Circular por la que se comunica a los CC. oficiales mayores y responsables inmobiliarios de las dependencias, Procuraduría General de la República, Unidades Administrativas de la Presidencia de la República y servidores públicos con niveles equivalentes, así como responsables inmobiliarios de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, el criterio de administración de patrimonio inmobiliario federal número 3/2012, que emitió el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal en la (2a./12) Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 17 de mayo de 2012

Fecha de disposición17 Mayo 2012
Fecha de publicación06 Julio 2012
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal. CIRCULAR

A LOS CC. OFICIALES MAYORES Y RESPONSABLES INMOBILIARIOS DE LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y SERVIDORES PUBLICOS CON NIVELES EQUIVALENTES, ASI COMO RESPONSABLES INMOBILIARIOS DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

PRESENTES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracciones I, II y III, 26 fracciones II y III, 27 fracción IV y 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o., 3o. fracción III, 4o. y 8o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y sexto, fracción VIII, de las Normas de Organización y Funcionamiento del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, hago de su conocimiento que el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, en su (2a./12) Segunda Sesión Ordinaria del año 2012, celebrada el 17 de mayo pasado, haciendo uso de su facultad normativa y orientadora respecto a la actividad inmobiliaria de las dependencias de la Administración Pública Federal, emitió el siguiente criterio de administración del patrimonio inmobiliario federal:

CRITERIO No. 3/2012

ANTECEDENTES

El Acuerdo Secretarial de Destino, es el instrumento jurídico idóneo a través del cual la Secretaría de la Función Pública, como administradora del patrimonio inmobiliario federal, en el ámbito de su competencia otorga a las instituciones públicas el uso y aprovechamiento de los inmuebles federales, para ser utilizados en la prestación de los servicios públicos a su cargo.

Sin embargo, la Ley General de Bienes Nacionales prevé en su artículo 60 fracción I, la figura del "Destino de Hecho", que tiene por objeto dotar de certeza jurídica a todas las instituciones que utilicen inmuebles federales en servicios públicos, estableciendo que aun y cuando no cuenten con acuerdos de destino formales están protegidos por la ley y su utilización conlleva todas las obligaciones y prerrogativas que prevé la ley para las instituciones destinatarias de inmuebles federales.

Sobre este particular, es importante hacer notar que el...

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