Aviso por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la captura de las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de Jurisdicción Federal, del Golfo de Mexico y Mar Caribe
Fecha de disposición | 28 Abril 2000 |
Fecha de publicación | 28 Abril 2000 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
AVISO por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la captura de las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal, del Golfo de Mexico y Mar Caribe.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTABLECIMIENTO DE EPOCAS Y ZONAS DE VEDA PARA LA CAPTURA DE LAS ESPECIES DE CAMARON EN AGUAS MARINAS Y DE LOS SISTEMAS LAGUNARIOS ESTUARINOS DE JURISDICCION FEDERAL, DEL GOLFO DE MEXICO Y MAR CARIBE.
CARLOS CAMACHO GAOS, Subsecretario de Pesca de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, en ausencia de la Titular del Ramo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento Interior de esta dependencia, y de conformidad con los artículos 32 Bis fracciones I, II, III, V y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. y 3o. fracción VI de la Ley de Pesca; 24, 25, 26, 27 y 29 de su Reglamento y con base en lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-OO9-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994, y
CONSIDERANDO
. Que el aprovechamiento de las poblaciones de camarón con embarcaciones de bandera mexicana en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, ha generado el desarrollo de diferentes pesquerías de particular importancia económica y social a nivel regional que es necesario mantener a niveles de desarrollo sustentable, por los empleos e ingresos que genera tanto en su fase extractiva como en las de procesamiento, distribución y comercialización en los mercados interno y externos.
Que con el propósito de inducir un adecuado desenvolvimiento de estas pesquerías y un óptimo aprovechamiento de los recursos que las soportan desde el punto de vista biológico y socioeconómico, se hace necesario establecer periodos de veda para la captura de las diferentes especies de camarón existentes en la región, con el fin de protegerlas durante su etapa de reproducción y de reclutamiento de las nuevas generaciones de estas poblaciones a las pesquerías.
Que la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, por conducto del Instituto Nacional de la Pesca, ha venido realizando investigaciones científicas continuas sobre la biología del recurso...
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