Acuerdo número 387 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2006-2007, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica

Fecha de disposición04 Julio 2006
Fecha de publicación04 Julio 2006
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO número 387 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2006-2007, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Con fundamento en los artículos 12 fracción II y XIII; 51 y 53 de la Ley General de Educación, y 5 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala como atribuciones de la Secretaría de Educación Pública, entre otras, la de organizar, vigilar y desarrollar la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal;

Que de conformidad con la Ley General de Educación, corresponde de manera exclusiva a la autoridad educativa federal establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesario para cubrir los planes y programas de estudio, y

Que la autoridad educativa federal tiene las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 387 POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CICLO LECTIVO 2006-2007, APLICABLE EN TODA LA REPUBLICA PARA LA EDUCACION BASICA, LA NORMAL Y DEMAS PARA LA FORMACION DE MAESTROS DE EDUCACION BASICA

ARTICULO PRIMERO

Se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2006-2007, vigente en toda la República para las escuelas de educación básica, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, oficiales y particulares incorporadas al sistema educativo nacional, que a continuación se indica:

ARTICULO SEGUNDO

Para la aplicación del calendario escolar a que se refiere el presente Acuerdo, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para los niveles educativos mencionados en el artículo primero será el lunes 21 de agosto de 2006.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial...

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