  10. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA

    10.1 Atribuciones

    10.2 Objetivo

    10.3 Resultados y Seguimiento

  11. QUEJAS Y DENUNCIAS

    11.1 Mecanismo, Instancias y Canales

    ANEXOS

  12. Recursos adicionales

  13. Modelo de Convocatoria

  14. Formato SEP 23-009 "Cédula de Registro de Aspirantes a ATP y CATP.

  15. Formato Informe de asesoría del ATP

  16. Diagrama de flujo del procedimiento de Selección

  17. Diagrama de flujo de Ejecución del Programa

  18. Modelo de Acta de conformación de Comités de Contraloría Social del Programa ATP

  19. Glosario

  20. PRESENTACION

    El Programa Asesor Técnico Pedagógico (PATP), contribuye al cumplimiento de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Eje 3 "Igualdad de Oportunidades", Objetivo 9 "Elevar la calidad educativa", Estrategia 9.2 que señala la necesidad de reforzar la capacitación de profesores, promoviendo su vinculación directa con las prioridades, objetivos y herramientas educativas en todos los niveles. Con el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, Objetivo 2 "Ampliar las oportunidades educativas para reducir desigualdades entre grupos sociales, cerrar brechas e impulsar la equidad" que en su estrategia 2.5 establece que se deberán fortalecer los programas e iniciativas dirigidas a la atención de niñas, niños y jóvenes indígenas, la actualización y formación de docentes hablantes de lengua indígena y la formación de los docentes en las escuelas multigrado. Así como con la vertiente de "Profesionalización de los maestros y de las autoridades educativas", acción integrante de la Alianza por la Calidad de la Educación.

    El PATP es desarrollado por la Dirección General de Educación Indígena (DGEI), de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal (SEP), como un programa de asesorías técnico pedagógicas orientadas por los principios de la educación intercultural bilingüe proporcionadas por los Asesores Técnicos Pedagógicos (ATP) que son docentes capacitados por su formación y experiencia quienes se encargan de brindar asesorías técnico pedagógicas a maestras y maestros del Subsistema de Educación Indígena.

    Es compromiso del PATP hacer de la educación pública un factor de justicia y equidad, que impulse una sociedad democrática, incluyente y diversa, donde las prácticas sociales del lenguaje incorporen los referentes culturales como saberes previos para construir aprendizajes desde los idiomas indígenas y el español; en contribución con el derecho a la educación de las niñas y los niños indígenas.

  21. ANTECEDENTES

    El PATP inicia en 1998 como un proyecto para atender a niñas y niños indígenas desde un enfoque intercultural bilingüe; en el año 2003 se creó una figura fundamental para el programa, el Asesor Técnico Pedagógico (ATP), y se norma a través de Reglas de Operación para el asesoramiento técnico pedagógico pertinente y necesario a los docentes de Educación Inicial, Preescolar y Primaria Indígena, en el marco de la Educación Intercultural Bilingüe.

    En promedio, el programa ha asesorado más de 30,000 maestros frente a grupo cada año y alrededor de 5000 escuelas de educación indígena focalizando a los municipios de más alta marginación social y bajo logro educativo.

  22. OBJETIVOS

    3.1. General

    Coadyuvar en la mejora de la práctica docente de las profesoras y los profesores de Educación Indígena, a través de asesorías técnico pedagógicas, que contribuyan tanto a elevar la calidad de la educación de las niñas y los niños indígenas, como a mejorar el nivel de logro educativo, dentro del marco de la Educación Intercultural Bilingüe.

    3.2. Específicos

    · Asesorar a los docentes de Educación Inicial, Preescolar y Primaria Indígena frente a grupo, de conformidad con las políticas educativas vigentes y de manera pertinente a las comunidades indígenas tanto en lo lingüístico como en lo cultural.

    · Visitar escuelas de Educación Inicial, Preescolar y Primaria Indígena frente a grupo a través del PATP para promover el trabajo colegiado entre maestros, directivos y comunidad.

    · Coadyuvar al fortalecimiento del perfil profesional de los ATP y de los maestros asesorados por el programa.

    · Brindar apoyos técnicos y materiales para el fortalecimiento de la función de los ATP y de la práctica docente de los maestros asesorados por el Programa.

    · Incorporar y mantener la población de docentes de Educación Indígena como ATP, dentro de los criterios establecidos en estas Reglas de Operación.

  23. LINEAMIENTOS GENERALES

    4.1. Cobertura

    El PATP opera en las 24 entidades federativas referidas en el numeral 4.3.2 de las presentes Reglas de Operación que prestan servicios de Educación Inicial, Preescolar y Primaria Indígena, atiende en forma prioritaria a los 125 municipios con más bajo índice de desarrollo humano y alta marginación social, y a las escuelas indígenas con resultados desfavorables en la prueba ENLACE.

    4.2. Población objetivo

    Las y los docentes frente a grupo de Educación Inicial, Preescolar y Primaria Indígena, adscritos en las escuelas consideradas en el Proyecto del ATP, definido en el numeral 4.2.2 de estas Reglas, en cada zona escolar.

    4.3. Características de...

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