Fe de erratas al Decreto por el que se reforman el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y el Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado el 24 de agosto de 2009

Fecha de disposición03 Septiembre 2009
Fecha de publicación03 Septiembre 2009
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

FE de erratas al Decreto por el que se reforman el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y el Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado el 24 de agosto de 2009. En la Primera Sección, página 60, artículo 90, dice: "ARTÍCULO 90.- Las ausencias del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos serán suplidas, por el Director General Adjunto Jurídico Contencioso, por el Director General Adjunto de Legislación y Consulta, por el Director General de Adjunto de Asuntos Penales, por el Director General Adjunto de Servicios e Innovación Jurídicos, por el Coordinador Jurídico Contencioso o por el Director de Amparos, en el orden mencionado, todos ellos adscritos a la Unidad de Asuntos Jurídicos." Debe decir: "ARTÍCULO 90.- Las ausencias del Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos serán suplidas, por el Director General Adjunto Jurídico Contencioso, por el Director General Adjunto de Legislación y Consulta, por el Director General Adjunto de Asuntos Penales, por el Director General Adjunto de Servicios e ...

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