Acuerdo por el que se delega al Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, la facultad de autorizar las erogaciones relacionadas con las contrataciones que se indican

Fecha de disposición30 Diciembre 2010
Fecha de publicación30 Diciembre 2010
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. JOSE FRANCISCO BLAKE MORA, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16, y 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 19 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 2o. Apartado A, fracción VI, 4o. fracción III y 7o., fracciones VI y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, previendo la posibilidad de delegar sus facultades para la mejor organización del trabajo, con excepción de aquellas que, por disposición de la ley, deban ser ejercidas expresamente por dichos titulares;

Que el artículo 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dispone en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios que corresponde a los titulares de las dependencias adoptar e instrumentar las acciones y establecer los criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo y la efectiva delegación de facultades;

Que el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dispone que la erogación para la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, requerirá de la autorización escrita del titular de la dependencia o entidad, o aquel servidor público en quien este delegue dicha atribución;

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que los Secretarios de Estado, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliarán por los Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores, Subdirectores, Jefes y Subjefes de Departamento, Oficina, Sección y Mesa, y por los demás servidores públicos que establezca el reglamento interior respectivo y otras disposiciones jurídicas aplicables;

Que el Oficial Mayor de la Secretaría de Gobernación, tiene entre otras facultades, la de autorizar la documentación necesaria para el ejercicio del presupuesto así como atender aquellas que le confiera el Titular de la dependencia, y

Que en congruencia con lo anterior y a fin de dar mayor agilidad a la atención de los requerimientos de las unidades administrativas y órganos...

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