Acuerdo General 4/2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a los secretarios encargados del despacho para el turno de asuntos de naturaleza urgente en días y horas inhábiles con motivo de los operativos de alcoholimetría, en los Juzgados de Distrito en Materias Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco

Fecha de disposición07 Marzo 2014
Fecha de publicación07 Marzo 2014
MateriaDerecho Constitucional
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónTERCERA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia.

ACUERDO GENERAL 4/2014, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LOS SECRETARIOS ENCARGADOS DEL DESPACHO PARA EL TURNO DE ASUNTOS DE NATURALEZA URGENTE EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES CON MOTIVO DE LOS OPERATIVOS DE ALCOHOLIMETRÍA, EN LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO EN EL ESTADO DE JALISCO.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO. Acorde con el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial;

CUARTO. De la fracción XXIV del artículo 81, en relación con los artículos 32, 39 y 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se desprende la facultad del Consejo de la Judicatura Federal para emitir disposiciones en relación con el turno de asuntos de la competencia de los tribunales colegiados de Circuito, tribunales unitarios de Circuito y de los juzgados de Distrito, en donde exista una oficina de correspondencia común;

QUINTO. Por su parte, el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dispone que: "Cuando un juez de distrito falte por un término menor a quince días al despacho del juzgado, el secretario respectivo practicará las diligencias y dictará las providencias de mero trámite y resoluciones de carácter urgente. En las ausencias del juez de distrito superiores a quince días, el Consejo de la Judicatura Federal autorizará al correspondiente secretario o designará a la persona que deba sustituirlo durante su ausencia...";

SEXTO. Igualmente, la fracción XXII del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dispone que el Consejo de la Judicatura Federal tiene atribuciones para "Autorizar a los secretarios de los... juzgados de distrito para desempeñar las funciones de los... jueces... en las ausencias temporales de los titulares y facultarlos para designar secretarios interinos";

SÉPTIMO. En el artículo 82 de la citada legislación, se establece que: "Las comisiones tendrán facultades decisorias o consultivas según determine el reglamento expedido por el Pleno del propio Consejo";

OCTAVO. Conforme al artículo 42 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, son atribuciones de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, entre otras: "(...) III. Dictar las disposiciones necesarias tendentes a regular el turno de los asuntos de la...

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