Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2012

Fecha de disposición27 Diciembre 2011
Fecha de publicación27 Diciembre 2011
SecciónNOVENA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. JESUS HERIBERTO FELIX GUERRA, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Desarrollo Social", entre ellos, el Programa de Rescate de Espacios Públicos, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Que esta Secretaría recibió el oficio número 312.A.- 003448 de fecha 5 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos; asimismo, recibió con fecha 20 de diciembre de 2011, el oficio número COFEME/11/3257_ de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

UNICO: Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2012.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 2 de enero de 2012.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2010.

TERCERO.- Estas reglas de operación dan cumplimiento al numeral 31 del Programa Nacional de Reducción del Gasto Público, emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario con fecha 12 de marzo de 2010, en el que se señala que para el ejercicio fiscal 2011 y 2012 las dependencias y entidades deberán realizar una reducción de al menos 4% de los gastos indirectos de los programas sujetos a Reglas de Operación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil once.- El Secretario de Desarrollo Social, Jesús Heriberto Félix Guerra.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

  1. Introducción

    Rescate de Espacios Públicos es un Programa que promueve la realización de acciones sociales y la ejecución de obras físicas para recuperar sitios de encuentro comunitario, de interacción social cotidiana y de recreación localizados en zonas urbanas, que presenten características de inseguridad ciudadana y marginación. Con ello se pretende:

    · Vincular el desarrollo urbano con el desarrollo social para contribuir a prevenir de manera integral la inseguridad y la violencia social.

    · Promover acciones que amplíen las capacidades para la organización y participación comunitaria y con ello fortalecer el capital social.

    · Fomentar acciones que incidan en la seguridad comunitaria, así como la prevención de conductas antisociales y de riesgo.

    · Impulsar la participación de los beneficiarios en las distintas etapas del proyecto para el rescate de los espacios públicos.

    · Contribuir a fortalecer la pertenencia comunitaria, la cohesión social y las relaciones equitativas de género.

    Para ello, se actúa bajo dos modalidades: Mejoramiento Físico de los Espacios Públicos y Participación Social y Seguridad Comunitaria.

    1.1. Problemática

    Conforme a los datos del Censo de Población y Vivienda 2010 del INEGI, México presenta una fuerte concentración poblacional en sus zonas urbanas de aproximadamente el 76.8 por ciento de los 112.3 millones de personas que constituyen la población total del país, asimismo, en este tipo de localidades se observa una tasa de crecimiento poblacional de 2.1 por ciento, cifra superior al promedio nacional de 1.8 por ciento, lo que significa que continuará el proceso de concentración de la población en las zonas urbanas en los próximos años.

    Esta concentración poblacional urbana demanda la creación permanente de satisfactores básicos como son la construcción de obras de infraestructura física y la realización de acciones sociales que coadyuvan a mejorar los niveles de bienestar y desarrollo.

    Dentro de las acciones implementadas para atender las necesidades de la población, destacan las que se desarrollan en los espacios públicos; prueba de ello es que dentro de los rubros que considera el INEGI en el levantamiento de las encuestas sobre la percepción que tienen los habitantes del lugar donde viven, se encuentra la referencia a parques o centros recreativos que inciden en la cohesión social.

    Las encuestas nacionales sobre inseguridad 2009 (ENSI-6) y de victimización y percepción sobre la seguridad pública 2011 (ENVIPE), miden la percepción de seguridad que tiene la población en la casa, trabajo, escuela, automóvil, centro comercial, mercado, carreteras, calle, transporte público y parque o centro recreativo. Los resultados indican que entre 2009 y 2011 las personas perciben un incremento en la seguridad sólo en los parques o centros recreativos (3.9 puntos porcentuales), así como en las escuelas (5.9 puntos porcentuales), centros comerciales (2.6 puntos porcentuales) y en el mercado (0.1 puntos porcentuales).

    Por su parte, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en apego a lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social, contempló en la metodología para la medición multidimensional de la pobreza tres apartados: el bienestar económico, los derechos sociales y el contexto territorial.

    En relación a los indicadores de contexto territorial que enfocan a la pobreza desde una perspectiva de fenómenos y problemáticas de las comunidades o grupos sociales y su influencia en las opciones de vida de las personas, con énfasis en la cohesión social y el disfrute del medio ambiente, el CONEVAL señala que aproximadamente el 90 por ciento de la población tiene una percepción baja y media en cuanto a ser apoyado por redes sociales en casos de enfermedad, trabajo, mejoras de la colonia, entre otras.

    El Programa de Rescate de Espacios Públicos tiene establecido como su universo potencial de actuación a las ciudades y zonas metropolitanas que cuentan con una población de 50 mil y más habitantes, conforme se precisa en el Anexo II de las presentes Reglas de Operación.

    En ellas, el Programa impulsa ante los gobiernos locales la ejecución de obras de mejoramiento físico y acciones de participación social y seguridad comunitaria para que sus habitantes dispongan de sitios seguros en donde realizar actividades deportivas, recreativas, artístico-culturales y, algunas más orientadas a la prevención de conductas de riesgo y promoción de la equidad de género, incidiendo todo ello, en el mejoramiento de su calidad de vida.

    Los espacios públicos constituyen lugares de convivencia familiar y comunitaria, que detonan la actuación unida y organizada de la comunidad, favoreciendo de esta forma la cohesión social.

    1.2. Alineación con instrumentos de planeación nacional

    El Programa se encuentra enmarcado en el Eje 1 "Estado de derecho y seguridad" del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que subraya la importancia de contribuir al pleno ejercicio de derechos y libertades de los ciudadanos estableciendo...

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