Circular por la que se comunica a los CC. oficiales mayores y responsables inmobiliarios de las dependencias, Procuraduría General de la República, Unidades Administrativas de la Presidencia de la República y servidores públicos con niveles equivalentes, así como responsables inmobiliarios de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, el criterio de administración de patrimonio inmobiliario federal número 3/2012, que emitió el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal en la (2a./12) Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 17 de mayo de 2012
Fecha de disposición | 17 Mayo 2012 |
Fecha de publicación | 06 Julio 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal. CIRCULAR
A LOS CC. OFICIALES MAYORES Y RESPONSABLES INMOBILIARIOS DE LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y SERVIDORES PUBLICOS CON NIVELES EQUIVALENTES, ASI COMO RESPONSABLES INMOBILIARIOS DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
PRESENTES
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracciones I, II y III, 26 fracciones II y III, 27 fracción IV y 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o., 3o. fracción III, 4o. y 8o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y sexto, fracción VIII, de las Normas de Organización y Funcionamiento del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, hago de su conocimiento que el Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, en su (2a./12) Segunda Sesión Ordinaria del año 2012, celebrada el 17 de mayo pasado, haciendo uso de su facultad normativa y orientadora respecto a la actividad inmobiliaria de las dependencias de la Administración Pública Federal, emitió el siguiente criterio de administración del patrimonio inmobiliario federal:
CRITERIO No. 3/2012
ANTECEDENTES
El Acuerdo Secretarial de Destino, es el instrumento jurídico idóneo a través del cual la Secretaría de la Función Pública, como administradora del patrimonio inmobiliario federal, en el ámbito de su competencia otorga a las instituciones públicas el uso y aprovechamiento de los inmuebles federales, para ser utilizados en la prestación de los servicios públicos a su cargo.
Sin embargo, la Ley General de Bienes Nacionales prevé en su artículo 60 fracción I, la figura del "Destino de Hecho", que tiene por objeto dotar de certeza jurídica a todas las instituciones que utilicen inmuebles federales en servicios públicos, estableciendo que aun y cuando no cuenten con acuerdos de destino formales están protegidos por la ley y su utilización conlleva todas las obligaciones y prerrogativas que prevé la ley para las instituciones destinatarias de inmuebles federales.
Sobre este particular, es importante hacer notar que el...
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