Acuerdo número 671 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educativo Rural

Fecha de disposición26 Febrero 2013
Fecha de publicación26 Febrero 2013
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 7o., 8o., 9o., 32 y 37, penúltimo y último párrafos de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10, 19, fracciones III y IV y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 23 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior; 8o. y 15, fracción II de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3 fracción XIX, 17, fracción V, 24, 28, 29, 30, 39, 40, 43 y Anexos 10, 16, 17 y 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 establece en sus artículos 3, fracción XIX y 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquellos señalados en su Anexo 24. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el año en que termina su encargo el Ejecutivo Federal, el procedimiento para la emisión de las Reglas de Operación no podrá exceder del primer bimestre del ejercicio que corresponda, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 671 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA EDUCATIVO RURAL

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Educativo Rural, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO Artículos Primero a Cuarto

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 19 de febrero de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA EDUCATIVO RURAL

INDICE

  1. Presentación

  2. Antecedentes

  3. Objetivos

    3.1 Objetivo General

    3.2 Objetivos Específicos

  4. Lineamientos Generales

    4.1 Cobertura

    4.2 Población Objetivo

    4.3 Características de los Apoyos

    4.3.1. Tipo de Apoyo

    4.3.2. Monto del Apoyo

    4.4 Beneficiarios

    4.4.1 Criterios de Selección

    4.4.1.1 Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)

    4.4.1.1.1 Para el caso de la DGETA

    4.4.1.1.2 Para la DGEST

    4.4.1.2 Transparencia (Métodos y Procesos)

    4.4.2 Derechos y Obligaciones

    4.4.2.1 Derechos

    4.4.2.2 Obligaciones

    4.4.3 Causas de Incumplimiento, Retención, Suspensión y en su caso, Reducción en la Ministración de Recursos

  5. Lineamientos Específicos

    5.1 Coordinación Institucional

    5.1.1 Instancia(s) Ejecutora(s)

    5.1.2 Instancia(s) Normativa(s)

    5.1.3 Instancia(s) de Control y Vigilancia

  6. Mecánica de Operación

    6.1 Difusión

    6.2 Promoción

    6.3 Ejecución

    6.3.1 Contraloría Social

    6.3.2 Acta Circunstanciada de Entrega-Recepción

  7. Informe Programático-Presupuestario

    7.1 Avances Físico-Financieros

    7.2 Cierre del Ejercicio

  8. Evaluación

    8.1 Evaluación Interna

    8.2 Evaluación Externa

  9. Indicadores de Desempeño

  10. Seguimiento, Control y Auditoría

    10.1 Atribuciones

    10.2 Objetivo

    10.3 Resultados y seguimiento

  11. Quejas y Denuncias

    GLOSARIO

    ANEXOS

    Anexo 1 Convocatoria, bases y lineamientos para la presentación de solicitudes de bienes para apoyar el desarrollo de procesos educativos del Programa Educativo Rural 2013.

    Anexo 2 Acta de Integración del Comité Nacional Dictaminador del Programa Educativo Rural 2013 (Nivel medio superior dgeta)

    Anexo 3 Formato Solicitud de Perfil del Proyecto

    Anexo 4 Acta Circunstanciada de Entrega-Recepción de los Bienes de Inversión.

    Anexo 5 Convocatoria, Bases y Lineamientos para la Elaboración de Proyectos 2013 (Nivel superior dgest)

    Anexo 6 Acta de Integración del Comité Nacional Dictaminador del Programa Educativo Rural 2013 (Nivel superior dgest)

    Anexo 7 Acta de Integración del Comité Nacional Evaluador del Programa Educativo Rural 2013 (Nivel superior dgest)

    Anexo 8 Acta de Evaluación de Proyectos y Dictamen del Comité Nacional Dictaminador del Programa Educativo Rural 2013 (Nivel superior dgest)

    Anexo 9 Diagrama de Procesos

  12. Presentación

    El Artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable determina que las dependencias y entidades que integran la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Rural Sustentable (CIDRS), entre ellas la Secretaría de Educación Pública (SEP), propondrán el Programa Especial Concurrente de Desarrollo Rural Sustentable (PECDRS), en el que se comprenderán las políticas públicas orientadas a la generación y diversificación de empleo y a garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a las poblaciones económica y socialmente débiles.

    La vertiente VII "Vertiente Educativa" del PECDRS señala como objetivo 1 el mejorar la calidad educativa y elevar la cobertura con equidad, eficacia, eficiencia y pertinencia, mediante la ejecución de políticas dirigidas a atender las necesidades de la población rural, así como a los requerimientos de la sociedad nacional y de las demandas del entorno internacional para comprobar los alcances del Sistema Nacional.

    En el marco de lo anterior, se tiene que los retos del sector rural en el contexto de la globalización económica son: la productividad, la rentabilidad, la competitividad, la sustentabilidad y la equidad.

    En consecuencia, la educación constituye un elemento indispensable para que las personas puedan desarrollar plenamente sus capacidades, lo que les permitirá aumentar sus oportunidades y mejorar su nivel de vida a través de los apoyos ofrecidos por el Programa Educativo Rural (PER), entre otros programas, cuyo propósito central es contribuir a fortalecer la formación de jóvenes en la educación media superior y superior tecnológica agropecuaria, forestal y del mar, e impartir capacitación a los adultos, que habitan en los entornos de las unidades educativas, con el fin de desarrollar sus capacidades y mejorar sus prácticas educativas.

    El PER ha orientado la mayor parte de su presupuesto para complementar y modernizar el equipamiento de las unidades educativas. Esta inversión estratégica de recursos ha contribuido para que la Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA) y la Dirección General de Educación Superior Tecnológica (DGEST), oferten una formación más práctica y competitiva a sus jóvenes, permitiendo el mejoramiento de los indicadores educativos de eficiencia terminal, deserción escolar y reprobación, así como una capacitación basada con el enfoque en estándares de competencia a los productores de la población rural.

    Estas acciones, son llevadas a cabo por la SEP a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), por conducto de la DGETA, y por la Subsecretaría de Educación Superior (SES), por conducto de la DGEST, la DGETA y la DGEST operan el PER, por contar con una red de servicios educativos en bachillerato, licenciatura y posgrado, que ofertan servicios de formación y capacitación.

    La red de servicios educativos de la DGETA se encuentra integrada por 288 Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuario (CBTA) y 6 Centros de Bachillerato Tecnológico Forestal (CBTF), 125 Brigadas de Educación para el Desarrollo Rural (BEDR), 2 Unidades de Capacitación para el Desarrollo Educativo Rural (UNCADER), y 1 Centro de Investigación de Recursos Naturales (CIRENA).

    En las regiones agroecológicas del país, los servicios educativos de la DGETA, constituyen la principal oferta del tipo medio superior escolarizada y de modalidad abierta. En el ciclo escolar 2012-2013, atiende una población de alrededor de 172,000 estudiantes. Asimismo, a través de las 125 BEDR y 2 UNCADER, se atiende a productores, con servicios de capacitación y asistencia técnica.

    Por su parte, la DGEST, a través de 29 Institutos...

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