Acuerdo número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa de la Novena Sección)
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Educación Pública |
ACUERDO número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa de la Novena Sección) (Viene de la Novena Sección)
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Apoyo para gastos de traslado al inicio y a la obtención del grado, de acuerdo al tabulador establecido
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Cuando cuenten con otro apoyo se otorgará una beca que lo complemente y que se determinará de manera que en ningún caso exceda de un ingreso total equivalente al 150% del monto de la beca total que otorga la UNAM
Para Estancias Sabáticas
En el extranjero
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Una beca cuyo monto estará establecido en el tabulador autorizado
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Cuando cuenten con otro apoyo nacional se otorgará una beca que lo complemente y que se determinará de manera que en ningún caso exceda de un ingreso total equivalente al 150% del monto total de la beca que otorga la UNAM
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Cuando cuenten con otro apoyo proveniente de recursos del extranjero, se otorgará una beca que lo complemente y se determinará de manera que en ningún caso exceda de un ingreso total equivalente al 200% del monto total de la beca que otorga la UNAM
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Sólo se permitirá que el (la) académico cuente con un apoyo adicional del PAPIIT para la asistencia a congresos. Cuando el congreso se verifique en el mismo país donde el académico está realizando su estancia se autorizará un máximo de cinco días de viáticos con recursos del PAPIIT. Cuando el congreso se verifique en un país diferente al de la estancia del académico se autorizará un máximo de diez días de viáticos con recursos del PAPIIT.
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Cuando el (la) becario (a) acredite oficialmente tener algún dependiente económico (cónyuge, hijos en edad escolar) y viaje con ellos, se otorgará un complemento de acuerdo con el tabulador autorizado. En el caso del cónyuge, no es susceptible de otorgarse el complemento si éste percibe alguna remuneración
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Apoyo para gastos de traslado al inicio y al término de la estancia de acuerdo al tabulador establecido
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Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a sus académicos, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal
En México
Para estancias sabáticas en la UNAM, el plan de trabajo del candidato (a) deberá estar aprobado (de acuerdo con el año lectivo) por los consejos técnicos o internos de la entidad de adscripción del académico y de la entidad que lo recibe, y se sujetarán a las siguientes condiciones:
● Estancias del personal académico de las unidades multidisciplinarias (FES o ENES), del bachillerato o de una escuela, para desarrollar un proyecto de investigación o de innovación docente en colaboración con algún grupo de una facultad de Ciudad Universitaria o foránea, instituto o centro de investigación que se encuentre en otro campus.
● Estancias del personal académico de alguna facultad de Ciudad Universitaria o foránea, instituto o centro de investigación en alguna de las unidades multidisciplinarias (FES o ENES), en el bachillerato o en una escuela que se encuentre en otro campus.
● Estancias del personal académico de una facultad, instituto o centro de investigación en otra facultad, instituto o centro de investigación distinta a la de adscripción del académico candidato al apoyo y que se encuentre en otro campus.
● En adición a la propia UNAM, únicamente se admitirán estancias sabáticas en instituciones públicas de educación superior y/o de investigación en México
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Si el proyecto a desarrollar es de interés mutuo para la universidad pública del interior de la República Mexicana y para la UNAM, el objetivo de la estancia será el de apoyar las actividades de fortalecimiento académico de dicha universidad Se otorgará una beca mensual equivalente a dos veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, cuando el académico no tenga que cambiar de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM, o una beca mensual equivalente a cuatro veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal cuando el académico cambie de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM. Si el académico tiene algún ingreso adicional, se otorgará un complemento de manera que el ingreso total no exceda del máximo permitido de una beca, según sea el caso, adicional al salario del académico en la UNAM
Para Estancias de Investigación
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Una beca cuyo monto estará establecido en el tabulador de becas autorizado
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Cuando cuenten con otro apoyo, se otorgará una beca que lo complemente y se determinará de manera que en ningún caso exceda de un ingreso total equivalente al 150% del monto total de la beca que otorga la UNAM
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Apoyo para gastos de traslado al inicio y al término de la beca, de acuerdo al tabulador establecido. En el caso de estancias en etapas, únicamente se otorgará un apoyo para el traslado al inicio de la primera etapa y otro al término de la última etapa
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Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a sus académicos, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal
Para Estancia Posdoctoral
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Cuando no cuente con otro apoyo, una beca cuyo monto estará establecido en el tabulador autorizado. Cuando cuente con otro apoyo se otorgará una beca que lo complemente y se determinará de manera que en ningún caso exceda de un ingreso total equivalente al 150% del monto total de la beca que otorga la UNAM
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Apoyo para gastos de traslado al inicio y al término de la estancia de acuerdo al tabulador establecido
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Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a sus académicos, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal
Los apoyos terminarán:
● Cuando se cumpla el periodo para el cual fueron otorgados o por incumplimiento del periodo aprobado
● Cuando a juicio de la subcomisión de la entidad académica o de las comisiones evaluadoras del programa, los avances no sean satisfactorios
● Por incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas reglas de operación
● Cuando el becario así lo solicite
● Cuando el becario omita o distorsione datos en la solicitud o en la documentación requerida que incidan en las obligaciones contraídas como becario, en especial cuando no informe inmediatamente respecto a la recepción de cualquier tipo de remuneración o apoyo económico, adicional a la beca
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Coordinación institucional:
Dirección General de Asuntos del Personal Académico
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Calendario de operación:
La Subcomisión de Superación del Personal Académico correspondiente deberá entregar las solicitudes a la Dirección General de Asuntos del Personal Académico de acuerdo al siguiente calendario:
● PERIODO 2014-I - hasta febrero
● PERIODO 2014-II - hasta mayo
● PERIODO 2014-III- hasta agosto
Los resultados se darán a conocer de acuerdo al siguiente calendario:
● PERIODO 2014-I - a partir de abril
● PERIODO 2014-II - a partir de junio
● PERIODO 2014-III- a partir de octubre
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Etapas de ejecución:
● Recepción solicitudes por la subcomisión de la entidad académica.
● Evaluación por la subcomisión.
● Recepción solicitudes por DGAPA
● Revisión solicitudes cumplan con reglas y convocatoria
● Evaluación y dictamen por comisiones evaluadoras de cada área
● Dictamen final por comisión técnica del PASPA
● Asignación del apoyo
● Pago mensual del apoyo
● Recepción y evaluación del informe final y de los productos emanados del apoyo
● Cierre del expediente
Documentos adicionales
87a Formato de solicitud
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS DEL PERSONAL ACADÉMICO
PROGRAMA DE APOYOS PARA LA SUPERACIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO
SOLICITUD DE APOYO
NACIONAL AL EXTRANJERO NUEVA RENOVACIÓN PERIODO SOLICITADO DE MES/AÑO A MES/AÑO MODALIDAD
ESTUDIOS DE POSGRADO
MAESTRÍA DOCTORADO ESTANCIA
SABÁTICA INVESTIGACIÓN POSDOCTORAL ESTA SOLICITUD DEBERÁ SER DEBIDAMENTE REQUISITADA, EN VIRTUD DE QUE SERÁ REVISADA POR LA COMISIÓN TÉCNICA DEL PROGRAMA
SUBCOMISIÓN DE SUPERACIÓN ACADÉMICA
( Nombre Completo de la Entidad ) DATOS GENERALES DEL SOLICITANTE NOMBRE : APELLIDO (S) PATERNO MATERNO NOMBRE (S) R.F.C.: C.U.R.P.: NUM. DE EMPLEADO: GÉNERO: MASCULINO FEMENINO ESTADO CIVIL: SOLTERO CASADO OTRO NOMBRE DEL CÓNYUGE: APELLIDO (S) PATERNO MATERNO NOMBRE (S) NUMERO DE HIJOS QUE DEPENDEN ECONÓMICAMENTE DE USTED : DIRECCIÓN: CALLE Y NÚMEROCOLONIA: CIUDAD: ESTADO: C.P.: TEL. PARTICULAR: TEL. OFICINA: FAX: CORREO ELECTRÓNICO: NOMBRE Y TELÉFONO DE ALGÚN FAMILIAR O APODERADO EN MÉXICO CON EL QUE SE PUEDA ESTABLECER COMUNICACIÓN: PARA ESTUDIOS EN LA UNAM: NÚMERO DE CUENTA ...
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